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                                                                                                                                  Consejo de Estado dice “basta ya” a las penas desproporcionadas a mujeres

                                                                                                                                  Al ordenar una millonaria indemnización a un grupo de mujeres que estuvieron presas en terribles condiciones, el alto tribunal pidió que se erradique las penas desproporcionadas sobre mujeres cuando la resocialización sea posible fuera de una cárcel. “Las condiciones de hacinamiento padecidas en el pabellón de mujeres de la Cárcel del Cunduy constituyen, en sí mismas, un trato cruel, inhumano y degradante”.

                                                                                                                                  Imagen de referencia.

                                                                                                                                  “El Ministerio de Justicia deberá formular una política criminal y penitenciaria con enfoque de género que tenga en cuenta que las mismas condiciones que hacen a algunas mujeres vulnerables frente a ciertas violencias específicas basadas en el género, o que las condenan a la marginación social y económica, y las conducen o a la posición más vulnerable de las cadenas productivas legales e ilegales, inciden en la comisión de los delitos más comunes entre ellas. Ese Ministerio presentará un proyecto de ley que concrete dicha política ante el Congreso, a quien se exhorta a discutir estos asuntos con la finalidad anunciada”.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  A esto se suma que, dice la sentencia, “sin información valiosa que ofrecer, no pueden celebrar acuerdos con la Fiscalía que las libren de la encarcelación, como sí lo hacen los hombres que por su posición dominante en el negocio cometen delitos mayores”. Generalmente, esto sucede cuando se trata de tráfico o microtráfico. La decisión judicial apunta a que es necesario acabar con el impacto desproporcionado de la política criminal sobre las mujeres. Por un lado, acabado el espiral de marginación de las mujeres condenadas que tienen que cargar con un estigma social y enfrentar penas altas, por delitos menores, en condiciones inhumadas en las cárceles de Colombia.

                                                                                                                                  (Le puede interesar: “La cárcel reproduce la subordinación de las mujeres y la refuerza”: investigadores Javeriana)

                                                                                                                                  “Debe detenerse el encarcelamiento masivo de mujeres, que alimenta un sistema carcelario colapsado que las impacta “de manera diferenciada y desproporcionada”. Y finalmente, el sistema carcelario debe superar la tendencia de relegar a las mujeres a reducidos espacios sobrantes dentro de una infraestructura construida y administrada para hombres”. Por esa razón, el Consejo de Estado ordenó al Ministerio de Justicia y exhortó al Congreso para ponerle fin al populismo punitivo “en el diseño de las penas y las medidas de prisión preventiva que afectan desproporcionadamente a las mujeres”.

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                                                                                                                                  El alto tribunal estudió la demanda que presentaron 11 mujeres presas en dicho penal que tiene capacidad solo para 32 personas, pero en el que llegaron a estar 150 entre 2012 y 2013, así: un área social, dos lavaderos, dos albercas, tres baterías sanitarias (solo dos funcionaban), dos espacios con duchas, una sala de televisión, sin patio interno ni área para alimentación. Y dos dormitorios para que se ubicaran 16 personas en cada uno, pero sin planchas para todas por lo cual debían usar colchonetas en cualquier espacio disponible, incluido el pasillo y el área al lado de los inodoros, soportando malos olores y humedad.

                                                                                                                                  Esa situación implicaba que las internas debían esperar plazos largos para poder ir al baño, con las implicaciones que eso tiene en momentos de enfermedad. Por esa razón y producto del hacinamiento, las demandantes alegaron que les fueron vulnerados sus derechos a la vida, dignidad, salud, ambiente sano e integridad personal, entre otros, desde por lo menos enero de 2012. En el marco del proceso administrativo, la Sección Tercera estableció que esas mismas condiciones las enfrentaron un grupo de más de 20 mujeres (además de las demandantes) que estuvieron detenidas en la cárcel del Cunduy de Florencia entre el 1 de enero de 2012 y el 14 de junio de 2013.

