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El pasado 29 de noviembre el presidente Gustavo Petro sancionó la ley 2341 de 2023, con la cual se creó una alternativa para resolver la situación militar de jóvenes de más de 24 años y estudiantes. La ley establece un escalafón dependiendo de la situación económica de los involucrados y va de entre $58.000 y los $580.000. La intención con el proyecto de ley sería evitar que los jóvenes se vean obligados a pagar multas de hasta cinco millones de pesos por no tener este documento.
(En contexto: Libreta militar sin prestar servicio: precio y casos en que puede tramitarla)
El proyecto de ley, que fue presentado por el senador Manuel Virgüez Piraquive del Partido Mira, elimina las multas para jóvenes remisos y establece un tope en $580.000 pesos. Por ejemplo, los hombres que se encuentren desempleados podrán dirigirse a una notaria para realizar una declaración extrajuicio de esta situación y ser ubicados en el primer escalafón que corresponde a $58.000. Estos beneficios también aplican para jóvenes estudiantes de carreras profesionales, tecnológicas o técnicas que se encuentre del quinto semestre en adelante.
Según la Ley, en el caso de trabajadores independientes, la suma dependerá de sus ingresos. Además, los colombianos que viven en el exterior no deben demostrar sus ingresos, pues el precio de su libreta se fijó en el 50 % de un salario mínimo. “Bastará con manifestar que se encuentra residiendo fuera del país con declaración rendida en el consulado de Colombia, en el país que residan o la oficina que haga sus veces”, dice la ley.
Aquellas personas que cumplan con estos requisitos deberán hacer la petición por medio de la página web o de manera presencial en cualquier distrito militar, posteriormente deberán pagar la cuota que se les asignó y en los casos que sea necesario certificar su nivel de estudios. En los demás casos tendrán que cancelar el valor total de la libreta militar que se calcula así: 1 % del patrimonio familiar + 60 % del total de los ingresos mensuales, dividido por el número de hermanos menores que se encuentren estudiando y al cual se le pueden ir sumando porcentajes de cuentas de la no inscripción o realización tardía.
(En contexto: Corte Constitucional mantuvo el servicio militar obligatorio para hombres)
Sin embargo, también existen causales que pueden exonerar a las personas, en general, de pagar el servicio militar obligatorio, como lo son ser huérfano de padre o madre que atienda con su trabajo a la subsistencia de sus hermanos incapaces de ganarse el sustento, hijo de padres en condición de incapacidad para trabajar o mayores de 60 años, mujeres transgéneros, indígenas, entre otros. De acuerdo con el Ministerio de Justicia, para solicitar la exoneración del servicio militar obligatorio deberán certificarse las causales realizando el trámite ante la Dirección de Reclutamiento y Movilización, una vez adquiera la mayoría de edad.
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