Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
Un llamado al orden. Eso pasó en medio de la diligencia que estaba programada para este martes en el juicio que se adelanta en contra del exgobernador de Nariño, Camilo Romero, por supuestas irregularidades en un contrato de compraventa de aguardiente mientras fungió como jefe departamental. La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema no solo negó la suspensión de la audiencia que solicitó la abogada de Romero, sino que también le llamó la atención al exmandatario.
Todo empezó en la mañana de este martes cuando Rut Pulido, defensora pública y quien defiende los intereses de Romero, le solicitó al alto tribunal suspender la diligencia porque no tuvo el espacio suficiente para conocer el expediente al que se enfrentaba. La Sala compuesta por los magistrados Jorge Caldas, Ariel Torres y Blanca Barreto, le explicaron que, aunque hubo días en que la abogada estuvo fuera de sus funciones, tenía el tiempo necesario para conocer el proceso desde la imputación hasta el escrito de acusación.
Lea aquí: Precandidato presidencial Camilo Romero denuncia “sicariato judicial”
Aún con la negativa de la Sala, Pulido reseñó que era la primera vez que se solicitaba una suspensión y que lo hacía estrictamente porque de no conocer el expediente completo no podía ejercer sus funciones como objetar ni contrainterrogar en el juicio. Dicho lo anterior, el exgobernador tomó la palabra y señaló que durante su proceso judicial no han existido garantías suficientes para demostrar su inocencia.
El exgobernador le reprochó al magistrado Torres el tiempo que ha transcurrido y lo lento que avanza su expediente. Con la reticencia de Romero, la diligencia se suspendió por unos minutos para analizar si, en efecto, se debía dar trámite a su pretensión. No obstante, el juicio continuo, antes con un llamado de atención.
Lea también: Camilo Romero oficializó su precandidatura a la Presidencia
“En relación con los reclamos elevados por el acusado como quiera que el trámite del juicio oral es reglado, tal como corresponde en un Estado de Derecho en el que impera el principio de legalidad, no sometido al capricho del juez o de las partes e intervinientes quienes por supuesto tienen deberes que cumplir al interior del trámite, el despacho se ve precisado a conminar al señor Camilo Ernesto Romero para que, al igual que las partes e intervinientes se acoja al procedimiento preestablecido de suerte que en las oportunidades procesalmente debidas pueda presentar sus planteamientos defensivos, en los que pueda exponer las eventuales afectaciones a sus derechos fundamentales de emitir los pronunciamientos correspondientes y dar cabida a los recursos en el momento procesal oportuno”, dijo la Sala.
El jalón de orejas para Romero continúo aduciendo que “su intervención y la de las demás partes no es libre, sino ha de ser respetuosa con la Corte e intervinientes en la actuación, y debe obedecer al trámite previsto en la ley, contando con la autorización del juez y referirse al momento por el que transita dentro de la audiencia, a fin de que se lleve a cabo con organización, orden y acatando la secuencia debida. La disciplina la hace cumplir el juez, de lo contrario, los trámites serían manejados por las partes de acuerdo con sus intereses y no por los funcionarios judiciales”.
Le puede interesar: Camilo Romero: “Se necesita ponerse en la piel de la gente”
Para la Corte, sí Romero considera que se le han vulnerado sus garantías y derechos dentro del proceso judicial puede elevar las peticiones que considere necesarias en el momento previsto durante el trámite y llevarlo ante las instancias que estime pertinente. Advirtió también que en caso de encontrarlo necesario la Sala hará uso de los instrumentos de dirección y corrección pidiendo, incluso, sancionar por desacato a las partes, testigos, peritos y demás intervinientes que afecten con su comportamiento el orden de las diligencias.