                                                                                                                                  (Le puede interesar: Procuraduría pide mejorar condiciones carcelarias de mujeres gestantes y lactantes)

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Imagen de referencia.

                                                                                                                                  “El Ministerio de Justicia deberá formular una política criminal y penitenciaria con enfoque de género que tenga en cuenta que las mismas condiciones que hacen a algunas mujeres vulnerables frente a ciertas violencias específicas basadas en el género, o que las condenan a la marginación social y económica, y las conducen o a la posición más vulnerable de las cadenas productivas legales e ilegales, inciden en la comisión de los delitos más comunes entre ellas. Ese Ministerio presentará un proyecto de ley que concrete dicha política ante el Congreso, a quien se exhorta a discutir estos asuntos con la finalidad anunciada”.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  A esto se suma que, dice la sentencia, “sin información valiosa que ofrecer, no pueden celebrar acuerdos con la Fiscalía que las libren de la encarcelación, como sí lo hacen los hombres que por su posición dominante en el negocio cometen delitos mayores”. Generalmente, esto sucede cuando se trata de tráfico o microtráfico. La decisión judicial apunta a que es necesario acabar con el impacto desproporcionado de la política criminal sobre las mujeres. Por un lado, acabado el espiral de marginación de las mujeres condenadas que tienen que cargar con un estigma social y enfrentar penas altas, por delitos menores, en condiciones inhumadas en las cárceles de Colombia.

                                                                                                                                  (Le puede interesar: “La cárcel reproduce la subordinación de las mujeres y la refuerza”: investigadores Javeriana)

                                                                                                                                  “Debe detenerse el encarcelamiento masivo de mujeres, que alimenta un sistema carcelario colapsado que las impacta “de manera diferenciada y desproporcionada”. Y finalmente, el sistema carcelario debe superar la tendencia de relegar a las mujeres a reducidos espacios sobrantes dentro de una infraestructura construida y administrada para hombres”. Por esa razón, el Consejo de Estado ordenó al Ministerio de Justicia y exhortó al Congreso para ponerle fin al populismo punitivo “en el diseño de las penas y las medidas de prisión preventiva que afectan desproporcionadamente a las mujeres”.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  El alto tribunal estudió la demanda que presentaron 11 mujeres presas en dicho penal que tiene capacidad solo para 32 personas, pero en el que llegaron a estar 150 entre 2012 y 2013, así: un área social, dos lavaderos, dos albercas, tres baterías sanitarias (solo dos funcionaban), dos espacios con duchas, una sala de televisión, sin patio interno ni área para alimentación. Y dos dormitorios para que se ubicaran 16 personas en cada uno, pero sin planchas para todas por lo cual debían usar colchonetas en cualquier espacio disponible, incluido el pasillo y el área al lado de los inodoros, soportando malos olores y humedad.

                                                                                                                                  Esa situación implicaba que las internas debían esperar plazos largos para poder ir al baño, con las implicaciones que eso tiene en momentos de enfermedad. Por esa razón y producto del hacinamiento, las demandantes alegaron que les fueron vulnerados sus derechos a la vida, dignidad, salud, ambiente sano e integridad personal, entre otros, desde por lo menos enero de 2012. En el marco del proceso administrativo, la Sección Tercera estableció que esas mismas condiciones las enfrentaron un grupo de más de 20 mujeres (además de las demandantes) que estuvieron detenidas en la cárcel del Cunduy de Florencia entre el 1 de enero de 2012 y el 14 de junio de 2013.

