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Seis militares fueron condenados por la ejecución extrajudicial de Julio Cesar Martínez Ortega, ocurrida el 18 de mayo de 2007 en el municipio de Chivolo, departamento del Magdalena. Se trata de los uniformados Eder Yesid Ramírez Martínez, Luis Alfonso Barón Montero, Rafael Antonio Caballero Robles, Juan Carlos Pérez Orozco, Edilberto Rojas Pérez y Fredy Marcelo Flechas Gamba, quienes fueron condenados a penas que oscilan entre los 32 y 35 años de prisión por el delito de homicidio en persona protegida. (Le podría interesar: Ejecuciones extrajudiciales y menores en el conflicto, otros informes para la JEP)
Según el expediente, que se adelantó bajo la Ley 600 de 2000 (antiguo sistema de procedimiento penal), Martínez Ortega murió en el curso de un combate por un grupo especial del Ejército. Sin embargo, en el proceso judicial se indicó que el ciudadano dejó de vivir como consecuencia de lesiones que le causaron varios proyectiles de armas de fuego. Además de presentar lesiones en su tórax, espalda y mano derecha, en el informe balístico se lee que la víctima “estaba de espaldas a sus victimarios y que los impactos se realizaron a larga distancia”.
“En el presente caso la Fiscalía, a través de su delegado de derechos humanos, alegó y demostró que al momento de su muerte (de la víctima), este tenía la calidad de persona protegida, bajo el supuesto de ser persona civil o una persona fuera de combate, es decir, no combatiente”, precisó el Juzgado Promiscuo del Circuito de Plato, que además dijo que en este caso “se intentó simular la confrontación o el combate”. (Lea también: Condenados dos militares en Norte de Santander por ejecuciones extrajudiciales)
“Si se unen todas las pruebas (…), se permite concluir que no hay un solo indicador que permita darle credibilidad al ataque o emboscada que sufrieron el 18 de mayo de 2007 los servidores del Estado y que aquí se enjuiciaron. Se puede afirmar sin ruborizarse que no existió el mentado combate, más cuando la defensa no pudo demostrar aparte del dicho de sus clientes lo contrario, pero la Fiscalía sí pudo establecer que tal enfrentamiento bélico no se dio, sino que se simuló”, dijo el despacho.
Fredy Marcelo Flechas Gamba fue condenado también por el delito de falsedad ideológica en documento público. Según el juez, el sargento viceprimero es responsable por las mentiras consignadas al documentar que ese día, a las 8:25 de la noche, se movilizaban dos sujetos y que fueron recibidos con disparos “por parte de bandidos”. Por eso, el uniformado deberá pagar una pena de 35 años de prisión. (Le sugerimos: Fiscalía imputa cargos a coronel (r) Javier Vallejos por ejecuciones extrajudiciales)
“Para este operador judicial, las circunstancias demostradas en el juicio con los medios suasorios antes descritos, permiten señalar como certeza la responsabilidad de los procesados descritos como quiera que en el desarrollo del conflicto armado, los militares que intervinieron en la muerte lo hicieron en cumplimento de la orden de Operación Arrasador, con el cometido de combatir la cuadrilla 41 de las Farc”, concluyó el juez. Los militares no podrán ejercer funciones públicas por 17 años y cada uno tendrá que pagar una multa equivalente a 2000 salarios mínimos legales vigentes (más de $1.562 millones).