Cómo las Farc hicieron del secuestro un negocio, según la nueva imputación de la JEP
El Comando Conjunto fue el bloque de las FARC que menos secuestros cometió, pero el que más se financió a través de este delito, tanto que su modelo fue replicado por otros bloques guerrilleros. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) les imputó crímenes de guerra a 10 de sus exmiembros por hechos ocurridos en Tolima, Huila y Quindío.
Valentina Arango Correa
La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó a 10 integrantes del Comando Conjunto Central de las extintas FARC por los secuestros y otros delitos de lesa humanidad relacionados que ejecutaron durante el conflicto armado. Esta estructura fue la que menor número de víctimas tiene acreditadas en la JEP, con un total de 144, que representa un 4% de las 3.410 que dejó este delito entre 1990 y 2015. Ahora bien, al mismo tiempo, fue la que adoptó la política de financiarse a través de los secuestros. Debido a lo anterior, fue que la justicia especial consideró de gran importancia al Comando Central para comprender el fenómeno del secuestro por la antigua guerrilla.
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La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó a 10 integrantes del Comando Conjunto Central de las extintas FARC por los secuestros y otros delitos de lesa humanidad relacionados que ejecutaron durante el conflicto armado. Esta estructura fue la que menor número de víctimas tiene acreditadas en la JEP, con un total de 144, que representa un 4% de las 3.410 que dejó este delito entre 1990 y 2015. Ahora bien, al mismo tiempo, fue la que adoptó la política de financiarse a través de los secuestros. Debido a lo anterior, fue que la justicia especial consideró de gran importancia al Comando Central para comprender el fenómeno del secuestro por la antigua guerrilla.
De hecho, para que las privaciones de la libertad les dieran réditos, en el Comando Conjunto Central crearon un sofisticado método para las retenciones y posterior extorsión que coordinaba una estructura: la Comisión Financiera Manuelita Sáenz. En concreto, exigían el pago de “nóminas” de extorsión de cada uno de los sectores productivos de la región, tales como: arroz, transporte, café, petróleo, contratación pública y energía; así como tasas a la cerveza y a la gasolina. Así, identificaban personas y empresas que debían aportar una suma de dinero, o podrían ser secuestrados como penalidad. Es decir, cuando las víctimas no pagaban las cuotas o cuando la guerrilla necesitaba más dinero, recurrían a secuestrarlas.
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En otros casos, las amenazaban de muerte o con destruir sus propiedades e incluso ponían explosivos en sus lugares de residencia o de trabajo para presionar el pago. Tales extorsiones le permitían al Comando cumplir con una cuota de dinero que les exigía el Secretariado, el mando mayor, para cumplir su cometido de tomarse el poder por las armas. El Comando Conjunto Central no solo secuestró a personas con prosperidad productiva en la zona, sino a aquellos que procedían de Bogotá, Ibagué y Neiva y viajaban con frecuencia a fincas de descanso en Tolima y el norte del Huila. Así como a quienes visitaban zonas vacacionales en torno a la represa de Prado y el eje Girardot-Melgar.
De acuerdo con las declaraciones de Roberto Vidal, presidente de la JEP y la magistrada Lemaitre, las personas retenidas correspondían a la clase media y, no contaban con acceso a millonarias sumas de dinero. “El secuestro no es un crimen contra la gente rica, es un crimen contra la familia. No hay justificación alguna para privar de la libertad a la gente. La mayor parte de personas que las Farc secuestró no tenía plata”, dijo también la magistrada. La imputación de la Sala de Reconocimiento deja claro que, si bien esta política de secuestrar a civiles para financiar su acción armada se generalizó, realmente nunca le significó a las Farc, en particular al Comando Conjunto Central, los ingresos que pretendían.
La financiación de la antigua organización se lucró del drama humano. La Sala determinó que, a partir de los relatos de las víctimas y el reconocimiento de los comparecientes, hubo, por ejemplo, frecuentes intercambios de víctimas enfermas por sus familiares, con el fin de “no perder el proceso que se había hecho para obtener un dinero”. Asimismo, se detallaron las torturas a las que sometían a las personas retenidas, no tenían instrucciones mínimas para su cuidado en cautiverio, y su propósito, al negociar con las familias, era intimidar, presionar y desesperar a los familiares para que pagaran las exigencias económicas. Los comandos pedían sumas que las familias no tenían, generando un sufrimiento adicional. Así fue el caso de Héctor Cajicá Valenzuela, privado de la libertad el 17 de abril de 2003, a quien su hijo logró pagar una extorsión de $2.000 millones y una planta eléctrica después de dos años de secuestro.