                                                                                                                                  (Le puede interesar: Procuraduría pide mejorar condiciones carcelarias de mujeres gestantes y lactantes)

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Y aseguró que el hacinamiento es el hecho que genera el daño y la responsabilidad de la Nación. Para ello tuvo en cuenta los testimonios de las demandantes y de los amigos y familiares de las detenidas que habían sido rechazados en primera instancia por el Tribunal Administrativo del Caquetá. Este elemento es clave pues las internas se encontraban en situación de indefensión que hacía de esos testigos, claves: “la especial relación de sujeción de las internas frente a la administración penitenciaria, el control sobre las pruebas que ella ejerce de facto y el temor que puedan sentir las internas de documentar las violaciones de sus derechos, dificultaba, especialmente, la prueba de sus condiciones de vida, de los sucesos conflictivos y sus padecimientos constantes”.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Ese trato cruel, inhumano y degradante se evidenció de varias formas. Primero, porque surge una completa situación de impotencia cuando se ejerce un poder total sobre una persona que, además, “se enmarca en la materialización de la relación de especial sujeción”. “La Sala nota que la tensión permanente en que malviven las mujeres en el Cunduy tiene como trasfondo la paradójica ausencia del Estado en un régimen de reconfiguración de los derechos a cargo del propio Estado, en el que se restringen algunos y se deben proveer las condiciones para garantizar los demás. La impotencia de las internas se agudiza por los distintos tipos de violencia normalizadas en las condiciones en que viven en el Cunduy”.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Un testimonio, por ejemplo, señaló cómo para ir al baño en la noche se pisaban unas a otras o le rompían la ropa. “Ahí mantienen como perros bravos, ahí en la situación que viven”. Según el Consejo de Estado, la condición de mujeres implica un impacto diferencial y agravado en el contexto penitenciario pues las cárceles no están construidas para ellas, ni para atender las necesidades fisiológicas y biológicas, especialmente en situaciones como el período menstrual, el embarazo, la lactancia y la crianza de niños. “En este penal, la omisión de responder a esas necesidades básicas de las mujeres las ha sometido a una degradación constante, a una amenaza permanente y a un alto y constante gado de humillación, en una situación de absoluta imposibilidad de evadirlas”, dice el fallo.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  “La humillación o la inferioridad que ha generado el hacinamiento en ellas se mide desde los mínimos de dignidad de cualquier ser humano. Nadie puede ser obligado a vivir en las condiciones que les han sido impuestas. Nadie puede ser obligado a vivir encerrado sin aire limpio, en medio de sus propios desechos, durmiendo en espacios diminutos, húmedos, expuestos o malsanos, sin margen para moverse siquiera para acceder al baño privadamente y sin perturbar a las otras personas”, agrega la decisión que señala que se trata de una violación generalizada de derechos que no se ha detenido con las medidas adoptadas para superar el estado de cosas inconstitucional que ha decretado al Corte Constitucional.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Estos daños sufridos son consecuencia la completa omisión del Estado, en cabeza del Ministerio de Justicia, el Inpec y la USPEC, que deberán pagar una millonaria indemnización a las reclusas demandantes a modo de reparación. Y además, podrán ser indemnizadas las demás mujeres que tuvieron que enfrentar esas condiciones, así no hayan demandado al Estado. Para ello, cada mujer deberá presentar un escrito ante el Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos o a la Defensoría de Florencia con los datos exactos en los que estivo presa. “Para poder ser indemnizadas, el tiempo de reclusión debe coincidir, total o parcialmente, con el lapso comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 14 de junio de 3013. Sólo el tiempo comprendido en ese lapso será indemnizado de acuerdo con los términos de esta Sentencia”.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Además, el alto tribunal abogó para que dicha cárcel sea reformada. “Mientras se mantengan espacios, como el pabellón de mujeres del Cunduy, en los que bajo el control soberano del Estado los seres humanos sean despojados de todo cuanto los define. Esa prisión, en concepto de la Sala, es una constatación de lo que se ha advertido durante años sobre la violación de los derechos de la población carcelaria, del “sufrimiento gótico que alcanza a los internos””. Por eso, ordenó que haya brigadas para resolver solicitudes atrasadas de excarcelación o beneficios penitenciarios.

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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