Corte Constitucional le dio el sí al Nuevo Liberalismo como partido político
La familia Galán buscaba ser reconocida como partido político por lo que, en su intento, adelantaron todo tipo de acciones en el Consejo Nacional Electoral y el Consejo de Estado, tras las negativas de las corporaciones el caso llegó a la Corte Constitucional que, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, les dio el espaldarazo.
Con una votación unánime y un impedimento del magistrado Antonio José Lizarazo, la Corte Constitucional revivió al Nuevo Liberalismo como partido político en Colombia. La decisión, inicialmente, estuvo en manos del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien estudió una acción de tutela que interpusieron los hermanos Juan Manuel y Carlos Fernando Galán contra la Sección Quinta del Consejo de Estado en la que alegaban la personería jurídica. El togado, que fue el ponente del caso señaló que la corporación administrativa desconoció el precedente que sentó la sentencia de la Unión Patriótica ya que se limitó a comparar los casos que de alguna manera tenían relación.
En contexto: Nuevo Liberalismo y Colombia Humana quieren volver a ser partidos políticos
Entre otras cosas, Ibáñez consideró que aunque el Nuevo Liberalismo renunció a la personería jurídica ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) por cuenta de una alianza política, lo que se debe tener en cuenta es que esta no se cumplió debido a los escenarios de violencia que padecieron en la época, empezando por el magnicidio del líder del liberalismo Luis Carlos Galán. Ahora, con este espaldarazo, los hilos políticos que, de alguna forma, ya estaban marcados para las próximas elecciones que están a 10 meses de realizarse, se cierne un nuevo panorama. No obstante, en materia política no todo está dicho, se espera una segunda decisión en la Corte sobre la personería jurídica de Colombia Humana.
“La Corte encontró que sí se configuró el ‘defecto de violación directa’ por transgresión al derecho fundamental a fundar o constituir partidos políticos, sin limitación alguna, formar parte de ellos y difundir sus ideas y programas en los términos de los artículos 1, 3, 40 numeral 3, 107 y 108 de la Constitución, lo mismo que los principios y reglas del estado social y democrático de derecho de los accionantes, tal y como lo demostraron los hechos que fueron analizados y evaluados en esta providencia”, agregó la Corte Constitucional.
Antecedentes: Se apacigua debate de Nuevo Liberalismo en la Corte Constitucional tras recusación
Así las cosas, la Corte ordenó al Consejo Nacional Electoral que en los próximos 10 días reconozca la personaría jurídica del Partido Nuevo Liberalismo, así como el nombre y el símbolo registrados en la década del ochenta. Por otro lado, el Congreso deberá remover “obstáculos” y asegurar cambios normativos para que el Nuevo Liberalismo obtenga y conserve su personería jurídica. Asimismo, la orden de la Corte Constitucional tendrá efectos para las elecciones presidenciales de 2022.
Por lo pronto, la batalla y triunfo reciente se lo lleva la familia Galán quienes empezaron la puja por recobrar el legado del líder político, asesinado en agosto de 1989, en el Consejo Nacional Electoral (CNE) en noviembre de 2017. La solicitud era clara: que les devolvieran la personería jurídica del movimiento que se disolvió en diciembre de 1988 a raíz de un acuerdo para fusionarse con el Partido Liberal. Una unión fortalecida desde la base de participar en una consulta popular para elegir candidato único a la Presidencia en 1990. Además, pretendía apoyar reformas constitucionales, económicas y de justicia. No obstante, los propósitos de ese acuerdo fueron truncados tras la muerte de Galán.
La lucha de los hijos de Galán para que el movimiento político que construyó su padre volviera a tomar fuerza entre los partidos en contienda se hizo a través de un camino largo y arduo debido a que su pretensión no fue atendida por el CNE, que les dio una negativa en marzo de 2018. Tras esta decisión en contra, la familia del desaparecido líder no escatimó en interponer una acción de tutela que llegó a la Sección Quinta del Consejo de Estado, en la que pedían que se les ampararan los derechos a constituir partidos políticos, la igualdad y el respeto al precedente judicial como antiguos militantes del Nuevo Liberalismo. En esta ocasión, esa solicitud tampoco prosperó.
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Con ponencia de la magistrada Susana Buitrago Valencia, la Sala Quinta del Consejo de Estado consideró que no era procedente reconocer la personería jurídica del Nuevo Liberalismo debido a que la misma no fue perdida o cancelada por exigencia de requisitos legales, sino que fue producto de la voluntad del mismo movimiento político al realizar alianzas con el Partido Liberal a finales de los años 80. El alto tribunal también dijo que no resultaba viable que 30 años después se abriera una brecha en el liberalismo que se había cerrado en 1988, momento en el que Luis Carlos Galán desistió de la personería jurídica.
En su defensa, los Galán consideraron que después del asesinato de su padre habrían podido recobrar la personería jurídica, pero el clima violento de la época lo hizo imposible. Representaba un gran riesgo para la vida de sus militantes. Además, argumentan Juan Manuel y Carlos Fernando Galán, las investigaciones por el magnicidio de agosto de 1989 solo vinieron a dar fruto casi 20 años después de ocurrido el crimen. En su criterio, la firma de los Acuerdos de Paz entre el gobierno Santos y las Farc en 2016 generó la oportunidad de recobrar la personería jurídica del Nuevo Liberalismo, pues se reabrieron espacios políticos para nuevos movimientos.
