Caso Uribe: Tribunal niega nulidad solicitada por la defensa del expresidente
Con esta decisión del despacho del magistrado Manuel Antonio Merchán, del Tribunal Superior de Bogotá, el proceso en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez debe seguir y el exmandatario se convierte en el primer exjefe de Estado en enfrentar un juicio penal.
El Tribunal Superior de Bogotá tomó una decisión crucial respecto al expediente de Álvaro Uribe Vélez, en el proceso que enfrenta el exmandatario por los delitos de soborno, soborno en actuación penal y fraude procesal. El magistrado Manuel Antonio Merchán, encargado de estudiar la nulidad solicitada por la defensa del líder natural del Centro Democrático, confirmó la decisión de la juez 44 de Circuito de Bogotá, quien negó la solicitud de nulidad inicialmente planteada durante la audiencia de acusación el pasado 24 de mayo. Con esta determinación, el proceso continúa y deberán ser reagendadas las audiencias preparatorias antes de que el exmandatario enfrente un juicio penal.
Durante el inicio diligencia de mayo pasado, la defensa del exmandatario, en cabeza del abogado Jaime Granados, solicitó la nulidad de todo el expediente, pedido que fue rechazo de plano por la jueza Sandra Liliana Heredia, lo que llevó al jurista a plantear que se vulneraron derechos a la defensa y al debido proceso. Por tal motivo, el abogado defensor interpuso una queja en contra del proceder de la togada, argumentando que se cometieron errores y que sí o sí la defensa tenía el derecho a sustentar su solicitud. Por esta razón, el Tribunal Superior de Bogotá estudió la queja interpuesta por la defensa de Uribe y concluyó que, efectivamente, la jueza se habría equivocado al negar la apelación y, por ende, la nulidad.
De acuerdo con la reciente decisión del magistrado Merchán, de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, “se regresará la actuación de manera inmediata para que continúe el trámite procesal que corresponde”. En su decisión, el togado señaló que se confirma “lo que fue materia de apelación”, es decir, la decisión del juzgado 44, mediante la cual se negó la solicitud de nulidad de todo lo actuado por parte de la defensa del expresidente. “Contra esta decisión no procede recurso alguno”, añadió el togado.
Los argumentos de la defensa de Uribe para pedir la nulidad del proceso tenían que ver, principalmente, con que, para ellos, la acusación que realizó la Fiscalía estuvo mal. Esto porque desde el principio del proceso al expresidente se le vinculó con una presunta intención eventual en los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, y no con una intención directa, como acusó la Fiscalía el 24 de mayo.
Según la petición de nulidad, cuando el expresidente fue llamado a indagatoria por la Corte Suprema, la primera instancia que lo investigó, el alto tribunal precisó que las conductas por las que hoy se encuentra imputado se habrían presentado con intención eventual. Es decir, que el expresidente, aunque no quería cometer delitos, debía conocer que sus actuaciones constituyen conductas que infringen la ley.
Tras la renuncia de Uribe al Senado en agosto de 2020, el proceso cayó sobre el escritorio de fiscales al mando de Francisco Barbosa, quienes intentaron precluir el expediente más de una vez sin éxito. Ellos mantuvieron el caso bajo la consideración de la intención eventual, mientras que para el fiscal Gilberto Villarreal, quien acusó al expresidente en mayo pasado, el exmandatario cometió esas irregularidades bajo la modalidad directa, es decir, con pleno conocimiento de sus acciones.
Ese cambio en la argumentación sobre la intencionalidad, que se dio durante la gestión de la fiscal Luz Adriana Camargo, aunque el caso haya quedado en manos de Villarreal durante la administración de Barbosa, es lo que precisamente señala Granados como un error, pues sugiere que esa nueva visión institucional del expediente cambió las reglas de juego. “Resulta contradictorio. No se trata de una simple variación. Cambia el marco fáctico de la acusación y viola el principio lógico de la no contradicción. Los hechos jurídicamente relevantes deben ser claros e inequívocos y eso fue desconocido por la primera instancia”, explicó el defensor en su momento.
En repetidas ocasiones, el abogado defensor también ha planteado un debate que parecía resuelto hace dos años: la imputación de Uribe. El jurista señala que, como a Uribe nunca le imputaron cargos, el expediente tiene que anularse. Esa discusión ya la había resuelto la Corte Constitucional en 2022, cuando aclaró que la indagatoria que había hecho el alto tribunal correspondía a una imputación. “Todos sabemos que la imputación implica un acto de parte de la Fiscalía, que le comunica al que va a ser considerado como imputado, frente al juez de control de garantías, unos hechos jurídicamente relevantes de los cuales se puedan impedir provisionalmente unas consecuencias de imputación jurídica que luego se consolidan con la audiencia de formulación de acusación, previo escrito de acusación”, precisó Granados en su momento.
