Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
La jueza 44 penal de Conocimiento de Bogotá acaba de emitir la primera sentencia relacionada con la violencia policial ejercida por uniformados la noche del 9 de septiembre de 2020, en distintos puntos de Bogotá y Soacha. La noche en que centenares de manifestantes protestaron en contra de la muerte bajo custodia policial del estudiante Javier Ordóñez y cuya consecuencia fue una respuesta con armas de fuego por parte de uniformados en sectores como Suba y Verbenal. Por el asesinato de Jaider Alexander Fonseca, de 17 años, y Andrés Felipe Rodríguez, de 23 años, fue condenado el patrullero Jhon Antonio Gutiérrez.
Antecedentes: 9-S: Caso de policía investigado por dos muertes en Verbenal no irá a justicia militar
Gutiérrez enfrentará una pena de 10 años de cárcel, por el delito de homicidio preterintencional. Es decir, cuando una persona asesina a otra sin la intención directa de hacerlo, pero conociendo que podría causar un daño tan grave que podría desatar el deceso de una víctima. En este caso, Jhon Antonio Gutiérrez disparó en distintas oportunidades contra sus dos víctimas, en inmediaciones del CAI Verbenal, el cual estaba siendo vandalizado con piedras y objetos improvisados la noche del 9-S, en Bogotá.
“Es inadmisible, desde cualquier punto de vista, casi un ultraje a los principios que sostienen el orden social, que un uniformado, llamado a ser escudo y no filo, haya atentado contra aquellos que alzaban su voz en forma protesta, desatendiendo ese derecho que ostenta todo ciudadano de hacer valer sus suplicas, sin ser destinatario de las agresiones de un portador de la ley que en cambio sí tenía el deber constitucional de proteger su seguridad”, explicó la jueza del caso.
Le puede interesar: Procuraduría sancionó con multa de $14 millones al policía que le disparó a Dilan Cruz
Según se explica en la sentencia condenatoria, Jaider Fonseca salió de su casa en el barrio Verbenal, al norte de Bogotá, para montar en bicicleta y ahí habría participado de las manifestaciones. Por su parte, Andrés Felipe Rodríguez, otra de las victimas mortales, no logró entrar a un alimentador de una estación de Transmilenio y ahí salió al barrio Verbenal, donde acompañó el cacerolazo que se desarrollaba en el sector.
Las protesta se escaló, al punto de que la integridad física de los uniformados estaban comprometida, lo que llevó a los policías adscritos a la Estación Usaquén a, por decisión propia, lanzar gases lacrimógenos con la intención de disparar sus armas de fuego sin ser advertidos. Jhon Antonio Gutiérrez quedó retratado en este expediente, dado que las balas que quedaron incrustadas en los cuerpos de las víctimas coincidían con el número de serial del arma asignada a él.
Lea también: Encuentran primeros restos humanos en La Escombrera de la Comuna 13 en Medellín
“Así, que Jhon Antonio Gutiérrez Rodríguez disparara en contra de Jaider Fonseca y Andrés Felipe Rodríguez Ávila provocándoles la muerte no puede ampararse en un error invencible sobre la existencia de un ataque injusto, toda vez que el lanzamiento de elementos contundentes por parte de los huelguistas se consideran un agresión empero no representan un peligro letal inminente que justificara el uso de un arma de fuego, menos cuando por el rol institucional del enjuiciado y su entrenamiento podía evaluar la proporcionalidad y la naturaleza de las amenazas”, agrega la sentencia.
De acuerdo con la jueza del caso, Gutiérrez tenía a su disposición otros medios para enfrentar la situación sin recurrir al uso de su arma de fuego. Para ello, contaba con formación en técnicas de dispersión no letales, un repliegue estratégico o la misma retirada del lugar, lo que fue solicitado por sus superiores jerárquicos como se demostró en el expediente. El haber disparado, señaló la jueza del caso, implicó un fallo en la valoración adecuada del nivel de amenaza.
Lea: Corte IDH responde a Petro que el CNE sí puede investigar su campaña presidencial
Katherine Rodríguez, defensora de familiares de víctimas, reconoce como un avance la primera sentencia condenatoria en contra de un policía por lo que pasó el 9 de septiembre de 2020, sin embargo, solicitó la presentación del recurso de apelación, para que en segunda instancia se considere que Gutiérrez actuó con pleno dolo. “Lo que se busca es establecer que tenía manejo en armas de fuego, tenía equipo que lo protegía y conocimiento de las acciones que tenía que hacer en el marco de las protestas, lo que incumplió. Sabía que en contexto de manifestaciones públicas no podía usar armas de fuego y la usó. Él sí tenía la intención de asesinar a los manifestantes, por cuanto ambas víctimas fueron vistas como objetivo”, le dijo a este diario.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.