Los argumentos de los Galán llegaron a la Corte Constitucional específicamente al despacho del magistrado Ibáñez, quien emprendió los trámites para analizar la situación. En su proceso ordenó una práctica de pruebas para conocer el expediente que reposaba en el Consejo Nacional Electoral y la decisión del Consejo de Estado. Además, solicitó a la Procuraduría, la Defensoría y colegiados del derecho remitir conceptos para tener diferentes aristas para una decisión de fondo, y con ello, en una ponencia de 200 páginas darle el sí al movimiento político.
Con una votación unánime y un impedimento del magistrado Antonio José Lizarazo, la Corte Constitucional revivió al Nuevo Liberalismo como partido político en Colombia. La decisión, inicialmente, estuvo en manos del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien estudió una acción de tutela que interpusieron los hermanos Juan Manuel y Carlos Fernando Galán contra la Sección Quinta del Consejo de Estado en la que alegaban la personería jurídica. El togado, que fue el ponente del caso señaló que la corporación administrativa desconoció el precedente que sentó la sentencia de la Unión Patriótica ya que se limitó a comparar los casos que de alguna manera tenían relación.
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Entre otras cosas, Ibáñez consideró que aunque el Nuevo Liberalismo renunció a la personería jurídica ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) por cuenta de una alianza política, lo que se debe tener en cuenta es que esta no se cumplió debido a los escenarios de violencia que padecieron en la época, empezando por el magnicidio del líder del liberalismo Luis Carlos Galán. Ahora, con este espaldarazo, los hilos políticos que, de alguna forma, ya estaban marcados para las próximas elecciones que están a 10 meses de realizarse, se cierne un nuevo panorama. No obstante, en materia política no todo está dicho, se espera una segunda decisión en la Corte sobre la personería jurídica de Colombia Humana.
“La Corte encontró que sí se configuró el ‘defecto de violación directa’ por transgresión al derecho fundamental a fundar o constituir partidos políticos, sin limitación alguna, formar parte de ellos y difundir sus ideas y programas en los términos de los artículos 1, 3, 40 numeral 3, 107 y 108 de la Constitución, lo mismo que los principios y reglas del estado social y democrático de derecho de los accionantes, tal y como lo demostraron los hechos que fueron analizados y evaluados en esta providencia”, agregó la Corte Constitucional.
Antecedentes: Se apacigua debate de Nuevo Liberalismo en la Corte Constitucional tras recusación
Así las cosas, la Corte ordenó al Consejo Nacional Electoral que en los próximos 10 días reconozca la personaría jurídica del Partido Nuevo Liberalismo, así como el nombre y el símbolo registrados en la década del ochenta. Por otro lado, el Congreso deberá remover “obstáculos” y asegurar cambios normativos para que el Nuevo Liberalismo obtenga y conserve su personería jurídica. Asimismo, la orden de la Corte Constitucional tendrá efectos para las elecciones presidenciales de 2022.
Por lo pronto, la batalla y triunfo reciente se lo lleva la familia Galán quienes empezaron la puja por recobrar el legado del líder político, asesinado en agosto de 1989, en el Consejo Nacional Electoral (CNE) en noviembre de 2017. La solicitud era clara: que les devolvieran la personería jurídica del movimiento que se disolvió en diciembre de 1988 a raíz de un acuerdo para fusionarse con el Partido Liberal. Una unión fortalecida desde la base de participar en una consulta popular para elegir candidato único a la Presidencia en 1990. Además, pretendía apoyar reformas constitucionales, económicas y de justicia. No obstante, los propósitos de ese acuerdo fueron truncados tras la muerte de Galán.
La lucha de los hijos de Galán para que el movimiento político que construyó su padre volviera a tomar fuerza entre los partidos en contienda se hizo a través de un camino largo y arduo debido a que su pretensión no fue atendida por el CNE, que les dio una negativa en marzo de 2018. Tras esta decisión en contra, la familia del desaparecido líder no escatimó en interponer una acción de tutela que llegó a la Sección Quinta del Consejo de Estado, en la que pedían que se les ampararan los derechos a constituir partidos políticos, la igualdad y el respeto al precedente judicial como antiguos militantes del Nuevo Liberalismo. En esta ocasión, esa solicitud tampoco prosperó.
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En su defensa, los Galán consideraron que después del asesinato de su padre habrían podido recobrar la personería jurídica, pero el clima violento de la época lo hizo imposible. Representaba un gran riesgo para la vida de sus militantes. Además, argumentan Juan Manuel y Carlos Fernando Galán, las investigaciones por el magnicidio de agosto de 1989 solo vinieron a dar fruto casi 20 años después de ocurrido el crimen. En su criterio, la firma de los Acuerdos de Paz entre el gobierno Santos y las Farc en 2016 generó la oportunidad de recobrar la personería jurídica del Nuevo Liberalismo, pues se reabrieron espacios políticos para nuevos movimientos.
Los argumentos de los Galán llegaron a la Corte Constitucional específicamente al despacho del magistrado Ibáñez, quien emprendió los trámites para analizar la situación. En su proceso ordenó una práctica de pruebas para conocer el expediente que reposaba en el Consejo Nacional Electoral y la decisión del Consejo de Estado. Además, solicitó a la Procuraduría, la Defensoría y colegiados del derecho remitir conceptos para tener diferentes aristas para una decisión de fondo, y con ello, en una ponencia de 200 páginas darle el sí al movimiento político.