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                                                                                                                                Condenan a exgobernador del Huila por piscina que costó el doble de lo contratado

                                                                                                                                El exgobernador Juan de Jesús Cárdenas pagará cuatro años de prisión. En el municipio de San Agustín (Huila), permanece una piscina para niños que, a su vez, es un monumento al despilfarro de recursos públicos

                                                                                                                                Fachada de la Corte Suprema de Justicia.
                                                                                                                                Foto: Gustavo Torrijos Zuluaga
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En contexto: Corte Suprema condenó a exgobernador del Huila por construcción de kiosco en Tello

                                                                                                                                Cárdenas fue el gobernador del Huila entre 2001 y 2003. Durante su periodo, delegó a la Secretaría de Vías e Infraestructura la contratación de una obra para la recreación de los niños de San Agustín. El acuerdo público se firmó el 31 de diciembre de 2002, con la sociedad Conint Ltda. Se suponía que la piscina estaría lista en menos de tres meses y tendría un costo total de $184 millones.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Lea también: Corte Suprema ratificó condena de más de siete años contra Luis Alfredo Ramos

                                                                                                                                Tal fue el desorden en la gobernación de Cárdenas que el contrato de obra se firmó sin estudios previos y sin contar con interventoría. La principal problemática fue la estabilidad del suelo, donde al final quedó la piscina, por lo cual se necesitaron mayores volúmenes de excavación. Al final, solo esa obra terminó costando más de $446 millones. Más del doble de lo presupuestado.

                                                                                                                                “Cárdenas alegó también que la responsabilidad de los estudios y diseños correspondía a quienes los elaboraron, esto es terceros, no obstante, debió no solo verificar la existencia del lleno de los documentos, sino la seriedad de su información y revisar que los datos allí plasmados correspondieran a la realidad, pues por haber delegado la facultad para contratar en el secretario de Vías e Infraestructura, debía constatar que el delegatario cumpliera a cabalidad sus funciones”, señaló la Corte Suprema.

                                                                                                                                Le puede interesar: En el caso Nicolás Neira, la Corte Suprema prepara una decisión histórica

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD
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                                                                                                                                Fachada de la Corte Suprema de Justicia.
                                                                                                                                Foto: Gustavo Torrijos Zuluaga
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En contexto: Corte Suprema condenó a exgobernador del Huila por construcción de kiosco en Tello

                                                                                                                                Cárdenas fue el gobernador del Huila entre 2001 y 2003. Durante su periodo, delegó a la Secretaría de Vías e Infraestructura la contratación de una obra para la recreación de los niños de San Agustín. El acuerdo público se firmó el 31 de diciembre de 2002, con la sociedad Conint Ltda. Se suponía que la piscina estaría lista en menos de tres meses y tendría un costo total de $184 millones.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Lea también: Corte Suprema ratificó condena de más de siete años contra Luis Alfredo Ramos

                                                                                                                                Tal fue el desorden en la gobernación de Cárdenas que el contrato de obra se firmó sin estudios previos y sin contar con interventoría. La principal problemática fue la estabilidad del suelo, donde al final quedó la piscina, por lo cual se necesitaron mayores volúmenes de excavación. Al final, solo esa obra terminó costando más de $446 millones. Más del doble de lo presupuestado.

                                                                                                                                “Cárdenas alegó también que la responsabilidad de los estudios y diseños correspondía a quienes los elaboraron, esto es terceros, no obstante, debió no solo verificar la existencia del lleno de los documentos, sino la seriedad de su información y revisar que los datos allí plasmados correspondieran a la realidad, pues por haber delegado la facultad para contratar en el secretario de Vías e Infraestructura, debía constatar que el delegatario cumpliera a cabalidad sus funciones”, señaló la Corte Suprema.

                                                                                                                                Le puede interesar: En el caso Nicolás Neira, la Corte Suprema prepara una decisión histórica

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                                                                                                                                PUBLICIDAD
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