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Consejo de Estado rechaza demanda que pedía anular elección de la fiscal general

Pedían que fuera invalidada la elección de Luz Adriana Camargo tras la renuncia de Amelia Pérez. El alto tribunal les dio tres días a los demandantes para volver a presentarla.

22 de marzo de 2024 - 09:10 p. m.
Pedían que fuera invalidada la elección de Luz Adriana Camargo tras la renuncia de Amelia Pérez. El alto tribunal les dio tres días a los demandantes para volver a presentarla.
Pedían que fuera invalidada la elección de Luz Adriana Camargo tras la renuncia de Amelia Pérez. El alto tribunal les dio tres días a los demandantes para volver a presentarla.
Foto: EFE/ Corte Suprema de Justicia de Colombia - Corte Suprema
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El Consejo de Estado rechazó la primera de manda que pedía anular la elección de Luz Adriana Camargo Garzón como la nueva fiscal general. La sección Quinta del alto tribunal decidió que el documento con el que Steffany Gallo y John García pretendían echar para atrás la elección que hizo la Corte Suprema de Justicia sobre la nueva jefa del ente investigador tenía errores.

En contexto: Demandan la elección de Luz Adriana Camargo como fiscal general de la Nación

Los demandantes argumentaron en su documento que se vulneró el debido proceso y el derecho a la igualdad de género en la elección de la nueva fiscal. Gallo y García señalaron en su demanda que “la Corte Suprema de justicia debe seguir estrictamente las reglas previamente definidas por la misma Sala para el ejercicio de su función en garantía de los principios de legalidad y seguridad jurídica”. Al parecer de los demandantes, el alto tribunal vulneró esos principios.

Igualmente, señalaron que la elección de una terna de solo mujeres generaba discriminación en contra de los hombres que podrían haber tenido “las cualidades y virtudes” necesarias para alcanzar el cargo más alto al interior de la Fiscalía. Con esto, consideraron que se vulneró el derecho de los hombres a “ser elegido en igualdad de condiciones”. Aun así, el Consejo de Estado ya se había pronunciado sobre un argumento similar en noviembre del año pasado, cuando negó la tutela presentada por el magistrado Gerardo Botero Zuluaga, en la que pedía devolver la terna al presidente Gustavo Petro para que incluyera, por lo menos, a un hombre como candidato.

Podría interesarle: ¿Quién es Luz Adriana Camargo, la nueva fiscal general?

Los dos demandantes además señalaban que con la renuncia de la excandidata Amelia Pérez, el pasado 12 de marzo, a pocos minutos de iniciar la Sala Plena en la que se eligió a Camargo, la terna quedaba “desintegrada”. Por ese motivo, también consideraban que la elección no podía ser válida.

Sin embargo, el Consejo de Estado en su decisión dijo que la demanda no podía ser admitida, porque “las citas normativas y de las aseveraciones que se hicieron como concepto de la violación, el despacho no observa algún desarrollo argumentativo en punto de determinar por qué el acto acusado vulneró las disposiciones normativas”.

A pesar de la negativa, el alto tribunal le dio tres días a los demandantes para que subsanen sus errores y vuelvan a presentar la demanda. Por otra parte, lo que sí hizo fue ordenar a la Corte Suprema que le enviara los actos administrativos con los que la Sala Plena eligió a Camargo, confirmó su nombramiento y le notificó el resultado. Esta era una de las peticiones de los dos demandantes.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Rishie(96750)23 de marzo de 2024 - 10:25 a. m.
En la "Redacción Judicial" de este "periódico" no saben redactar y mucho menos de leyes. Esa es la realidad y cada escrito es la prueba incontestable de ello.
MARIA(30795)22 de marzo de 2024 - 10:24 p. m.
Solo porque es bueno precisar, de la lectura de la noticia entiendo que, contrario a lo que dice el titular, el CE no rechazó la demanda, sino que la inadmitió. Son decisiones distintas. Cuando se inadmite, se ordena corregir y la ley da un plazo para ello.
  • Rishie(96750)23 de marzo de 2024 - 10:25 a. m.
    En la "Redacción Judicial" de este "periódico" no saben redactar y mucho menos de leyes. Esa es la realidad y cada escrito es la prueba incontestable de ello.
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