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                                                                                                                                Corte Constitucional dictó medidas cautelares a la población desplazada de la Hacienda Bellacruz

                                                                                                                                El alto tribunal le ordenó a las autoridades del departamento del Cesar abstenerse de ejecutar actos de hostigamiento o procesos policivos en contra de esta comunidad.

                                                                                                                                Redacción Judicial

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                “Ordenar a las autoridades de Policía que se abstengan de llevar a cabo cualquier acto de hostigamiento en contra de tal población, y por el contrario, proteger la vida, integridad, debido proceso e intimidad de la población desplazada de la Hacienda Bellacruz”, precisa uno de los apartes de la decisión emitida el pasado 22 de julio con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Además se le ordena a los inspectores de y “demás autoridades de policía de los municipios de La Gloria, Pelaya y Tamalameque, en el departamento del Cesar, que se abstengan de ejecutar procesos policivos en contra de la población campesina desplazada de la Hacienda Bellacruz, hasta tanto la Corte adopte una decisión definitiva en el presente caso”.

                                                                                                                                La acción de tutela, radicada por Asocol, solicita que “se adjudiquen tales baldíos a las familias que los venían ocupando antes del desplazamiento” forzado ejecutado por el Bloque de las AUC Héctor Julio Peinado Becerra comandando por Juan Francisco Prada Márquez, alias ‘Juancho Prada’ los días 13 y 14 de febrero de 1996. 

                                                                                                                                Para el tutelante, existe referencia documental que los campesinos tuvieron que salir de dicha hacienda debido a las amenazas que ejercieron los paramilitares por solicitud de los hermanos Carlos Arturo y Francisco Alberto Marulanda Ramírez quienes firmaron las escrituras y se apoderaron de dicho predio.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El pasado 30 de junio un grupo de más de 100 campesinos desplazados de la Hacienda Bellacruz decidió ocupar nuevamente los predios. Pocos días después el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) ejecutó una orden de desalojo "por perturbación de la posesión a los campesinos".

                                                                                                                                "Incluyendo menores de edad y muejeres en estado de embarazo, y algunos de ellos fueron heridos con armas de fuego", precisa uno de los apartes de acción en la que se manifiesta la necesidad de proteger los derechos fundamentales de esta población. 

                                                                                                                                 

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                “Ordenar a las autoridades de Policía que se abstengan de llevar a cabo cualquier acto de hostigamiento en contra de tal población, y por el contrario, proteger la vida, integridad, debido proceso e intimidad de la población desplazada de la Hacienda Bellacruz”, precisa uno de los apartes de la decisión emitida el pasado 22 de julio con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Además se le ordena a los inspectores de y “demás autoridades de policía de los municipios de La Gloria, Pelaya y Tamalameque, en el departamento del Cesar, que se abstengan de ejecutar procesos policivos en contra de la población campesina desplazada de la Hacienda Bellacruz, hasta tanto la Corte adopte una decisión definitiva en el presente caso”.

                                                                                                                                La acción de tutela, radicada por Asocol, solicita que “se adjudiquen tales baldíos a las familias que los venían ocupando antes del desplazamiento” forzado ejecutado por el Bloque de las AUC Héctor Julio Peinado Becerra comandando por Juan Francisco Prada Márquez, alias ‘Juancho Prada’ los días 13 y 14 de febrero de 1996. 

                                                                                                                                Para el tutelante, existe referencia documental que los campesinos tuvieron que salir de dicha hacienda debido a las amenazas que ejercieron los paramilitares por solicitud de los hermanos Carlos Arturo y Francisco Alberto Marulanda Ramírez quienes firmaron las escrituras y se apoderaron de dicho predio.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                "Incluyendo menores de edad y muejeres en estado de embarazo, y algunos de ellos fueron heridos con armas de fuego", precisa uno de los apartes de acción en la que se manifiesta la necesidad de proteger los derechos fundamentales de esta población. 

                                                                                                                                 

                                                                                                                                Por Redacción Judicial

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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