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                                                                                                                                Centros de Diagnóstico Automotor no entregarán seguro tras revisión técnico-mecánica

                                                                                                                                La Corte Constitucional tumbó uno de los puntos del Código Nacional de Tránsito más controvertidos por el sector automotor, con el cual se había aprobado la entregada de una póliza por hasta $15 millones a conductores que pagaran por la revisión técnico-mecánica de su vehículo.

                                                                                                                                Tráfico pesado y múltiples trancones en varios puntos de la capital.
                                                                                                                                Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos Zuluaga
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Lea: Elección del próximo registrador nacional llega a su recta final

                                                                                                                                Así lo determinó la Corte Constitucional, la cual le comunicó su decisión a gremios como la Asociación Nacional de Centros de Diagnóstico Automotor (ASOCDA) y la Asociación Nacional de Centros de Apoyo al Tránsito (ACEDAN). En síntesis, la Corte consideró contrario a la Constitución el artículo sexto de la Ley 2283 de 2023, con la cual se reglamentó la actividad de los organismos de apoyo al tránsito.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Le puede interesar: Corte Constitucional le tumba a Petro otros dos decretos de emergencia en La Guajira

                                                                                                                                “Este seguro deberá tener un valor asegurado mínimo de quince salarios mínimos legales mensuales vigentes (15 SMLMV) para vehículos de servicio particular y siete salarios mínimos legales mensuales vigentes (7 SMLMV) para motocicletas y similares”, decía la Ley. Además, los CDA debían contactar por su cuenta a las aseguradoras con las cuales expedir las pólizas.

                                                                                                                                No obstante, los gremios afectados señalaron que se trataba de una medida desproporcionada que les iba a causar grandes problemas económicos. Tal fue la negativa hacia este punto de la nueva ley, que los CDA se negaron a emitir las pólizas hasta no tener fallo de la Corte Constitucional. Según El País, la alta corte protegió derechos como la libertad de empresa y económica, basada en que estos centros se especializan en diagnósticos de vehículos y no en la expedición de seguros.

                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos Zuluaga
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Lea: Elección del próximo registrador nacional llega a su recta final

                                                                                                                                Así lo determinó la Corte Constitucional, la cual le comunicó su decisión a gremios como la Asociación Nacional de Centros de Diagnóstico Automotor (ASOCDA) y la Asociación Nacional de Centros de Apoyo al Tránsito (ACEDAN). En síntesis, la Corte consideró contrario a la Constitución el artículo sexto de la Ley 2283 de 2023, con la cual se reglamentó la actividad de los organismos de apoyo al tránsito.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Le puede interesar: Corte Constitucional le tumba a Petro otros dos decretos de emergencia en La Guajira

                                                                                                                                “Este seguro deberá tener un valor asegurado mínimo de quince salarios mínimos legales mensuales vigentes (15 SMLMV) para vehículos de servicio particular y siete salarios mínimos legales mensuales vigentes (7 SMLMV) para motocicletas y similares”, decía la Ley. Además, los CDA debían contactar por su cuenta a las aseguradoras con las cuales expedir las pólizas.

                                                                                                                                No obstante, los gremios afectados señalaron que se trataba de una medida desproporcionada que les iba a causar grandes problemas económicos. Tal fue la negativa hacia este punto de la nueva ley, que los CDA se negaron a emitir las pólizas hasta no tener fallo de la Corte Constitucional. Según El País, la alta corte protegió derechos como la libertad de empresa y económica, basada en que estos centros se especializan en diagnósticos de vehículos y no en la expedición de seguros.

                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                Read more!
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