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La Corporación de Jueces y Magistrados de Colombia (Corjusticia) mostró su preocupación sobre el anuncio que hizo la Procuraduría sobre ordenar la compulsa de copias penales en contra de la jueza coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao, Lilyan Jhoana Bastidas Huertas, quien fue la funcionaria que firmó la libertad de varios jóvenes de primeras líneas. El ente de control afirmó que la jueza no puede ordenar órdenes de libertad basada en un decreto presidencial.
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“Insistimos en el respeto a las providencias judiciales y en el caso particular, con la decisión adoptada por la Coordinadora del Centro de servicios referido, frente a la cual, el 28 y 29 de diciembre del 2022, tanto en medios de comunicación como a través de un comunicado dirigido al público en general, expuso los argumentos jurídicos que respaldan su decisión”, expresó la corporación.
Los jueces y magistrados expresaron en su comunicado que las decisiones judiciales cuentan con los mecanismos y recursos establecidos en la ley para su impugnación y corrección. Además, que el comunicado que emitió la Procuraduría no respeta la autonomía judicial y vulnera su autonomía e independencia.
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“El comunicado de la PGN hace mella en la autonomía e independencia judicial amparada por la ley, la constitución y los instrumentos internacionales sobre la materia, por su premura, tratándose de un asunto relativamente novedoso”, afirmó la corporación mediante su comunicado en defensa de la funcionaria judicial.
Este lío comenzó después de que la procuradora general Margarita Cabello afirmara que la entidad no había sido tenido en cuenta a la hora de la liberación de dos jóvenes que hicieron parte de grupos de primeras líneas y ahora son gestores de paz del gobierno. De acuerdo con la procuradora, en la diligencia en la que se liberaron los jóvenes, no fue convocado el ente de control ni les entregaron información sobre esto.
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Por esto, la Procuraduría presentó una queja ante el Consejo Superior de la Judicatura contra la jueza Bastidas Huertas al considerar que al no citar a los funcionarios ni entregarles información sobre la diligencia, habría impedido que el ministerio público pudiera ejercer oportunamente su papel. “Tampoco se les compartió información para actuar en esos casos, y que la persona que firmó las órdenes de libertad, la Coordinadora del Centro de Servicios Judiciales del complejo judicial de Paloquemao, en Bogotá, no tendría la competencia para otorgarlas”, afirmó en su momento la Procuraduría.
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