Condenan a hombre que violaba a su esposa diciendo que le “tenía que corresponder”
La Corte Suprema de Justicia decidió en un caso de violación y maltrato constante que Jhon Fredys Carvajal hizo padecer a su esposa. Se evaluó el síndrome de Adaptación Paradójica, ¿qué es?
Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia, la cual evalúo la sentencia del Tribunal Superior de Antioquia, el cual en marzo de 2023 sentenció a Jhon Fredys Carvajal. La alta corte encontró una terrible ausencia de enfoque de género en el caso, en el que incluso el culpable fue absuelto en primera instancia por orden de un juzgado.
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Carvajal y Natalia vivieron en diferentes municipios de Cundinamarca desde 2009. Sin embargo, el esposo constantemente obligaba a la víctima atener relaciones, aunque no quisiera o su cuerpo no estuviera dispuesto. Sin embargo, la víctima consideraba que era su obligación, pues por mandato religioso tenía en su cabeza que “la mujer deja de ser dueña de su carne y le pertenece a su esposo”.
Natalia guardó silencio por años, pero huyó hacia Urrao (Antioquia) para escapar de los vejámenes constantes a los que era sometida. Sin embargo, Jhon Fredys Carvajal la ubicó en ese municipio en octubre de 2015 y, bajo la misma idea errada de creerse dueño de su esposa, la volvió a abusar.
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La víctima lo denunció de inmediato a la Fiscalía. Durante el juicio, el abogado de Caravjal señaló que “los presuntos abusos no han de ser más que falsos, ya que después de compartir tanto tiempo con una pareja y procrear hijos, resulta poco probable el hecho de querer abusar de tu cónyuge”. Teniendo en cuenta las pruebas en el proceso, un juzgado de Urrao lo declaró inocente.
Sin embargo, el caso quedó en manos del Tribunal Superior de Bogotá, el cual reprochó la ausencia de enfoque de género del juzgado y cambió el sentido de la decisión. “Natalia mostraba características propias del Síndrome de Adaptación Paradójica, en virtud del cual, las mujeres víctimas de violencia de género desarrollan un paradójico vínculo afectivo con el maltratador, llegando a justificar su proceder, aceptar sus excusas y arrepentimientos luego de cada agresión y descartar la posibilidad de denunciarlo o de abandonarlo”, señaló la Corte.
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Al final, la alta corte consideró que, mantener la condena contra Carvajal, significa proteger los derechos fundamentales a la igualdad, no discriminación y libre desarrollo de la personalidad de su víctima. Mientras Natalia seguirá al cuidado de sus hijos, Jhon Fredys Carvajal tendrá 16 años para intentar resocializarse, tras considerar que su condición de esposo lo hacía dueño de una mujer.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
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Sin embargo, el caso quedó en manos del Tribunal Superior de Bogotá, el cual reprochó la ausencia de enfoque de género del juzgado y cambió el sentido de la decisión. “Natalia mostraba características propias del Síndrome de Adaptación Paradójica, en virtud del cual, las mujeres víctimas de violencia de género desarrollan un paradójico vínculo afectivo con el maltratador, llegando a justificar su proceder, aceptar sus excusas y arrepentimientos luego de cada agresión y descartar la posibilidad de denunciarlo o de abandonarlo”, señaló la Corte.
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