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La Sala Plena del Consejo de Estado ordenó la creación de una zona de reserva ambiental en los cerros orientales de Bogotá, poniendo así orden a las construcciones y explotaciones que se realizaron y realizan en la actualidad.
El tribunal de lo contencioso administrativo determinó que las construcciones que fueron realizadas en dichas zonas tendrán que pagar un impuesto que será utilizado para solventar el impacto ambiental ocasionado.
Esto debido a la complejidad y costo que tendría la reubicación de las construcciones allí adelantadas en las zonas delimitadas como de reserva, lo que incluso podría representar un impacto ambiental.
Sin embargo, se le pone punto final a los nuevos proyectos en dichos espacios, por lo que a partir de la emisión de este fallo no se podrán otorgar más licencias de construcción o de explotación.
En el extenso fallo el tribunal de lo contencioso administrativo indicó que no se pueden desconocer los derechos que adquirieron compradores y constructores con base en las licencias.
La Sala Plena ordenó que se tomen medidas especiales para proteger la reserva forestal y determinó que los contribuyentes que tengan propiedades allí deben aportar un tasa de carácter ambiental, para colaborar con el sostenimiento del área.