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Corte amparó al club Millonarios ante disputa laboral con futbolista lesionado

El club había presentado una acción de tutela en agosto de 2023, contra una orden de reintegro laboral de un futbolista que había demandado al equipo tras ser despedido mientras se recuperaba de una lesión.

03 de octubre de 2024 - 12:38 a. m.
Hinchada de Millonarios acompañando a su equipo en El Campín.
Hinchada de Millonarios acompañando a su equipo en El Campín.
Foto: Jose Vargas Esguerra
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La Corte Constitucional falló a favor del club Millonarios en un proceso de tutela presentado contra una orden de reintegro laboral de un futbolista, identificado como Luis, quien había demandado al equipo tras ser despedido mientras se recuperaba de una lesión derivada de un accidente laboral. El fallo de la Corte protege el derecho al debido proceso del club y deja sin efecto la orden de reintegro del jugador emitida previamente por la Sala de Descongestión de la Corte Suprema de Justicia.

Luis, jugador del club, interpuso una demanda laboral en contra de Millonarios luego de ser despedido en noviembre de 2014, mientras aún se encontraba en proceso de recuperación de las secuelas de un accidente laboral que había sufrido. En su demanda, el futbolista solicitó la nulidad de su despido y su reintegro al equipo, argumentando que no gozaba de condiciones óptimas de salud en el momento de la terminación de su contrato de trabajo.

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Inicialmente, los jueces laborales de primera y segunda instancia determinaron que el futbolista no gozaba de estabilidad laboral reforzada, lo que permitió que el club procediera con la finalización del contrato. Sin embargo, en marzo de 2023, la Sala de Descongestión de la Corte Suprema de Justicia revocó la sentencia de primera instancia, declaró ineficaz el despido sin justa causa y ordenó al club reintegrar al futbolista a su cargo sin interrupción en su contrato laboral.

La tutela de Millonarios

Ante la decisión de la Corte Suprema, el club de fútbol presentó una acción de tutela en agosto de 2023, alegando que dicha orden de reintegro vulneraba su derecho al debido proceso. El equipo argumentó que el tribunal no había valorado adecuadamente la evidencia médica que demostraba que el jugador no cumplía con las condiciones físicas necesarias para continuar su carrera profesional en el equipo. La tutela fue inicialmente negada por la Sala de Decisión de Tutelas Número 1 de la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, la Corte Constitucional revisó el caso y concluyó que la Sala de Descongestión de la Corte Suprema de Justicia no había incurrido en errores de valoración de los hechos ni de las pruebas presentadas en el proceso, pero sí consideró que la orden de reintegro fue emitida sin evaluar de manera proporcional si el futbolista estaba en condiciones físicas para retomar su labor competitiva.

Las consideraciones de la Corte

La Corte destacó cinco aspectos fundamentales en su fallo: primero, la Sala de Descongestión sí valoró las anotaciones médicas anteriores a la fecha de terminación del contrato, que indicaban que el futbolista había mostrado una “evolución excelente” en su recuperación tras la cirugía. Sin embargo, la Corte determinó que esta evolución no implicaba necesariamente que estuviera en condiciones óptimas para retomar sus actividades deportivas.

En segundo lugar, aunque el futbolista había vuelto a los entrenamientos, el examen médico de retiro reveló secuelas que requerían tratamiento adicional. Por tanto, la Sala de Descongestión no incurrió en un error al investigar más a fondo las secuelas del accidente laboral. Asimismo, la Sala consideró pruebas presentadas después de la finalización del contrato para confirmar que el jugador no estaba en condiciones de salud óptimas en el momento del despido, lo cual fue considerado un análisis acertado por la Corte Constitucional.

Frente a la revisión de las pruebas por parte del club, los argumentos del club sobre la falta de afectaciones de salud en el futbolista fueron considerados descontextualizados. La Corte señaló que las pruebas demostraban que el jugador no estaba en buen estado de salud al momento de su despido. Por último, el alto tribunal indicó que el dictamen emitido por la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), que fue modificado posteriormente, no era relevante en este contexto, dado que el club no pudo demostrar de manera evidente que el jugador hubiera estado en condiciones de continuar con su carrera después de su reintegro.

La Corte concluyó que la Sala de Descongestión sí incurrió en un defecto sustantivo en lo relacionado con la orden de reintegro. Esta orden fue emitida sin considerar si las condiciones físicas del jugador eran compatibles con la alta exigencia competitiva del fútbol profesional o si el club podría ofrecerle otro cargo acorde con sus capacidades físicas. También se subrayó la importancia de realizar un juicio de proporcionalidad al evaluar la situación de los futbolistas profesionales, considerando las particularidades de su profesión.

La práctica del fútbol profesional requiere no solo condiciones de salud aceptables, sino también un estado físico óptimo para competir al más alto nivel. Factores como la edad de retiro, los niveles salariales superiores al promedio, las limitaciones de movilidad ocupacional y las lesiones que impiden continuar en la alta competencia deben ser tomados en cuenta en estos casos.

En su fallo, el alto tribunal exhortó al Congreso de la República y al Gobierno a regular los derechos laborales de los deportistas profesionales, especialmente en lo relacionado con los riesgos ocupacionales derivados de lesiones físicas que los inhabilitan para continuar con su carrera competitiva. También destacó la necesidad de una regulación que proteja los derechos de los trabajadores, en particular aquellos con estabilidad laboral reforzada, y que evite la imposición de cargas desproporcionadas a los empleadores.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Usuario(82157)03 de octubre de 2024 - 02:02 a. m.
Fubolista lesionado durante el tiempo en enfermería , se les paga todo el salario integro , sino quedó habil después para jugar , se renegocia el contrato ( caso kun Aguero) , esos contratos están asegurados en entonces al jugador o al club el seguro les cancela , saí de fácil. Aqui no sé que pasó la Corte se chingó al futbolista de manera vulgar pisoteando principios laborales.
Óscar(22193)03 de octubre de 2024 - 01:30 a. m.
Eso parece más un fallo comprado
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