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Consejo de Estado rechaza tutela del presidente Petro y deja en firme cargos del CNE

El alto tribunal ha mencionado en repetidas ocasiones que el Consejo Nacional Electoral tiene la competencia para adelantar una investigación administrativa en contra de la presunta violación de topes de campaña del actual mandatario en 2022 y señala que es la Comisión de Acusaciones quien debe sancionar al mandatario y no el tribunal electoral. El presidente en su recurso señala que se vulneraron derechos fudamentales.

17 de diciembre de 2024 - 02:38 a. m.
El presidente Gustavo Petro calificó la ponencia que formularía cargos contra su campaña presidencial en el Consejo Nacional Electoral como un "golpe de Estado".
El presidente Gustavo Petro calificó la ponencia que formularía cargos contra su campaña presidencial en el Consejo Nacional Electoral como un "golpe de Estado".
Foto: Archivo Particular
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Luego de que la Sala Plena del Consejo de Estado respondiera a los comentarios del presidente Gustavo Petro sobre el trabajo de esa corporación, el alto tribunal, a través de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo, negó una tutela presentada por el mandatario, con la cual buscaba tumbar de tajo los cargos que le formuló el Consejo Nacional Electoral (CNE) por la presunta violación de topes de financiación de su campaña a la Casa de Nariño en 2022.

“No es plausible considerar que, con una investigación por posibles incumplimientos en la financiación de una campaña presidencial, eso sí exceptuando la violación a los topes máximos de financiación, se pueda interferir de manera indebida en las funciones que ejerce el señor Presidente de la República, en su condición de aforado constitucional”, indicó el alto tribunal.

El recurso fue interpuesto por el presidente Petro y otros tres ciudadanos, quienes argumentan que al jefe de Estado se le violaron los derechos al debido proceso, al fuero presidencial, a la defensa y al derecho a ser elegido. En la tutela, los demandantes aseguran que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado vulneró los derechos del mandatario al momento de ratificar que el CNE tiene la competencia para continuar la investigación administrativa por las presuntas irregularidades en la financiación de la campaña electoral.

En el recurso, el mandatario, además, agregó que es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes quien debe “decidir sobre la eventual sanción de pérdida del cargo del señor Presidente de la República, de manera autónoma y según el procedimiento contemplado para las investigaciones y juicios por indignidad política, en los términos del artículo 21 de la ley estatutaria 996 de 2005, cuando de la investigación adelantada por el Consejo Nacional Electoral por irregularidades en la financiación de la campaña presidencial 2022-2026 proceda la referida sanción”.

Para el Consejo de Estado, la demanda presentada por Gustavo Petro no tiene validez, pues la decisión del alto tribunal no puede considerarse como “arbitraria” ya que, aseguran, se respetó el fuero de juzgamiento del Presidente de la República. “(...) no decidió, como equivocadamente lo interpreta el actor en la pretensión primera del libelo de tutela, que el CNE tenga competencia para sancionar al presidente por denuncias por violación de topes de campaña”.

La respuesta del Consejo de Estado al presidente Gustavo Petro

En la mañana de este lunes 16 de diciembre, el presidente del Consejo de Estado, el magistrado Milton Chávez, lideró la respuesta del alto tribunal al presidente Petro, luego de que el mandatario asegurara que el trabajo del alto tribunal “desmantela mi derecho constitucional a dirigir la política exterior de Colombia”. Esto luego de que el Consejo de Estado tumbara la designación de Juan Pablo Castro Morales como consejero en la embajada de Colombia en Francia.

El magistrado Chávez, acompañado de la Sala Plena, tildó los mensajes de Petro como “graves, sistemáticos e irrespetuosos”, que “ponen en entredicho la honorabilidad, integridad y eficacia con la que actúa esta Corporación”. Y añadió que “las sentencias, los conceptos y todas sus decisiones y actuaciones, que adopta como suprema autoridad de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y como juez de los actos del gobierno y, en general, de la administración pública, son el resultado de procesos ajustados a la Constitución y a la ley, y están orientados por los principios de autonomía e independencia judicial”.

Asimismo, rechazaron los señalamientos del jefe de Estado, asegurando que son “afirmaciones sin sustento alguno que sugieren que las decisiones judiciales se toman con fines políticos o en detrimento de la voluntad popular, pues estas distorsionan la realidad y envían un mensaje equivocado a la sociedad”. Las acciones del presidente Petro, según el Consejo de Estado, con las que cataloga como golpes blandos y perfidia las decisiones judiciales, hacen, según los togados, que se desconozca “la función del poder judicial, que actúa libre de todo tipo de presión”.

El llamado del alto tribunal fue respaldado, entre varios actores, por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el cual destacó la labor del Consejo de Estado y respaldó su “misión institucional de control de legalidad y de sometimiento de todas las actuaciones del gobierno nacional y de todas las demás autoridades al imperio de la Constitución y la ley”.

Las voces de rechazo a los comentarios del presidente Petro también llegaron desde la Corporación Excelencia en la Justicia, la cual señaló mediante una comunicación oficial que “tales expresiones emitidas por el presidente Petro, y que intentan socavar las decisiones judiciales calificándolas como actos de lawfare o persecución política, afectan la dignidad de los jueces, y también generan un clima de innecesaria desconfianza y polarización frente a una de las instituciones fundamentales del Estado Social de Derecho colombiano”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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