Corte Constitucional toma histórica decisión sobre acceso a la tierra
La Sala Plena consideró que hay un tratamiento desigual en la aplicación e interpretación del régimen especial de baldíos y que el Estado no ha promovido el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los campesinos. Por eso, el alto tribunal emitió una serie de órdenes para resolver un problema histórico.
Este jueves, la Corte Constitucional tomó una decisión histórica para uno de los problemas más graves que tiene el país desde hace décadas: el tema de los baldíos. El alto tribunal, al estudiar 13 tutelas que pusieron en evidencia la complejidad del asunto, sentenció sin rodeos: el Estado ha incumplido en promover el acceso a la propiedad de la tierra para los campesinos. Asimismo, la Corte expresó que existe un vacío en la aplicación e interpretación del régimen especial para otorgar estos predios. Por ello, con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, la corporación adoptó una serie de medidas para proteger los derechos de los particulares que han querido regularizar y formalizar la propiedad rural.
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Este jueves, la Corte Constitucional tomó una decisión histórica para uno de los problemas más graves que tiene el país desde hace décadas: el tema de los baldíos. El alto tribunal, al estudiar 13 tutelas que pusieron en evidencia la complejidad del asunto, sentenció sin rodeos: el Estado ha incumplido en promover el acceso a la propiedad de la tierra para los campesinos. Asimismo, la Corte expresó que existe un vacío en la aplicación e interpretación del régimen especial para otorgar estos predios. Por ello, con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, la corporación adoptó una serie de medidas para proteger los derechos de los particulares que han querido regularizar y formalizar la propiedad rural.
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Por ahora, lo que se sabe de la decisión es que el alto tribunal dijo que exhortó al Congreso para que fortalezca la Agencia Nacional de Tierras, se cree una jurisdicción agraria y se adecúe la legislación con la finalidad de superar la inseguridad jurídica, la informalidad en el campo y la excesiva concentración de la propiedad rural. Se espera que en las próximas horas, la Corte emita un comunicado de prensa con los alcances de esta decisión que, para muchos, podría sentar la hoja de ruta para resolver el problema de la tierra en el país.
La puja por este caso está ante el alto tribunal desde 2017, momento en que llegó la primera acción de tutela que junto a doce más se acumularon en el despacho del magistrado Lizarazo para que en enero del año pasado presentara una ponencia. Desde 2014, la Corte ha dicho que los bienes baldíos como propiedad del Estado, son imprescriptibles y solo pueden ser adjudicados a campesinos, en desarrollo de la reforma rural.
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Es decir, no pueden ser entregados a particulares por decisión judicial en procesos de pertenencia mediante una vía diferente que se llama prescripción de dominio. El magistrado ponente tuvo en cuenta que la prescripción es una figura del derecho civil que regula las relaciones entre particulares cuando el dueño de un predio se olvida de este y un tercero, lo habita y lo explota y se convierte en un nuevo propietario.
En esos procedimientos, se acredita más que todo que en efecto la persona haya hecho posesión durante un tiempo, pero no se tiene en cuenta ni la naturaleza del predio ni si la persona puede ser parte de la reforma rural. La Corte ha dicho, desde por lo menos 1996, que los baldíos no se obtienen por prescripción sino por adjudicación por Unidades Agrícolas Familiares (UAF), en un procedimiento administrativo que hoy está a cargo de la Agencia Nacional de Tierras.
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Los casos estudiados por la Corte Constitucional en esta ocasión eran tutelas presentadas por la ANT contra Juzgados de Cocuy (Boyacá), Suesca (Cundinamarca) y San Miguel (Santander) que entregaron baldíos mediante prescripción adquisitiva. La Corte reiteró que hay una problemática estructural sobre la identificación, clarificación y acceso a los bienes baldíos.
En la orden de 2014, que fue emitida a través de un fallo de tutela, se le había ordenado al entonces Incoder, hoy Agencia Nacional de Tierras, que hiciera un Plan de Clarificación e identificación de los bienes baldíos de la Nación. A su vez, se había ordenado a la Superintendencia de Notariado y Registro que expidiera un protocolo de conducta para los casos en que un juez de la república declare la pertenencia sobre un bien presuntamente baldío. Y que hiciera un informe detallado sobre los baldíos que posiblemente hayan sido adjudicados irregularmente a través de procesos de pertenencia para recuperarlos.
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Ahora, la Sala Plena de la Corte Constitucional, luego de un arduo debate, impartió de nuevo una serie de órdenes estructurales para hacer cumplir el mandato ya impartido y recuperar los bienes baldíos cuando hayan sido entregados irregularmente, por la vía de la prescripción. El alto tribunal trabaja en estos momentos en un comunicado en donde se espera conocer las otras órdenes para resolver este lío y qué pasara con los predios que fueron entregados de forma irregular.