Corte Constitucional admitió demanda que podría despenalizar el aborto
El alto tribunal estudiará la demanda presentada por el movimiento feminista Causa Justa, cuyo propósito es legalizar y despenalizar el aborto en Colombia.
El pasado 16 de septiembre el colectivo feminista Causa Justa, que reunió las voces de 91 organizaciones y 134 activistas, radicó un documento en la Corte Constitucional para que decidiera si estudiaba la demanda que pretende eliminar del Código Penal el delito de aborto. Hoy la solicitud fue admitida por la Sala de Selección de la alta corte.
contexto: Los argumentos de la nueva demanda contra la penalización del aborto.
“Las organizaciones y activistas del movimiento Causa Justa celebramos que la Corte Constitucional haya admitido la demanda de inconstitucionalidad que busca que el delito de aborto desaparezca del Código Penal. Confiamos en que estos nuevos argumentos y evidencias planteadas en la demanda sean estudiados a fondo por las y los Magistrados”. Con estas palabras, el movimiento Causa Justa aplaudió la decisión del alto tribunal. Tras un mes de la radicación del documento, el magistrado Antonio José Lizarazo admitió la revisión y se encargará de redactar una ponencia que le dé luz verde -o no- a la eliminación del aborto como delito.
Cuando una demanda de inconstitucionalidad llega a la Corte Constitucional sus magistrados tienen tres posibilidades: declarar inexequible la norma, lo que en este caso significaría despenalizar el aborto en su totalidad; declarar exequible la norma, lo que significaría que el artículo 122 del Código Penal queda tal cual, es decir, toda interrupción del embarazo que no este enmarcada dentro de las tres causales -violación, malformación del feto o peligro para la salud de la mujer- será castigada penalmente; y declarar exequible condicionalmente, que podría cambiar algunas de las reglas actuales del delito de aborto.
El colectivo Causa Justa, en compañía de activistas y asociaciones feministas, espera que el aborto sea abiertamente legal y su caracterización como delito sea cosa del pasado. En la demanda afirman que la eliminación de esta contravención tendría un impacto decisivo en la reducción del estigma y en la eliminación de las dificultades que existen para el libre acceso a interrupción del embarazo por petición de la mujer. “Se estima que en el país, debido a estas barreras, solo entre un 1% y un 9% de los abortos se practican dentro del sistema sanitario, concentrándose en las ciudades principales”, afirman las demandantes.
Los argumentos de la demanda
La petición de las activistas se sostiene en un documento de 153 páginas, cuyo contenido fundamental habla de seis cargos de inconstitucionalidad por los cuales la Corte Constitucional debería despenalizar el aborto en su totalidad. Causa Justa hace un énfasis especial en el derecho de la mujer para acceder al aborto sin ser estigmatizada y con las plenas garantías del Estado al momento de practicárselo. Además, enfocan su mirada en el medico, que no encontraría cumpliendo integralmente su función aún con las tres excepciones actuales.
Explican en la demanda que existe una ambigüedad en el artículo 122, porque en algunos casos el aborto es legal y en otros no, lo que en la práctica “genera un contexto hostil para la implementación adecuada de los casos despenalizados, que gozan de protección constitucional”. La penalización, así sea parcial, se convertiría en la principal barrera de acceso impuesta por el mismo Estado. “El estigma del aborto es una de las principales barreras para las mujeres que buscan interrumpir un embarazo no deseado”, sostienen en el documento, a partir de decenas de investigaciones.
“Un estudio en Bogotá determinó que esa falta de conocimiento (en la práctica del aborto) generó retrasos y, más grave aún, que varias mujeres que finalmente pudieron acceder, después de muchas barreras, a un aborto legal y seguro, acudieron primero a métodos inseguros de aborto o a lugares clandestinos”, señalan. Agregan que esta situación se replicó en otras zonas como Tumaco, Buenaventura, Arauca, Chocó y Norte de Santander.
Le puede interesar: “No soy bandido, soy una víctima de estas circunstancias”: Fernando Sanclemente.
Por otro lado, las demandantes sostienen que los profesionales de la salud, en general, no quieren realizar abortos por miedo a ser penalizados. Los médicos, quienes constitucionalmente deben brindar atención a las mujeres que solicitan el procedimiento, de acuerdo con la sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional, pueden ir a la cárcel si un juez considera que su trabajo no está enmarcado dentro de las tres excepciones que están vigentes. Además, serían estigmatizados socialmente por la responsabilidad que les delega realizar un aborto y, por tanto, habría un vacío en la formación del profesional.
El movimiento Causa Justa expone que la mujer ve coartado su derecho a la libertad de pensamiento, dado que en el contexto colombiano la posición sobre el aborto ha sido históricamente influenciada por la religión -católica-. Tal fenómeno podría ser una vulneración a la Constitución de 1991. Por último, en el documento puntualizan que no pueden ser aceptables medidas legislativas o de otra índole que tiendan a conceder consecuencias jurídicas perjudiciales o de desventaja “contra las personas o comunidades que no comparten la práctica religiosa mayoritaria”.
“Confiamos en que la Corte Constitucional, que se ha caracterizado por su rigurosidad jurídica y por la defensa de los derechos de las mujeres, estudie a fondo los nuevos argumentos de esta demanda y actúe en derecho. Esperamos también que el fallo de la Corte garantice la ciudadanía plena de las mujeres, para la cual es fundamental el respeto de su libertad, autonomía y autodeterminación sobre las decisiones relativas a su cuerpo y a su proyecto de vida”, concluyen en el documento conocido por El Espectador.
