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                                                                                                                                Colegios pueden sancionar a estudiantes que afecten la intimidad en redes sociales

                                                                                                                                Las instituciones educativas, según la Corte Constitucional, están facultadas para aplicar el manual de convivencia cuando los estudiantes afecten la dignidad de otro estudiante por medios digitales.

                                                                                                                                Redacción Judicial

                                                                                                                                Los colegios, en criterio de la Corte Constitucional, están facultados para aplicar el manual de convivencia cuando los estudiantes afecten la dignidad de otro estudiante por medios digitales. / Cortesía Secretaría de Educación de Bogotá
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Los colegios, en criterio de la Corte Constitucional, están facultados para aplicar el manual de convivencia cuando los estudiantes afecten la dignidad de otro estudiante por medios digitales, garantizando, en todo caso, el derecho al debido proceso. “Una fotografía intima compartida en un chat, por ejemplo, puede llegar a tener impactos inesperadamente sobredimensionados, mucho más allá de lo que pudieron inicialmente querer o pretender los involucrados”, agregó la corporación.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                El derecho al debido proceso, según la Corte, incluye que se adelante en el idioma oficial de Colombia. No obstante, los colegios que impartan enseñanza en otros idiomas pueden adelantar el proceso disciplinario en el idioma autorizado, pero en aquellos casos en que las personas no hablen el idioma oficial. Asimismo, la institución educativa debe garantizar la traducción simultánea del proceso para garantizar el componente pedagógico y la participación de los padres de familia. (Lea podría interesar: La propuesta para financiar la educación universitaria y modificar parte de la Ley 30)

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Los colegios, en criterio de la Corte Constitucional, están facultados para aplicar el manual de convivencia cuando los estudiantes afecten la dignidad de otro estudiante por medios digitales, garantizando, en todo caso, el derecho al debido proceso. “Una fotografía intima compartida en un chat, por ejemplo, puede llegar a tener impactos inesperadamente sobredimensionados, mucho más allá de lo que pudieron inicialmente querer o pretender los involucrados”, agregó la corporación.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                El derecho al debido proceso, según la Corte, incluye que se adelante en el idioma oficial de Colombia. No obstante, los colegios que impartan enseñanza en otros idiomas pueden adelantar el proceso disciplinario en el idioma autorizado, pero en aquellos casos en que las personas no hablen el idioma oficial. Asimismo, la institución educativa debe garantizar la traducción simultánea del proceso para garantizar el componente pedagógico y la participación de los padres de familia. (Lea podría interesar: La propuesta para financiar la educación universitaria y modificar parte de la Ley 30)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Ver todas las noticias
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