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En magistrado Antonio José Lizarazo, de la Corte Constitucional, tiene en sus manos el estudio de la nueva demanda que busca despenalizar y legalizar el aborto en Colombia, petición elevada por el movimiento feminista Causa Justa en septiembre pasado. La abogada Natalia Bernal Cano, por su parte, quiso apartarlo del proceso a él y a los magistrados Alejandro Linares y Gloria Estella Ortiz, pues en su concepto han “favorecido a la parte demandante” en otras decisiones judiciales. La profesional los recusó, pero no obtuvo la respuesta que buscaba.
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De acuerdo con un reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, la abogada Natalia Bernal no puede solicitar que tales magistrados se aparten del estudio de la demanda, pues ella no es interviniente en un debate donde participan despachos del Gobierno, movimientos sociales, expertos en salud pública y órganos de control como la Procuraduría. La alta corte le negó la última jugada y, ahora, el magistrado Lizarazo tiene vía libre para considerar si el delito de aborto, consagrado en el artículo 122 de la Constitución, es cosa del pasado -o no-.
“No hay legitimación procesal para presentar las recusaciones contra los magistrados, toda vez que no ha participado como interviniente en el proceso de inconstitucionalidad de la referencia. Como consecuencia de lo anterior, tampoco es posible establecer si las recusaciones que solicita son oportunas, pues no existe la concreción del interés dentro del proceso -la intervención- para establecer si los hechos que invoca la interesada, como causales de recusación, son posteriores y si son o no determinantes para afectar la imparcialidad de la decisión”, explicó la Corte Constitucional.
De acuerdo con la abogada Natalia Bernal Cano, quien ha hecho una férrea oposición a la despenalización del aborto en Colombia, los magistrados que intentó recusar favorecieron al movimiento feminista Causa Justa, y no a ella como abogada en el proceso C-088. En tal expediente, como lo constató El Espectador, la profesional intentó retroceder las reglas que hoy rigen el aborto en Colombia y prohibir dicha práctica en cualquier causal, a pesar de que en la C-335 del 10 de mayo de 2006 hay tres situaciones para hacerlo: cuando hay malformación del feto, peligro para la vida de la mujer gestante y/o que la fecundación sea producto de un hecho punible.
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En su momento, la abogada Bernal interpuso dos demandas para tumbar las tres excepciones consagradas en la Constitución actualmente, sin embargo, la Corte Constitucional le negó la petición a través de la sentencia C-088 de 2020. A pesar de la negativa, la profesional no se quedó con las manos cruzadas y presentó una acción de nulidad contra tal sentencia que ya fue rechazado. Para Bernal, el magistrado Lizarazo supuestamente tiene intereses ocultos en el caso, pero no aportó prueba alguna. Incluso, la peticionaria dijo que la habían tratado de manera “inequitativa y deshonesta”.
“El magistrado Antonio José Lizarazo no hizo ningún reparo para admitir la demanda 13.956 (presentada por Causa Justa en septiembre pasado), a pesar de que la parte demandante no suministró ninguna prueba de daños físicos y psicológicos por parte de los abortos legales e ilegales en población vulnerable, mientras que en calidad de abogada demandante yo si suministré un acervo excesivamente robusto de dichas pruebas de daños antijuridicos en población vulnerable”, agregó la abogada Natalia Bernal Cano, sobre la supuesta actuación irregular del togado Lizarazo.
Y siguió Bernal Cano con sus críticas a Lizarazo: “No garantiza la imparcialidad ni la honestidad que debe exigirse a la autoridad jurisdiccional para resolver un caso sometido a su consideración. Ha demostrado que no actúa en interés general en la causa de la prohibición del aborto, sino en interés particular para despenalizarlo totalmente sin pensar en los daños, por las razones que expongo a continuación. En primer lugar, el magistrado Linares ocultó, desestimó, disimuló, desacreditó sin examen previo y sin decreto de prueba pericial previo para permitir la contradicción, mi material probatorio aportado por mí misma al proceso 13225 (con el cual intentó tumbar las tres excepciones)”.
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Sin embargo, la abogada Natalia Bernal Cano aportó tales “supuestas” pruebas al tramite de recusación contra los tres magistrados, lo cual ya había sido desestimado por la Corte Constitucional con anterioridad. La alta corte determinó que los alegatos de la profesional ya fueron analizados en otras tres oportunidades y, por tanto, “no es procedente adelantar un nuevo trámite, y en esta ocasión tampoco hay lugar a pronunciamiento alguno”. Lo que sí está en marcha es una solicitud de la alta corte ante la Comisión de Disciplina Judicial para que investigue a la abogada, pues en su criterio ha sido “irrespetuosa” en los documentos que ha trabajado en contra del aborto.
“La abogada Natalia Bernal Cano ha presentado múltiples peticiones, todas ellas infundadas, que no solamente se remiten al expediente de la referencia, sino que se han extendido a otras actuaciones. En ellas no solo ha planteado expresiones que no tienen sustento, sino en varias ocasiones ha expresado afirmaciones en contra de varios magistrados y magistradas de la Corte Constitucional y ha utilizado en lenguaje carente de respeto con este Tribunal y que es, por esa misma circunstancia, incompatible con la majestad de la Justicia”, explicó la Corte Constitucional a la hora de compulsar copias ante la Comisión de Disciplina Judicial, que investiga a los jueces, abogados y magistrados del país.
Sin embargo, la abogada respondió en entrevista con este diario, del 20 de enero pasado, que se tratan de denuncian infundadas y que los mismos magistrados la habrían advertido de posibles sanciones en su contra. “He denunciado este abuso ante el Consejo Superior de la judicatura pues en las acusaciones de la Corte Constitucional en mi contra no presentan ninguna prueba de ningún escrito de mi autoría que contenga injurias ni amenazas. Yo tendré que acudir ante el Congreso pues ningún organismo controla el poder desmedido de la Corte”, explicó. Bernal Cano, además, denunció a los tres magistrados por injuria, calumnia y falsedad en documento público ante Comisión de Acusaciones del Congreso y llevó el tema del aborto a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.