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Otro hecho ilustrativo para la Jurisdicción fue el de Luis Arturo Tovar Lozano, de 88 años, privado de la libertad el 6 de junio de 2007 en la vereda Alto Sano del municipio de Ortega (Tolima), a quien posteriormente le exigieron un pago, a cambio de su liberación. Sin embargo, cinco días después, la familia identificó el cadáver de la víctima en Valle de San Juan del mismo departamento. Este caso fue reconocido por el compareciente Enoc Capera Trujillo, alias Giovanni, quien detalló que se dio la orden de trasladarlo hacia el municipio de Rovira, por donde caminaron durante seis días, hasta que el compareciente entregó a Tovar Lozano a otros militantes. Contó que ellos le habrían disparado al anciano, mientras se movilizaban al lugar donde supuestamente iba a ser liberado.
El periodo de máxima expansión del Comando Central coincide con el periodo tiempo en el que cometió el mayor número de secuestros: durante las negociaciones de paz con el gobierno de Andrés Pastrana, entre 1998 y 2002. Alí recibieron el apoyo logístico y político de las unidades en la Zona de Distensión. Esta área, correspondiente a San Vicente del Caguán, fue el lugar despejado que le permitió a las Farc-EP elaborar una infraestructura donde mantuvo en cautiverio a los civiles, policías y militares que estuvieron privados de la libertad en los periodos más largos registrados en la investigación del caso 01. Allí, los otros frentes aprendieron el modelo de secuestro del Comando Conjunto Central para luego replicarlo.
Entre 1988 y 2013, el papel de Víctor Hugo Silva Soto, conocido como Erick o El Chivo, fue determinante, pues estuvo al frente de la Comisión Financiera Manuelita Sáenz. Junto con la coordinación del Comando, Erick ejecutaba los planes para conseguir el dinero de la organización. Según la JEP, fue él quien conoció e implementó la política de las Farc, enfocada en obtener los recursos económicos a través de la extorsión y del secuestro. “Asimismo, estableció montos para la liberación de personas, hizo pedagogía entre las unidades guerrilleras adscritas al Comando Central sobre la política financiera, coordinó acciones conjuntas con otros bloques y unidades militares para la ejecución de secuestros y no fue ajeno a las condiciones de cautiverio ni a los procesos de negociación para la liberación de las víctimas”, se lee en la imputación.
Los comandantes que no cumplían con las metas financieras eran sancionados con la destitución o la suspensión del mando, o el traslado a otras unidades con trabajo corporal fuerte como castigo. Así, las exigencias de la guerrilla para conseguir recursos se convirtieron en una presión adicional. De hecho, la Sala de Reconocimiento determinó que los guerrilleros compraron información a terceros y bandas delincuenciales e hicieron alianzas para trabajar conjuntamente en las privaciones de la libertad extorsivas. Sobre esto, Erick reconoció, por ejemplo, que la cuota para el Secretariado llegó a ser de $2.000 millones al año. Para tratar de cumplir con esa meta y evitar sanciones, incluso, le cobraban a la minería ilegal un gramaje en oro que era entregado directamente al Secretariado.
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Así como Erick, otros nueve integrantes de la cúpula del Comando Central fueron imputados por la Sala de Reconocimiento de la JEP tras comprobar que cometieron crímenes de guerra como tortura, esclavitud, tratos crueles, desaparición y desplazamiento forzado. No se les imputó la extorsión, ya que este no corresponde con un crimen que es amnistiado dentro del proceso de justicia transicional. Se trata de Luis Eduardo Rayo, conocido como Marlon durante el conflicto; Enoc Capera Trujillo, alias Giovanni; Jhon Jairo Oliveros Grisales, alias Armando Pipas; Nelson Antonio Jiménez Gantiva, Gonzalo; Édgar Ramírez Medina, Onofre Camargo; Víctor Hugo Silva, Erick o el Chivo; Raúl Agudelo Medina, Olivo Saldaña y Wilson Ramírez Guzmán, conocido como Teófilo.
Los 10 comparecientes imputados tienen entonces 30 días hábiles para entregar información ante la Jurisdicción y la Unidad de Búsqueda de Personadas Dadas por Desaparecidas que conduzca a la búsqueda, localización e identificación de las víctimas. La Sala, además, fijó ese mismo plazo para que los imputados manifiesten si reconocen o no su responsabilidad en los hechos e identifiquen su participación en la toma de rehenes y otras graves privaciones de la libertad. La JEP indicó que no ha dado con el paradero y la identidad de algunos comandantes mencionados. Por esta razón, ordenó a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP que determine su ubicación. Asimismo, si reconocen su responsabilidad podrían recibir una sanción propia y, para quienes no lo hagan, su proceso será remitido a la UIA para que inicie un juicio en el que podrían ser condenados hasta 20 años de cárcel.
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