No obstante, en diálogo con este diario, el defensor señaló que la decisión del alto tribunal respecto al caso es clara y que la defensa, en caso de que la apelación se hubiera resuelto a su favor, habría solicitado que el expediente retrocediera hasta la audiencia de acusación, con el fin de corregir lo que para ellos son los errores en esa etapa procesal: la intención eventual y directa en el caso del exmandatario. Así mismo, Granados le dijo a El Espectador que el único recurso que se tiene frente a esta decisión es una tutela, una opción que se no se descarta, pero también aseguró que se respetará la decisión del Tribunal.
Con esta determinación del magistrado Merchán, quien no encontró ninguna irregularidad en el proceso de acusación contra el exmandatario, como aseguraba la defensa de Uribe Vélez, las audiencias preparatorias (etapa en la que se mostrarán las pruebas a debatir en el juicio) deberán ser reagendadas nuevamente, pues estaban citadas para el 10 de julio. La Fiscalía, por su parte, ha sido enfática en señalar que el proceso debe tener celeridad, pues la acción penal prescribe en octubre de 2025. Así se lo hizo saber al magistrado Merchán, quien priorizó el estudio de la apelación y, este 27 de agosto, le negó un nuevo pedido al exmandatario para archivar el proceso en su contra.
Cabe recordar que el exmandatario está formalmente acusado porque, al parecer, habría utilizado a abogados y emisarios para obtener testimonios a su favor en otros procesos relacionados con vínculos con el paramilitarismo. Para obtener esos beneficios judiciales, apunta la Fiscalía, se valió del abogado Diego Cadena, quien también está en juicio por presuntos ofrecimientos a exparamilitares en la búsqueda de voces que favorecieran al expresidente y, a su vez, enlodaran al senador Iván Cepeda. Entre los testigos clave está Juan Guillermo Monsalve, hijo de un exmayordomo de la familia de Uribe Vélez, quien ha mencionado que el líder del Centro Democrático fue fundamental para la creación del Bloque Metro de las Autodefensas Unidas de Colombia.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
El Tribunal Superior de Bogotá tomó una decisión crucial respecto al expediente de Álvaro Uribe Vélez, en el proceso que enfrenta el exmandatario por los delitos de soborno, soborno en actuación penal y fraude procesal. El magistrado Manuel Antonio Merchán, encargado de estudiar la nulidad solicitada por la defensa del líder natural del Centro Democrático, confirmó la decisión de la juez 44 de Circuito de Bogotá, quien negó la solicitud de nulidad inicialmente planteada durante la audiencia de acusación el pasado 24 de mayo. Con esta determinación, el proceso continúa y deberán ser reagendadas las audiencias preparatorias antes de que el exmandatario enfrente un juicio penal.
Durante el inicio diligencia de mayo pasado, la defensa del exmandatario, en cabeza del abogado Jaime Granados, solicitó la nulidad de todo el expediente, pedido que fue rechazo de plano por la jueza Sandra Liliana Heredia, lo que llevó al jurista a plantear que se vulneraron derechos a la defensa y al debido proceso. Por tal motivo, el abogado defensor interpuso una queja en contra del proceder de la togada, argumentando que se cometieron errores y que sí o sí la defensa tenía el derecho a sustentar su solicitud. Por esta razón, el Tribunal Superior de Bogotá estudió la queja interpuesta por la defensa de Uribe y concluyó que, efectivamente, la jueza se habría equivocado al negar la apelación y, por ende, la nulidad.
De acuerdo con la reciente decisión del magistrado Merchán, de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, “se regresará la actuación de manera inmediata para que continúe el trámite procesal que corresponde”. En su decisión, el togado señaló que se confirma “lo que fue materia de apelación”, es decir, la decisión del juzgado 44, mediante la cual se negó la solicitud de nulidad de todo lo actuado por parte de la defensa del expresidente. “Contra esta decisión no procede recurso alguno”, añadió el togado.
Los argumentos de la defensa de Uribe para pedir la nulidad del proceso tenían que ver, principalmente, con que, para ellos, la acusación que realizó la Fiscalía estuvo mal. Esto porque desde el principio del proceso al expresidente se le vinculó con una presunta intención eventual en los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, y no con una intención directa, como acusó la Fiscalía el 24 de mayo.
