Condenan a dos empresarios de palma por desplazamiento forzado
Hacían parte de la Promotora Palmera de Curvaradó Limitada, a la que estaba asociado el jefe paramilitar desmovilizado Raúl Emilio Hazbún Mendoza.
EFE
Un juez de Medellín condenó el lunes a 10 años y 5 meses de cárcel a dos empresarios de palma de aceite por su responsabilidad en el desplazamiento forzado de las comunidades de los ríos Curvaradó y Jiguamiandó para asentar esos cultivos en la ribera.
La Fiscalía informó en un comunicado sobre la sentencia condenatoria del Juzgado Adjunto al Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Medellín que afecta al comerciante Héctor Duque Echeverry y al administrador de empresas Luis Fernando Zea Medina.
Estos dos hombres hacían parte de la Promotora Palmera de Curvaradó Limitada (Palmadó S.A.), a la que estaba asociado el jefe paramilitar desmovilizado Raúl Emilio Hazbún Mendoza, alias "Pedro Ponte" o "Pedro Bonito", jefe del desarticulado frente paramilitar "Arles Hurtado" de las AUC.
El juez consideró responsables a Duque Echeverry y a Zea Medina de los delitos de concierto para delinquir, desplazamiento forzado e invasión de áreas de especial importancia geológica.
Esta decisión se enmarca en la investigación del masivo desplazamiento forzado y despojo de tierras que sufrieron desde 1997 las comunidades afrodescendientes de Jiguamiandó y Curvaradó en la región del Urabá, cercana a la frontera con Panamá, por parte de una alianza entre paramilitares, militares y algunos empresarios palmicultores.
Tres años más tarde, en 2000, en las cuencas de Jiguamiandó y Curvaradó se establecieron plantaciones de palma de aceite y ganaderías que ocuparon, en conjunto, 7.500 hectáreas.
En su decisión, este tribunal anuló dos escrituras públicas de la Notaría Única de Chigorodó (Antioquia) en las que consta la venta irregular de más de 1.400 hectáreas de tierra a las empresas que explotaban la palma africana para obtener biocombustibles.
Un juez de Medellín condenó el lunes a 10 años y 5 meses de cárcel a dos empresarios de palma de aceite por su responsabilidad en el desplazamiento forzado de las comunidades de los ríos Curvaradó y Jiguamiandó para asentar esos cultivos en la ribera.
La Fiscalía informó en un comunicado sobre la sentencia condenatoria del Juzgado Adjunto al Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Medellín que afecta al comerciante Héctor Duque Echeverry y al administrador de empresas Luis Fernando Zea Medina.
Estos dos hombres hacían parte de la Promotora Palmera de Curvaradó Limitada (Palmadó S.A.), a la que estaba asociado el jefe paramilitar desmovilizado Raúl Emilio Hazbún Mendoza, alias "Pedro Ponte" o "Pedro Bonito", jefe del desarticulado frente paramilitar "Arles Hurtado" de las AUC.
El juez consideró responsables a Duque Echeverry y a Zea Medina de los delitos de concierto para delinquir, desplazamiento forzado e invasión de áreas de especial importancia geológica.
Esta decisión se enmarca en la investigación del masivo desplazamiento forzado y despojo de tierras que sufrieron desde 1997 las comunidades afrodescendientes de Jiguamiandó y Curvaradó en la región del Urabá, cercana a la frontera con Panamá, por parte de una alianza entre paramilitares, militares y algunos empresarios palmicultores.
Tres años más tarde, en 2000, en las cuencas de Jiguamiandó y Curvaradó se establecieron plantaciones de palma de aceite y ganaderías que ocuparon, en conjunto, 7.500 hectáreas.
En su decisión, este tribunal anuló dos escrituras públicas de la Notaría Única de Chigorodó (Antioquia) en las que consta la venta irregular de más de 1.400 hectáreas de tierra a las empresas que explotaban la palma africana para obtener biocombustibles.