El pasado 16 de septiembre el colectivo feminista Causa Justa, que reunió las voces de 91 organizaciones y 134 activistas, radicó un documento en la Corte Constitucional para que decidiera si estudiaba la demanda que pretende eliminar del Código Penal el delito de aborto. Hoy la solicitud fue admitida por la Sala de Selección de la alta corte.
contexto: Los argumentos de la nueva demanda contra la penalización del aborto.
“Las organizaciones y activistas del movimiento Causa Justa celebramos que la Corte Constitucional haya admitido la demanda de inconstitucionalidad que busca que el delito de aborto desaparezca del Código Penal. Confiamos en que estos nuevos argumentos y evidencias planteadas en la demanda sean estudiados a fondo por las y los Magistrados”. Con estas palabras, el movimiento Causa Justa aplaudió la decisión del alto tribunal. Tras un mes de la radicación del documento, el magistrado Antonio José Lizarazo admitió la revisión y se encargará de redactar una ponencia que le dé luz verde -o no- a la eliminación del aborto como delito.
Cuando una demanda de inconstitucionalidad llega a la Corte Constitucional sus magistrados tienen tres posibilidades: declarar inexequible la norma, lo que en este caso significaría despenalizar el aborto en su totalidad; declarar exequible la norma, lo que significaría que el artículo 122 del Código Penal queda tal cual, es decir, toda interrupción del embarazo que no este enmarcada dentro de las tres causales -violación, malformación del feto o peligro para la salud de la mujer- será castigada penalmente; y declarar exequible condicionalmente, que podría cambiar algunas de las reglas actuales del delito de aborto.
El colectivo Causa Justa, en compañía de activistas y asociaciones feministas, espera que el aborto sea abiertamente legal y su caracterización como delito sea cosa del pasado. En la demanda afirman que la eliminación de esta contravención tendría un impacto decisivo en la reducción del estigma y en la eliminación de las dificultades que existen para el libre acceso a interrupción del embarazo por petición de la mujer. “Se estima que en el país, debido a estas barreras, solo entre un 1% y un 9% de los abortos se practican dentro del sistema sanitario, concentrándose en las ciudades principales”, afirman las demandantes.
Los argumentos de la demanda
La petición de las activistas se sostiene en un documento de 153 páginas, cuyo contenido fundamental habla de seis cargos de inconstitucionalidad por los cuales la Corte Constitucional debería despenalizar el aborto en su totalidad. Causa Justa hace un énfasis especial en el derecho de la mujer para acceder al aborto sin ser estigmatizada y con las plenas garantías del Estado al momento de practicárselo. Además, enfocan su mirada en el medico, que no encontraría cumpliendo integralmente su función aún con las tres excepciones actuales.
Explican en la demanda que existe una ambigüedad en el artículo 122, porque en algunos casos el aborto es legal y en otros no, lo que en la práctica “genera un contexto hostil para la implementación adecuada de los casos despenalizados, que gozan de protección constitucional”. La penalización, así sea parcial, se convertiría en la principal barrera de acceso impuesta por el mismo Estado. “El estigma del aborto es una de las principales barreras para las mujeres que buscan interrumpir un embarazo no deseado”, sostienen en el documento, a partir de decenas de investigaciones.
“Un estudio en Bogotá determinó que esa falta de conocimiento (en la práctica del aborto) generó retrasos y, más grave aún, que varias mujeres que finalmente pudieron acceder, después de muchas barreras, a un aborto legal y seguro, acudieron primero a métodos inseguros de aborto o a lugares clandestinos”, señalan. Agregan que esta situación se replicó en otras zonas como Tumaco, Buenaventura, Arauca, Chocó y Norte de Santander.
Le puede interesar: “No soy bandido, soy una víctima de estas circunstancias”: Fernando Sanclemente.
Por otro lado, las demandantes sostienen que los profesionales de la salud, en general, no quieren realizar abortos por miedo a ser penalizados. Los médicos, quienes constitucionalmente deben brindar atención a las mujeres que solicitan el procedimiento, de acuerdo con la sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional, pueden ir a la cárcel si un juez considera que su trabajo no está enmarcado dentro de las tres excepciones que están vigentes. Además, serían estigmatizados socialmente por la responsabilidad que les delega realizar un aborto y, por tanto, habría un vacío en la formación del profesional.
El movimiento Causa Justa expone que la mujer ve coartado su derecho a la libertad de pensamiento, dado que en el contexto colombiano la posición sobre el aborto ha sido históricamente influenciada por la religión -católica-. Tal fenómeno podría ser una vulneración a la Constitución de 1991. Por último, en el documento puntualizan que no pueden ser aceptables medidas legislativas o de otra índole que tiendan a conceder consecuencias jurídicas perjudiciales o de desventaja “contra las personas o comunidades que no comparten la práctica religiosa mayoritaria”.
“Confiamos en que la Corte Constitucional, que se ha caracterizado por su rigurosidad jurídica y por la defensa de los derechos de las mujeres, estudie a fondo los nuevos argumentos de esta demanda y actúe en derecho. Esperamos también que el fallo de la Corte garantice la ciudadanía plena de las mujeres, para la cual es fundamental el respeto de su libertad, autonomía y autodeterminación sobre las decisiones relativas a su cuerpo y a su proyecto de vida”, concluyen en el documento conocido por El Espectador.