Corte Constitucional ordena reducir semanas para que una mujer pueda pensionarse
La orden es de la Corte Constitucional que estudió una demanda que buscaba disminuir el número de semanas que necesita una mujer para jubilarse. Para el alto tribunal, la regla para pensionarse debe tener en cuenta el enfoque de género.
La Corte Constitucional tomó una decisión histórica para el sistema pensional colombiano: las mujeres ya no tendrán que cotizar 1.300 semanas, tal y como sucede con los hombres. Para el alto tribunal, la fórmula que hoy en día existe en el país para calcular el número de semanas y años que necesita una mujer para jubilarse es inconstitucional y, además, no tiene en cuenta el enfoque de género.
En consecuencia, el número de semanas tiene que disminuir sí o sí, teniendo como base un enfoque de género y, especialmente, la situación de las madres cabeza de familia. La Corte Constitucional le puso un plazo al Estado para lograrlo: antes de diciembre de 2025 debe estar lista la nueva fórmula para tasar las semanas que necesita una mujer para pensionarse.
(En contexto: Ponencia propone modificar número de semanas para que una mujer pueda pensionarse)
De lo contrario, dice la decisión conocida por El Espectador, el número de semanas quedará en 1.000. Se trata de un cambio histórico para los derechos de las mujeres, pues hoy en día, el sistema no tiene en cuenta ninguna de las variables que hacen diferente la vida laboral de una persona, especialmente, las labores de cuidados que históricamente han recaído sobre las mujeres.
Para entender el cambio, es clave recordar cómo están las reglas hoy en día. Según la ley, un hombre debe cumplir 1.300 semanas de trabajo y haber cumplido 62 años para poder acceder al derecho de una pensión. Contrario a las mujeres, quienes deben cotizar las mismas semanas, pero hasta los 57 años. Ahora, el Congreso, con la coordinación del Gobierno, tendrá que ajustar estos números para cumplir con la decisión de la Corte Constitucional.
(Lea aquí: Reforma pensional: los puntos concertados y sobre los que no hay acuerdo)
El caso llegó al alto tribunal por una demanda que presentó el abogado Diego Andrés López Suárez en contra de un artículo del régimen de pensiones en el que, hace más de 20 años, quedó pactado el número de semanas que tenía que trabajar una mujer para poder jubilarse. En esa norma quedó claro: 1.300 semanas, tal y como sucede con los hombres.
Para el demandante, esa cifra no es justa y explicó que iba en contra de los derechos de las mujeres a la igualdad, a la no discriminación y a la seguridad social, entre otros, pues no es posible que un Estado le exija lo mismo que a un hombre. No solo porque nunca está en las mismas condiciones que ellos, sino porque también desconoce las actividades de cuidado que, normalmente, recaen en las mujeres.
(Lea también: La reforma pensional está violentando a las mujeres: Diego López)
El asunto llegó a las manos del magistrado Juan Carlos Cortés, quien elaboró una ponencia que reveló este diario en marzo pasado. En ella, el jurista utilizó intervenciones que hicieron varias universidades, la Procuraduría y otros expertos, no solo en temas pensionales, sino también en derechos de la mujer.
Esta ponencia fue aprobada por la Sala, a pesar de que en un principio seis magistrados se declararon impedidos: Diana Fajardo, presidenta de la Corte, y los magistrados Paola Meneses, Natalia Ángel, Alejandro Linares, Jorge Enrique Ibáñez y José Reyes.
En la decisión, la Corte ordenó al Congreso adoptar una política de transición, que tiene como fecha límite el 31 de diciembre de 2025. Si no lo hace, las mujeres se pensionarán a las 1.000 semanas a partir del 1 de enero de 2026. El alto tribunal determinó, además, que la construcción de esta política la debe hacer el Congreso en coordinación con el Gobierno, que debe tener en cuenta el enfoque de género y especialmente la condición de las mujeres cabeza de familia.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La Corte Constitucional tomó una decisión histórica para el sistema pensional colombiano: las mujeres ya no tendrán que cotizar 1.300 semanas, tal y como sucede con los hombres. Para el alto tribunal, la fórmula que hoy en día existe en el país para calcular el número de semanas y años que necesita una mujer para jubilarse es inconstitucional y, además, no tiene en cuenta el enfoque de género.
En consecuencia, el número de semanas tiene que disminuir sí o sí, teniendo como base un enfoque de género y, especialmente, la situación de las madres cabeza de familia. La Corte Constitucional le puso un plazo al Estado para lograrlo: antes de diciembre de 2025 debe estar lista la nueva fórmula para tasar las semanas que necesita una mujer para pensionarse.
(En contexto: Ponencia propone modificar número de semanas para que una mujer pueda pensionarse)
De lo contrario, dice la decisión conocida por El Espectador, el número de semanas quedará en 1.000. Se trata de un cambio histórico para los derechos de las mujeres, pues hoy en día, el sistema no tiene en cuenta ninguna de las variables que hacen diferente la vida laboral de una persona, especialmente, las labores de cuidados que históricamente han recaído sobre las mujeres.
Para entender el cambio, es clave recordar cómo están las reglas hoy en día. Según la ley, un hombre debe cumplir 1.300 semanas de trabajo y haber cumplido 62 años para poder acceder al derecho de una pensión. Contrario a las mujeres, quienes deben cotizar las mismas semanas, pero hasta los 57 años. Ahora, el Congreso, con la coordinación del Gobierno, tendrá que ajustar estos números para cumplir con la decisión de la Corte Constitucional.
(Lea aquí: Reforma pensional: los puntos concertados y sobre los que no hay acuerdo)
El caso llegó al alto tribunal por una demanda que presentó el abogado Diego Andrés López Suárez en contra de un artículo del régimen de pensiones en el que, hace más de 20 años, quedó pactado el número de semanas que tenía que trabajar una mujer para poder jubilarse. En esa norma quedó claro: 1.300 semanas, tal y como sucede con los hombres.
Para el demandante, esa cifra no es justa y explicó que iba en contra de los derechos de las mujeres a la igualdad, a la no discriminación y a la seguridad social, entre otros, pues no es posible que un Estado le exija lo mismo que a un hombre. No solo porque nunca está en las mismas condiciones que ellos, sino porque también desconoce las actividades de cuidado que, normalmente, recaen en las mujeres.
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El asunto llegó a las manos del magistrado Juan Carlos Cortés, quien elaboró una ponencia que reveló este diario en marzo pasado. En ella, el jurista utilizó intervenciones que hicieron varias universidades, la Procuraduría y otros expertos, no solo en temas pensionales, sino también en derechos de la mujer.
Esta ponencia fue aprobada por la Sala, a pesar de que en un principio seis magistrados se declararon impedidos: Diana Fajardo, presidenta de la Corte, y los magistrados Paola Meneses, Natalia Ángel, Alejandro Linares, Jorge Enrique Ibáñez y José Reyes.
En la decisión, la Corte ordenó al Congreso adoptar una política de transición, que tiene como fecha límite el 31 de diciembre de 2025. Si no lo hace, las mujeres se pensionarán a las 1.000 semanas a partir del 1 de enero de 2026. El alto tribunal determinó, además, que la construcción de esta política la debe hacer el Congreso en coordinación con el Gobierno, que debe tener en cuenta el enfoque de género y especialmente la condición de las mujeres cabeza de familia.
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