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Como hace mucho tiempo no pasaba, la Sala Plena de la Corte Constitucional se enfrentó a un álgido debate que los obligó a sentarse frente a frente y sin medios tecnológicos que permitiera una distracción y lo más importante: una filtración. El miércoles pasado, el alto tribunal debatió durante un poco más de nueve horas una acción de tutela que presentó la defensa del expresidente Álvaro Uribe en donde alegó que se vulneraron sus derechos cuando un juez equiparó la indagatoria que rindió en la Corte Suprema de Justicia, a una imputación de cargos, cuando el proceso quedó en manos de la Fiscalía una vez renunció a su curul en el Congreso.
El debate inició de manera virtual. Cada magistrado estaba en su lugar de residencia y en la mañana alcanzaron a exponer sus posturas, pese a que ya lo habían hecho en una sesión anterior la semana pasada. Sin embargo, una filtración a los medios de comunicación puso en alerta al presidente de la Corte, el magistrado Antonio José Lizarazo, quien no escatimó en suspender el encuentro virtual y citar a sus compañeros al Palacio de Justicia para adelantar el debate de manera presencial. La directriz del magistrado fue más allá: ordenó que ingresaran sin celulares ni computadores.
En diálogo con El Espectador, el presidente de la Corte aseguró que hoy en día, por la virtualidad, es muy fácil que las filtraciones se puedan registrar de ahí que haya tomado la decisión de retroceder en el tiempo y acudir a la libreta, el lapicero y los apuntes para evitar que una determinación de la que estaba pendiente el país no estuviera viciada por presiones mediáticas ni políticas. Y finalmente así sucedió, Lizarazo junto con el magistrado ponente Alejandro Linares, pasadas las 8:00pm, entregaron una declaración conjunta que terminó dándole la calidad de imputado al expresidente y negando la tutela.
Sobre la filtración que obligó a los magistrados a regresar de manera presencial (no lo hacían por la pandemia generada por el Covid-19) el presidente de la Corte dijo que no abriría ninguna investigación. Si bien con la filtración se pudo generar una serie de presiones sobre lo que ocurría en la Sala, Lizarazo consideró que ese no fue el punto para tomar una decisión. Todos los magistrados expusieron sus argumentos y eran conscientes que su afán por decidir no obedecía a una situación mediática o política, sino porque el vencimiento de términos en ese proceso estaba cerca.
Respecto de la determinación de la Corte, el presidente salvó su voto de manera parcial, mientras que los magistrados Paola Meneses, Alberto Rojas Ríos y Jorge Enrique Ibáñez se apartaron de la postura de la mayoría. En diálogo con este diario, el magistrado ponente Alejandro Linares explicó lo que ocurrió en la Sala y los puntos álgidos de la decisión.
¿Qué pasó ayer en Sala?
Hubo mucha filtración y mucha presión y se tomó la buena decisión de sesionar sin celulares y sin computadores.
¿La práctica de estar sin celulares y computadores se podría implementar en sesiones próximas como en el aborto?
Es posible.
En cuánto al caso Uribe, ¿cuál fue la decisión tomada?
La decisión fue confirmar que hay una equivalencia funcional entre indagatoria e imputación.
¿Esta decisión favorece de alguna forma el expediente judicial que se surte en contra del expresidente?
Es una decisión que valida lo actuado por la Corte Suprema de Justicia, pero el proceso que se lleva actualmente en Paloquemao continúa en el estado en que está: en la audiencia de preclusión.
Si el proceso se queda con lo actuado en la Corte Suprema qué pasa con las pruebas, porque se ha alegado que no fueron tenidas en cuenta por la Fiscalía una vez el caso pasó a su poder
Las pruebas pasan al sistema acusatorio que es la ley 906 del 2004 como elemento material probatorio y pueden ser utilizadas en el juicio. Hay que adecuar las pruebas al nuevo sistema.
La decisión habla de una audiencia innominada, ¿qué es y qué pueden pedir en ella?
Es una audiencia que no está tipificada en la ley procesal en la cual se le brinda una oportunidad a las partes intervinientes para que, si consideran que ha habido alguna vulnerabilidad o afectación de un derecho fundamental, puedan acudir a esa audiencia ante el juez de control de garantías para que este defina si esa irregularidad debe corregirse o no. Hablamos de derechos sustantivos.
Qué decir del vacío normativo que hay…
Hay un problema conceptual y es que hay dos esquemas de procesamiento penal: uno de tendencia inquisitiva y otro de tendencia acusatoria, y en ese paralelismo el legislador no ha señalado cómo debe hacer el tránsito de un sistema al otro entonces le toca al juez adecuar el procedimiento respetando todo lo actuado. Eso es un poco complejo. No es fácil porque ambos sistemas son muy distintos pero la importancia del tema es ver cómo se pueden adecuar entre sí porque son muy diferentes, pero cuando se hace el tránsito le toca al juez adecuar el procedimiento.
¿La decisión de la Corte es un precedente para otros aforados?
Yo creo que es un precedente para los tránsitos de sistema en el sentido de que se está preservando la validez de todo lo actuado y en el caso específico de si la indagatoria es equivalente funcional a la imputación. La Corte ha señalado y considera que desde el punto de vista funcional de la indagatoria y la imputación son equivalentes.
¿Cuáles fueron los argumentos de los salvamentos de votos en la decisión?
El salvamento de voto del magistrado Antonio José Lizarazo es parcial. Él acompañó parcialmente la ponencia. Los doctores Ibáñez, Rojas y Meneses consideraron que se debía conceder la tutela de manera total. Estimaron que se debía amparar el derecho del expresidente Uribe y no se le debía dar la calidad de imputado dentro del proceso penal. No consideraron que se debía equiparar la indagatoria a la imputación.
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