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                                                                                                                                Consejo de Estado niega demanda contra decisión del CNE de investigar campaña Petro

                                                                                                                                La Sección Quinta del alto tribunal precisó que como el trámite no ha finalizado, la resolución, por el momento, no puede ser objeto de demandas de nulidad.

                                                                                                                                El presidente Gustavo Petro calificó la ponencia que formularía cargos contra su campaña presidencial en el Consejo Nacional Electoral como un "golpe de Estado".
                                                                                                                                Foto: Archivo Particular
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La demanda fue interpuesta por el abogado Sebastián Méndez, quien argumentó que el organismo electoral carece de competencia para investigar al mandatario “por haber operado el fenómeno institucional de la caducidad”, motivo por el cual solicitó la nulidad de la resolución del CNE.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Conozca la decisión del Consejo de Estado:

                                                                                                                                “Revisado el mismo, este despacho advierte que no constituye un acto susceptible de control judicial, pues no contiene una decisión de fondo que culmine la actuación administrativa, sino que se trata de un acto de trámite”, señala el auto del tribunal, con ponencia del magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez.

                                                                                                                                En pocas palabras, el alto tribunal dejó por sentado que, como el proceso no ha finalizado, el acto administrativo emitido por el CNE no puede ser objeto de control de legalidad por parte del Consejo de Estado. Es por eso, entonces, que para el tribunal la demanda no tiene fundamento, pues hasta que el proceso no termine el acto no puede recibir ningún tipo de demanda.

                                                                                                                                La supuesta violación a topes de gasto en campaña, según el CNE

                                                                                                                                La resolución 05175 de 2024 del CNE, que formuló cargos contra la campaña presidencial de Gustavo Petro por presuntas irregularidades en la financiación de 2022, señala que se habrían superado los límites de gasto por un total de $5.355 millones: $3.709 millones en la primera vuelta y $1.646 millones en la segunda. Los investigados incluyen al gerente de campaña, Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol, y a otros miembros del equipo financiero.

                                                                                                                                Según la resolución del CNE, además de superar los límites generales de financiación, la campaña Petro Presidente habría incurrido en otros gastos irregulares relacionados con la contratación de servicios publicitarios y eventos. Se menciona un exceso significativo de gastos en logística y promoción en eventos de campaña, como conciertos y reuniones, que no fueron reportadas correctamente o excedieron los montos permitidos.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                El presidente Gustavo Petro calificó la ponencia que formularía cargos contra su campaña presidencial en el Consejo Nacional Electoral como un "golpe de Estado".
                                                                                                                                Foto: Archivo Particular
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La demanda fue interpuesta por el abogado Sebastián Méndez, quien argumentó que el organismo electoral carece de competencia para investigar al mandatario “por haber operado el fenómeno institucional de la caducidad”, motivo por el cual solicitó la nulidad de la resolución del CNE.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Conozca la decisión del Consejo de Estado:

                                                                                                                                “Revisado el mismo, este despacho advierte que no constituye un acto susceptible de control judicial, pues no contiene una decisión de fondo que culmine la actuación administrativa, sino que se trata de un acto de trámite”, señala el auto del tribunal, con ponencia del magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez.

                                                                                                                                En pocas palabras, el alto tribunal dejó por sentado que, como el proceso no ha finalizado, el acto administrativo emitido por el CNE no puede ser objeto de control de legalidad por parte del Consejo de Estado. Es por eso, entonces, que para el tribunal la demanda no tiene fundamento, pues hasta que el proceso no termine el acto no puede recibir ningún tipo de demanda.

                                                                                                                                La supuesta violación a topes de gasto en campaña, según el CNE

                                                                                                                                La resolución 05175 de 2024 del CNE, que formuló cargos contra la campaña presidencial de Gustavo Petro por presuntas irregularidades en la financiación de 2022, señala que se habrían superado los límites de gasto por un total de $5.355 millones: $3.709 millones en la primera vuelta y $1.646 millones en la segunda. Los investigados incluyen al gerente de campaña, Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol, y a otros miembros del equipo financiero.

                                                                                                                                Según la resolución del CNE, además de superar los límites generales de financiación, la campaña Petro Presidente habría incurrido en otros gastos irregulares relacionados con la contratación de servicios publicitarios y eventos. Se menciona un exceso significativo de gastos en logística y promoción en eventos de campaña, como conciertos y reuniones, que no fueron reportadas correctamente o excedieron los montos permitidos.

                                                                                                                                Read more!
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