Según la petición de nulidad, cuando el expresidente fue llamado a indagatoria por la Corte Suprema, la primera instancia que lo investigó, el alto tribunal precisó que las conductas por las que hoy se encuentra imputado se habrían presentado con intención eventual. Es decir, que el expresidente, aunque no quería cometer delitos, debía conocer que sus actuaciones constituyen conductas que infringen la ley.
Tras la renuncia de Uribe al Senado en agosto de 2020, el proceso cayó sobre el escritorio de fiscales al mando de Francisco Barbosa, quienes intentaron precluir el expediente más de una vez sin éxito. Ellos mantuvieron el caso bajo la consideración de la intención eventual, mientras que para el fiscal Gilberto Villarreal, quien acusó al expresidente en mayo pasado, el exmandatario cometió esas irregularidades bajo la modalidad directa, es decir, con pleno conocimiento de sus acciones.
Ese cambio en la argumentación sobre la intencionalidad, que se dio durante la gestión de la fiscal Luz Adriana Camargo, aunque el caso haya quedado en manos de Villarreal durante la administración de Barbosa, es lo que precisamente señala Granados como un error, pues sugiere que esa nueva visión institucional del expediente cambió las reglas de juego. “Resulta contradictorio. No se trata de una simple variación. Cambia el marco fáctico de la acusación y viola el principio lógico de la no contradicción. Los hechos jurídicamente relevantes deben ser claros e inequívocos y eso fue desconocido por la primera instancia”, explicó el defensor en su momento.
En repetidas ocasiones, el abogado defensor también ha planteado un debate que parecía resuelto hace dos años: la imputación de Uribe. El jurista señala que, como a Uribe nunca le imputaron cargos, el expediente tiene que anularse. Esa discusión ya la había resuelto la Corte Constitucional en 2022, cuando aclaró que la indagatoria que había hecho el alto tribunal correspondía a una imputación. “Todos sabemos que la imputación implica un acto de parte de la Fiscalía, que le comunica al que va a ser considerado como imputado, frente al juez de control de garantías, unos hechos jurídicamente relevantes de los cuales se puedan impedir provisionalmente unas consecuencias de imputación jurídica que luego se consolidan con la audiencia de formulación de acusación, previo escrito de acusación”, precisó Granados en su momento.
No obstante, en diálogo con este diario, el defensor señaló que la decisión del alto tribunal respecto al caso es clara y que la defensa, en caso de que la apelación se hubiera resuelto a su favor, habría solicitado que el expediente retrocediera hasta la audiencia de acusación, con el fin de corregir lo que para ellos son los errores en esa etapa procesal: la intención eventual y directa en el caso del exmandatario. Así mismo, Granados le dijo a El Espectador que el único recurso que se tiene frente a esta decisión es una tutela, una opción que se no se descarta, pero también aseguró que se respetará la decisión del Tribunal.
Con esta determinación del magistrado Merchán, quien no encontró ninguna irregularidad en el proceso de acusación contra el exmandatario, como aseguraba la defensa de Uribe Vélez, las audiencias preparatorias (etapa en la que se mostrarán las pruebas a debatir en el juicio) deberán ser reagendadas nuevamente, pues estaban citadas para el 10 de julio. La Fiscalía, por su parte, ha sido enfática en señalar que el proceso debe tener celeridad, pues la acción penal prescribe en octubre de 2025. Así se lo hizo saber al magistrado Merchán, quien priorizó el estudio de la apelación y, este 27 de agosto, le negó un nuevo pedido al exmandatario para archivar el proceso en su contra.
Cabe recordar que el exmandatario está formalmente acusado porque, al parecer, habría utilizado a abogados y emisarios para obtener testimonios a su favor en otros procesos relacionados con vínculos con el paramilitarismo. Para obtener esos beneficios judiciales, apunta la Fiscalía, se valió del abogado Diego Cadena, quien también está en juicio por presuntos ofrecimientos a exparamilitares en la búsqueda de voces que favorecieran al expresidente y, a su vez, enlodaran al senador Iván Cepeda. Entre los testigos clave está Juan Guillermo Monsalve, hijo de un exmayordomo de la familia de Uribe Vélez, quien ha mencionado que el líder del Centro Democrático fue fundamental para la creación del Bloque Metro de las Autodefensas Unidas de Colombia.
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