Coronel (r) Juan Castañeda, condenado por nexos con AUC, se sometió a la JEP
Sobre el exmiembro del Ejército pesa una condena de 40 años por nexos con paramilitares y al menos 50 desapariciones forzadas en Casanare mientras fungió como comandante del Batallón Ramón Nonato Pérez ubicado en Casanare.
En un documento de 58 páginas, la Sala de Definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aceptó el sometimiento del coronel (r) Juan Carlos Castañeda Villamizar, condenado a 40 años de prisión en la justicia ordinaria por nexos con paramilitares al mando del excomandante de las AUC, Héctor Buitrago, alias Martín Llanos. El oficial deberá presentar un compromiso claro en el que detalle cuáles van a ser sus aportes a la verdad, a la reparación inmaterial de las víctimas y a las garantías de no repetición
Aunque la Sala ya le dio vía libre para ser uno de los comparecientes, el compromiso se hace efectivo cuando el coronel entregue información sobre cuál era su relación con paramilitares; desde cuando se entablaron relaciones; cómo y bajo qué acuerdos se operaba; cómo se compartía información; si se entregaron elementos de uso privativo del Ejército; si se suministró armamento o material bélico; si se transportaban en vehículos de la institución; si militares encubiertos vestían de civil para operar junto con las AUC; si se permitía la movilización de paramilitares en la zona y en que fincas o lugares se realizaban las reuniones.
Lea aquí: Condenan a exalcalde y coronel (r) por aliarse con “Martín Llanos” en Casanare
En un escrito deberá argumentar los motivos por los cuales generó esas alianzas que lo llevó a una pena de 40 años no solo por los nexos con los paramilitares sino por las más de 50 desapariciones forzadas en el departamento de Casanare. Entre otras cosas, el oficial explicará si recibió orden de sus superiores, así como también, si él, como comandante del Batallón Ramón Nonato Pérez dio alguna orden a sus subalternos que vinculara actuaciones delictivas.
“En este punto detallar cuáles fueron las órdenes e instrucciones emitidas, en qué circunstancias fueron dadas y suministrar nombres de las personas implicadas en los acuerdos llevados a cabo entre integrantes de fuerza pública y paramilitares”, dice la providencia de la Sala en la que añadieron que Castañeda debe especificar si los hechos por los que fue condenado en la justicia ordinaria era una práctica sistemática y generalizada dentro de la institución castrense.
Lea también: Capturan a militar implicado en al menos 50 desapariciones
Sobre las víctimas, la Sala le dijo al coronel retirado que deberá fomentar programas orientadas a la reparación inmaterial e integral de estas. Además, deberá exponer qué tipo de colaboración pueden extender a los demás organismos del Sistema Integral de Verdad, Justicia Reparación y No Repetición, indicando cuáles son sus aportes efectivos al tercer eje del régimen de condicionalidad, es decir, al compromiso de no repetición como programa de dignificación de las víctimas en el que explique cómo no repetirán los actos por los cuales está condenado.
Con las cuentas claras por lo que debe responder Castañeda, la Sala recordó que la declaración de sometimiento a la JEP causa el efecto de suspender las facultades de las autoridades ordinarias para adoptar o ejecutar decisiones que impliquen afectación de la libertad, determinación de responsabilidades o citación a práctica de diligencias judiciales. Con esa disposición, el oficial, en 15 días deberá comparecer ante la justicia transicional para que señale el mecanismo al que aspira para el tratamiento de su proceso. En pocas palabras, Castañeda podrá precisar si aspira a la revisión de la sentencia o a la sustitución de la sanción penal.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Con los efectos judiciales suspendidos en la justicia ordinaria, la Sala ofició al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Yopal (Casanare), al CTI, a la Dijin y a la Sijin de la Policía que no podrán hacer efectiva la orden de captura librada proferida en su contra.
En un documento de 58 páginas, la Sala de Definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aceptó el sometimiento del coronel (r) Juan Carlos Castañeda Villamizar, condenado a 40 años de prisión en la justicia ordinaria por nexos con paramilitares al mando del excomandante de las AUC, Héctor Buitrago, alias Martín Llanos. El oficial deberá presentar un compromiso claro en el que detalle cuáles van a ser sus aportes a la verdad, a la reparación inmaterial de las víctimas y a las garantías de no repetición
Aunque la Sala ya le dio vía libre para ser uno de los comparecientes, el compromiso se hace efectivo cuando el coronel entregue información sobre cuál era su relación con paramilitares; desde cuando se entablaron relaciones; cómo y bajo qué acuerdos se operaba; cómo se compartía información; si se entregaron elementos de uso privativo del Ejército; si se suministró armamento o material bélico; si se transportaban en vehículos de la institución; si militares encubiertos vestían de civil para operar junto con las AUC; si se permitía la movilización de paramilitares en la zona y en que fincas o lugares se realizaban las reuniones.
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En un escrito deberá argumentar los motivos por los cuales generó esas alianzas que lo llevó a una pena de 40 años no solo por los nexos con los paramilitares sino por las más de 50 desapariciones forzadas en el departamento de Casanare. Entre otras cosas, el oficial explicará si recibió orden de sus superiores, así como también, si él, como comandante del Batallón Ramón Nonato Pérez dio alguna orden a sus subalternos que vinculara actuaciones delictivas.
“En este punto detallar cuáles fueron las órdenes e instrucciones emitidas, en qué circunstancias fueron dadas y suministrar nombres de las personas implicadas en los acuerdos llevados a cabo entre integrantes de fuerza pública y paramilitares”, dice la providencia de la Sala en la que añadieron que Castañeda debe especificar si los hechos por los que fue condenado en la justicia ordinaria era una práctica sistemática y generalizada dentro de la institución castrense.
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Sobre las víctimas, la Sala le dijo al coronel retirado que deberá fomentar programas orientadas a la reparación inmaterial e integral de estas. Además, deberá exponer qué tipo de colaboración pueden extender a los demás organismos del Sistema Integral de Verdad, Justicia Reparación y No Repetición, indicando cuáles son sus aportes efectivos al tercer eje del régimen de condicionalidad, es decir, al compromiso de no repetición como programa de dignificación de las víctimas en el que explique cómo no repetirán los actos por los cuales está condenado.
Con las cuentas claras por lo que debe responder Castañeda, la Sala recordó que la declaración de sometimiento a la JEP causa el efecto de suspender las facultades de las autoridades ordinarias para adoptar o ejecutar decisiones que impliquen afectación de la libertad, determinación de responsabilidades o citación a práctica de diligencias judiciales. Con esa disposición, el oficial, en 15 días deberá comparecer ante la justicia transicional para que señale el mecanismo al que aspira para el tratamiento de su proceso. En pocas palabras, Castañeda podrá precisar si aspira a la revisión de la sentencia o a la sustitución de la sanción penal.
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Con los efectos judiciales suspendidos en la justicia ordinaria, la Sala ofició al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Yopal (Casanare), al CTI, a la Dijin y a la Sijin de la Policía que no podrán hacer efectiva la orden de captura librada proferida en su contra.