Consejo de Estado deja en firme fallo que anuló elección de Roy Barreras
Esta decisión niega la solicitud que presentó la defensa de Barreras y confirma la nulidad de su elección como senador, por incurrir en doble militancia, por no renunciar oportunamente a su curul.
El Consejo de Estado dejó en firme la decisión de anular la elección de Roy Barreras como senador de la República por incurrir en doble militancia, luego de negar las solicitudes de aclaración y adición que presentó la defensa del exsenador, frente a este fallo. Cabe recordar que Barreras perdió su curul por no renunciar a su puesto como senador del Partido de La U, 12 meses antes de inscribirse para las elecciones de 2022.
Lea aquí: Roy Barreras se despide del Congreso con dura advertencia sobre reformas de Petro
El pasado 4 de mayo la Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección de Roy Barreras al estudiar una demanda presentada por varios ciudadanos, quienes pidieron anular la elección del exsenador para el periodo 2022-2026, porque no renunció a su curul cuando era miembro del partido de la U. Es decir, según lo expuesto, porque fue expulsado de este partido en 2020 por desconocer el régimen de bancadas, pero siguió ocupando su curul de senador de la República hasta el 20 de agosto de 2022.
Ante esta decisión la defensa de Barreras interpuso un recurso de aclaración y adición, en el que preguntaba por la figura de expulsión de un partido, pues insiste en que no renunció a La U porque las directivas de esta colectividad ya lo habían sacado. Además, pidió aclarar por qué se aplica una misma sanción a dos hechos diferentes y si se “usó analogía” para tomar la decisión Así mismo, el recurso pregunta: ¿Cómo podía permanecer en el partido si fue expulsado?.
Lea: Corte Suprema rechazó denuncia de Roy Barreras contra Miguel Polo Polo
La respuesta de este recurso explica que las dudas presentadas por la defensa de Barreras no cambian el sentido fallo y solo buscan aclarar la decisión. Además, dice que las dudas de Barreras ya fueron respondidas por el Consejo de Estado en el fallo en que anuló su elección como senador. “En cuanto a la aplicación de la doble militancia porque el demandado no renunció a la curul en los 12 meses anteriores a la fecha de inscripciones, la Sala se remite a lo expuesto en los párrafos 205 a 226 del fallo de 4 de mayo de 2023, en los cuales se hizo la exposición para resolver el problema relativo a la interpretación de la prohibición en el caso concreto, particularmente en la situación del demandado, expulsado de su partido”.
Días despues de que Roy Barreras perdió su curul como senador, aceptó ser el embajador de Colombia ante el Reino Unido. Así se lo propuso el Gobierno de Gustavo Petro a Barreras, quien fue ficha clave para la actual administración durante los 10 meses que ejerció como presidente del Senado.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
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Ante esta decisión la defensa de Barreras interpuso un recurso de aclaración y adición, en el que preguntaba por la figura de expulsión de un partido, pues insiste en que no renunció a La U porque las directivas de esta colectividad ya lo habían sacado. Además, pidió aclarar por qué se aplica una misma sanción a dos hechos diferentes y si se “usó analogía” para tomar la decisión Así mismo, el recurso pregunta: ¿Cómo podía permanecer en el partido si fue expulsado?.
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