Consejo de Estado tumbó la elección de Altus Baquero como magistrado del CNE
La decisión se da después de casi un mes de que Baquero, del Partido Liberal, hubiera sido ratificado en el cargo por la Corte Constitucional, luego de levantar una suspensión en su contra que argumentaba que contaba con la experiencia suficiente para tener un asiento en el Consejo Nacional Electoral.
La Sección Quinta del Consejo de Estado tumbó de manera definitiva la elección de Altus Baquero como magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE). El proceso en su contra se viene adelantando desde hace más de un año, pues Baquero no cumplía con la experiencia suficiente requerida para ocupar un asiento en el organismo electoral.
De hecho, Baquero, del Partido Liberal, había sido ratificado hace un mes en el cargo por la Corte Constitucional, luego de que el alto tribunal levantara una suspensión en su contra para que fuera el Consejo de Estado el que definiera su situación. De acuerdo con el fallo, el Consejo de Estado se basó en las causales de nulidad contempladas en los artículos 275.5 y 137 de la ley 1437 de 2011.
En el primer artículo, la ley señala que es una causal de anulación electoral cuando “se elijan candidatos o se nombren personas que no reúnan las calidades y requisitos constitucionales o legales de elegibilidad o que se hallen incursas en causales de inhabilidad”. “Por consiguiente, este colegiado declarará la nulidad del mismo”, puntualizó el fallo del alto tribunal.
Entretanto, el artículo 137 señala que “toda persona podrá solicitar por sí, o por medio de representante, que se declare la nulidad de los actos administrativos de carácter general”. A través de este recurso, los demandantes, María Angélica García Sarmiento y Nicolás Youn Díaz, señalaban que Baquero no cumplía los requisitos necesarios para recuperar su puesto en el Consejo Nacional Electoral.
El expediente de Baquero lleva más de un año pasando por las manos de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. El caso tomó un giro importante cuando, el 25 de mayo de 2023, el segundo tribunal lo suspendió de manera provisional porque, al parecer, no cumplía con los requisitos de experiencia profesional para el cargo.
En ese entonces, la Sala determinó que la postura “más ajustada al ordenamiento jurídico es aquella que señala que la experiencia profesional se debe contabilizar desde la obtención del título de abogado hasta la fecha de postulación del aspirante a magistrado del CNE y no la sostenida por el demandado, quien aducía que el extremo final debía ser la fecha de elección”.
Por esta razón, Baquero, quien en el momento de postulación contaba con un total de 14 años, 11 meses y 24 días de experiencia, no contaba con la experiencia profesional requerida por la ley. Sin embargo, la Corte Constitucional determinó que los requisitos constitucionales solo reglamentaban “los 15 años de experiencia profesional verificables al momento de la elección”.
Baquero se había reintegrado oficialmente al CNE el pasado 20 de mayo para discutir el expediente de las presuntas irregularidades en la financiación y violación de topes de gasto en la campaña que llevó a Gustavo Petro a la Casa de Nariño.
El regreso de Baquero parecía ser un asunto crucial en el caso, pues su voto podría ser definitivo respecto a la ponencia de más de 300 páginas que presentaron los magistrados Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz en contra del jefe de Estado y su campaña a la Presidencia. Con esta decisión, el organismo electoral vuelve a quedar con ocho magistrados y se deberá elegir el reemplazo de Baquero.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La Sección Quinta del Consejo de Estado tumbó de manera definitiva la elección de Altus Baquero como magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE). El proceso en su contra se viene adelantando desde hace más de un año, pues Baquero no cumplía con la experiencia suficiente requerida para ocupar un asiento en el organismo electoral.
De hecho, Baquero, del Partido Liberal, había sido ratificado hace un mes en el cargo por la Corte Constitucional, luego de que el alto tribunal levantara una suspensión en su contra para que fuera el Consejo de Estado el que definiera su situación. De acuerdo con el fallo, el Consejo de Estado se basó en las causales de nulidad contempladas en los artículos 275.5 y 137 de la ley 1437 de 2011.
En el primer artículo, la ley señala que es una causal de anulación electoral cuando “se elijan candidatos o se nombren personas que no reúnan las calidades y requisitos constitucionales o legales de elegibilidad o que se hallen incursas en causales de inhabilidad”. “Por consiguiente, este colegiado declarará la nulidad del mismo”, puntualizó el fallo del alto tribunal.
Entretanto, el artículo 137 señala que “toda persona podrá solicitar por sí, o por medio de representante, que se declare la nulidad de los actos administrativos de carácter general”. A través de este recurso, los demandantes, María Angélica García Sarmiento y Nicolás Youn Díaz, señalaban que Baquero no cumplía los requisitos necesarios para recuperar su puesto en el Consejo Nacional Electoral.
El expediente de Baquero lleva más de un año pasando por las manos de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. El caso tomó un giro importante cuando, el 25 de mayo de 2023, el segundo tribunal lo suspendió de manera provisional porque, al parecer, no cumplía con los requisitos de experiencia profesional para el cargo.
En ese entonces, la Sala determinó que la postura “más ajustada al ordenamiento jurídico es aquella que señala que la experiencia profesional se debe contabilizar desde la obtención del título de abogado hasta la fecha de postulación del aspirante a magistrado del CNE y no la sostenida por el demandado, quien aducía que el extremo final debía ser la fecha de elección”.
Por esta razón, Baquero, quien en el momento de postulación contaba con un total de 14 años, 11 meses y 24 días de experiencia, no contaba con la experiencia profesional requerida por la ley. Sin embargo, la Corte Constitucional determinó que los requisitos constitucionales solo reglamentaban “los 15 años de experiencia profesional verificables al momento de la elección”.
Baquero se había reintegrado oficialmente al CNE el pasado 20 de mayo para discutir el expediente de las presuntas irregularidades en la financiación y violación de topes de gasto en la campaña que llevó a Gustavo Petro a la Casa de Nariño.
El regreso de Baquero parecía ser un asunto crucial en el caso, pues su voto podría ser definitivo respecto a la ponencia de más de 300 páginas que presentaron los magistrados Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz en contra del jefe de Estado y su campaña a la Presidencia. Con esta decisión, el organismo electoral vuelve a quedar con ocho magistrados y se deberá elegir el reemplazo de Baquero.
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