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La Corte Constitucional le dio ocho días al presidente Iván Duque para que, como superior del Ministerio de Justicia y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), asegure que se cumplan las órdenes proferidas por la alta Corte sobre el seguimiento del estado de las cárceles y los presos en Colombia. La Corte ya había ordenado a este Ministerio y al Inpec que le permitieran a varias entidades hacer seguimiento al estado del sistema penitenciario después de que le informaran a la Corte que no habían podido realizar sus comprobaciones.
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La Sala Especial de Seguimiento determinó que estas entidades, bajo el mando del ejecutivo, no demostraron que habían cumplido con las órdenes entregadas por la Corte en los autos o 121 de 2018 y 486 de 2020. Estas órdenes judiciales trataban sobre el acceso a la información e ingreso a los establecimientos de reclusión por parte de las entidades y organismos encargados del seguimiento del Estado de Cosas Inconstitucional (ECI), en este caso las prisiones.
En octubre de 2021, la Comisión de Seguimiento de la Sociedad Civil puso en conocimiento de la Sala de Seguimiento que había solicitado al Inpec acceder a la información relacionada con las condiciones en las que se encontraban viviendo las personas privadas de la libertad. También, le pidió a este instituto ingresar a varios establecimientos penitenciarios y entrevistar de manera virtual a algunos detenidos para recoger información sobre el estado de las cárceles. Después de estas peticiones, la Comisión le informó a la Sala que el Inpec nunca respondió su petición.
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La Defensoría también le informó a esta sala que, desde mediados de octubre de 2018, funcionarios del Inpec le habían impedido ingresar a varias cárceles del país. También informó que no le habrían permitido usar cámaras y equipos para el registro del estado de los presos a cargo del Inpec. Esta entidad señaló que estos elementos eran indispensables para realizar la verificación de las condiciones de los establecimientos penitenciarios.
Esta Sala indicó que aún persisten obstáculos para realizar las labores de seguimiento por parte de estas entidades al no encontrarse las condiciones para ingresar a los centros carcelarios. Esto, por incumplimiento del Inpec y del Ministerio de Justicia. Por esto, la Corte ordenó al presidente para que inste al Ministro de Justicia y al Director del Inpec, o a cumplir por sí mismo, las órdenes proferidas por esta Corporación.
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La Corte ordenó al presidente cerciorarse de que el Inpec y el Ministerio expidan una regulación específica para el acceso a la información, que comprenda: “El ingreso, físico y virtual, a los centros de reclusión de los agentes concernidos en este seguimiento y, el acceso a la documentación que precisen. Debe tener en cuenta que su ingreso no requerirá cita previa y los interesados podrán acceder a todos los espacios de los establecimientos de reclusión”.
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