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Condenan a la Nación por permitir incursión paramilitar

El Consejo de Estado determinó la responsabilidad administrativa del Ministerio de La Defensa, el Ejército Nacional y la Policía Nacional.

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Juan Sebastián Jiménez Herrera
02 de septiembre de 2015 - 08:28 p. m.
Condenan a la Nación por permitir incursión paramilitar
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El 12 de septiembre de 1999 unos 80 paramilitares del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) ingresaron al corregimiento de Buenos Aires (Valle del Cauca). Reunieron a sus pobladores en el parque central y, cual si fuesen la autoridad, les dijeron cómo debían comportarse de ahora en adelante. Les prohibieron, entre otras, cocinar con gas, supuestamente, para que las pipetas no fueran a parar a manos de las Farc. Les dijeron que no eran sus enemigos sino “sus amigos” pero, a su vez, los amenazaron; les pidieron sus cédulas y, luego, se pusieron a revisar un listado que tenían.

A dos de ellos –a Héctor Sánchez García, de 48 años, 10 de ellos como inspector de Policía, y a Luis Fernando Dávila Correa, de 23 años– campesino los apartaron del grupo y los retuvieron mientras que al resto les dijeron, con un cinismo criminal, que se fueran a dormir “tranquilamente”. A Sánchez y a Dávila los asesinaron y los dejaron tirados. Luego los paramilitares partieron hacia la vereda Platanares y en ese lugar asesinaron a dos campesinos: José Reinaldo Foronda Flórez y Reinaldo Vargas Moncada. Al partir, como siempre fue su costumbre, los criminales dejaron grafitis reiterando su llegada al Valle del Cauca.

El 12 de septiembre de 2001 los familiares de Dávila demandaron a la Nación por no haber impedido su asesinato y el desplazamiento forzado de toda la familia. Y, ahora, 14 años después, el Consejo de Estado les dio la razón. El alto tribunal sostuvo que no entendía cómo la presencia de 80 paramilitares en un corregimiento pasó completamente inadvertida para la Fuerza Pública, sobre todo, si se tiene en cuenta que desde julio de ese año, los paramilitares habían alertado sobre su ingreso a la región.

Para el Consejo de Estado lo que hubo fue una “clara ausencia de soberanía por parte del Estado. Pues el Corregimiento de Buenos Aires quedó a la deriva de los grupos al margen de la Ley que rondaban en la zona, sin que hicieran allí presencia efectiva, institucional y duradera las fuerzas de seguridad del Estado para garantizar el goce de los derechos y libertades de la población”. Y es que los paramilitares se quedaron en la zona durante varios meses e impusieron, a bala, sus leyes, sin que las autoridades hicieran algo al respecto. Y lo que es peor: la violencia no cesó. En esos meses, los paramilitares asesinaron a, por lo menos, 37 personas.

Por todo esto, el Consejo de Estado condenó a la Nación, puntualmente, al Ministerio de Defensa, a la Policía y al Ejército Nacional. El alto tribunal ordenó, entre otras, que este fallo sea remitido al Centro de Memoria Histórica, que las entidades demandadas lo difundan durante, por lo menos, un año por medio de sus portales en Internet y redes sociales. Así mismo, ordenó que se remita copia del expediente a la Fiscalía para que revise en la Unidad de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario si los hechos del presente caso merecen ser priorizados “para que se investiguen y juzguen a todos los que hayan participado en la muerte violenta de Luis Fernando Dávila Correa y el desplazamiento forzado de los demandantes”.

Y en caso de no ser eficaces estas medidas, el Consejo de Estado exhortó al Estado colombiano, “en cabeza de las entidades demandadas para que acuda ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, para que se pronuncie sobre la violación de Derechos Humanos” en este caso.

Por Juan Sebastián Jiménez Herrera

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