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                                                                                                                                  Corte Constitucional admitió la primera demanda contra la reforma pensional

                                                                                                                                  La senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia, presentó ante el alto tribunal una demanda en contra de la Ley 2381 de 2024, también conocida como reforma pensional. Solicitó que se declare inconstitucional.

                                                                                                                                  Senadora del partido Centro Democrático
                                                                                                                                  Foto: Cristian Garavito

                                                                                                                                  La Corte Constitucional admitió la primera demanda en contra de la reforma pensional presentada por el gobierno de Gustavo Petro, la cual fue aprobada el pasado 14 de junio. Desde que el articulado vio luz verde en la Cámara de Representantes, los fantasmas del vicio de trámite comenzaron a rondar sobre el proyecto. La demanda, presentada por la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia, señala que se eludió el debate en la cámara baja “al acoger el texto aprobado por el Senado de la República, sin que hubiese deliberación ni explicación”.

                                                                                                                                  De acuerdo con la legisladora de la oposición, hay tres eventos que determinarían la inconstitucionalidad de la reforma pensional. En primer lugar, argumentó Valencia, la Cámara de Representantes acogió el texto aprobado por el Senado de la República sin que hubiese aceptado opiniones o propuestas, ni explicación de los ponentes para un segundo debate.

                                                                                                                                  Según la senadora, ningún proyecto debería ser ley sin haber sido publicado oficialmente por el Congreso y pasar por un primer y segundo debate, porque aseguró que entre el momento en que se leyó la proposición y el momento en que se llevó a cabo la votación, solo fue una hora y que en ese lapso de tiempo, “en ningún momento la coordinadora ponente del proyecto, Martha Alfonso, el ministro del Interior, la ministra del Trabajo o el ministro de Hacienda, le explicaron a la Plenaria el contenido del texto aprobado por el Senado de la República y las diferencias que este [tenía] con el texto propuesto para segundo debate en la Cámara de Representantes.”

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Así mismo, consideró que al desconocer el artículo 48 de la Carta Magna, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), tendría la potestad de determinar, sin control superior, los requisitos de semanas y edad de seis grupos poblacionales y que dicho “trato especial”, está prohibido por la Constitución.

                                                                                                                                  Otro de los puntos clave para la demanda aceptada por la corporación tiene que ver con las pensiones de los ciudadanos colombianos residentes en el exterior. De acuerdo con Valencia, “todas las pensiones, incluyendo las que perciban los residentes colombianos provenientes del exterior, estarán exentas del impuesto sobre la renta. Estarán gravadas sólo en la parte que exceda más de 1.000 UVT (Unidades de Valor Tributario)”.

                                                                                                                                  “La redacción aprobada por la Plenaria del Senado de la República, y que fue posteriormente acogida por la Plenaria de la Cámara de Representantes, eliminó la palabra mensual, dejando así abierta la posibilidad que la exención referida de 1.000 UVT aplique de manera anual”, argumentó la legisladora.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                  Senadora del partido Centro Democrático
                                                                                                                                  Foto: Cristian Garavito

                                                                                                                                  La Corte Constitucional admitió la primera demanda en contra de la reforma pensional presentada por el gobierno de Gustavo Petro, la cual fue aprobada el pasado 14 de junio. Desde que el articulado vio luz verde en la Cámara de Representantes, los fantasmas del vicio de trámite comenzaron a rondar sobre el proyecto. La demanda, presentada por la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia, señala que se eludió el debate en la cámara baja “al acoger el texto aprobado por el Senado de la República, sin que hubiese deliberación ni explicación”.

                                                                                                                                  De acuerdo con la legisladora de la oposición, hay tres eventos que determinarían la inconstitucionalidad de la reforma pensional. En primer lugar, argumentó Valencia, la Cámara de Representantes acogió el texto aprobado por el Senado de la República sin que hubiese aceptado opiniones o propuestas, ni explicación de los ponentes para un segundo debate.

                                                                                                                                  Según la senadora, ningún proyecto debería ser ley sin haber sido publicado oficialmente por el Congreso y pasar por un primer y segundo debate, porque aseguró que entre el momento en que se leyó la proposición y el momento en que se llevó a cabo la votación, solo fue una hora y que en ese lapso de tiempo, “en ningún momento la coordinadora ponente del proyecto, Martha Alfonso, el ministro del Interior, la ministra del Trabajo o el ministro de Hacienda, le explicaron a la Plenaria el contenido del texto aprobado por el Senado de la República y las diferencias que este [tenía] con el texto propuesto para segundo debate en la Cámara de Representantes.”

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Así mismo, consideró que al desconocer el artículo 48 de la Carta Magna, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), tendría la potestad de determinar, sin control superior, los requisitos de semanas y edad de seis grupos poblacionales y que dicho “trato especial”, está prohibido por la Constitución.

                                                                                                                                  Otro de los puntos clave para la demanda aceptada por la corporación tiene que ver con las pensiones de los ciudadanos colombianos residentes en el exterior. De acuerdo con Valencia, “todas las pensiones, incluyendo las que perciban los residentes colombianos provenientes del exterior, estarán exentas del impuesto sobre la renta. Estarán gravadas sólo en la parte que exceda más de 1.000 UVT (Unidades de Valor Tributario)”.

                                                                                                                                  “La redacción aprobada por la Plenaria del Senado de la República, y que fue posteriormente acogida por la Plenaria de la Cámara de Representantes, eliminó la palabra mensual, dejando así abierta la posibilidad que la exención referida de 1.000 UVT aplique de manera anual”, argumentó la legisladora.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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