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                                                                                                                                Corte Constitucional tumba decreto que permitía al Estado rescatar empresas

                                                                                                                                Con votación 5-4, el alto tribunal declaró inconstitucional el decreto 811 de 2020 que le permitía al Estado comprar acciones en cualquier empresa en riesgo en el marco del Estado de Emergencia y luego enajenarlas. Congresistas decían que el decreto permitía privatizar activos de la Nación.

                                                                                                                                Sala Plena Corte Constitucional
                                                                                                                                Foto: Corte Const
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                (Le puede interesar: Avalancha de decretos por fin de la emergencia económica)

                                                                                                                                Según el decreto, estas adquisiciones y posteriores enajenaciones no tienen relación con lo contenido en el artículo 60 de la Constitución Política (sobre privatizaciones), sino que son un régimen especial, “parte de la estrategia adoptada por la Nación para enfrentar el desafío extraordinario que surgió para la economía colombiana con ocasión de la pandemia”. Ante las dudas que generó este decreto, un grupo de congresistas había radicado un proyecto de ley para derogarlo, al considerar que el mismo permitía privatizar los activos de la nación.

                                                                                                                                “Esta es la justificación central cuando se pretende privatizar los activos de la nación. Siempre se invoca dificultades fiscales y la necesidad de liberar recursos para orientarlos a nuevas prioridades como la inversión social, la construcción de infraestructura o la seguridad ciudadana”, indicaron en la justificación del texto.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Le puede interesar: Los aciertos y tropiezos jurídicos del Gobierno en la pandemia)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Para la Procuraduría General, el decreto tenía algunos apartes problemáticos. Por ejemplo, el artículo noveno que decía que el Gobierno destinaría el 100 % de los recursos que obtenga con ocasión de la enajenación de un propiedad accionaria estatal como parte del Fondo de Mitigación Emergencias - FOME; para la capitalización al Fondo Nacional de Garantías ­o para disminuir el monto de la deuda adquirida por el Gobierno nacional para mitigar los efectos económicos adversos económicos de la pandemia.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                (Lea también: ¿Cómo ha manejado la pandemia el Gobierno? Aciertos y desaciertos)

                                                                                                                                Para el Ministerio Público, además, tampoco era viable ni se relacionaban con la pandemia las medidas que avalaban la enajenación de las acciones de la Nación inscritas en la bolsa de valores, “pues en los considerandos no figura un cálculo o estimación financiera que indique el vínculo requerido para cumplir este requisito”.

                                                                                                                                Sala Plena Corte Constitucional
                                                                                                                                Foto: Corte Const
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                (Le puede interesar: Avalancha de decretos por fin de la emergencia económica)

                                                                                                                                Según el decreto, estas adquisiciones y posteriores enajenaciones no tienen relación con lo contenido en el artículo 60 de la Constitución Política (sobre privatizaciones), sino que son un régimen especial, “parte de la estrategia adoptada por la Nación para enfrentar el desafío extraordinario que surgió para la economía colombiana con ocasión de la pandemia”. Ante las dudas que generó este decreto, un grupo de congresistas había radicado un proyecto de ley para derogarlo, al considerar que el mismo permitía privatizar los activos de la nación.

                                                                                                                                “Esta es la justificación central cuando se pretende privatizar los activos de la nación. Siempre se invoca dificultades fiscales y la necesidad de liberar recursos para orientarlos a nuevas prioridades como la inversión social, la construcción de infraestructura o la seguridad ciudadana”, indicaron en la justificación del texto.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Le puede interesar: Los aciertos y tropiezos jurídicos del Gobierno en la pandemia)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Para la Procuraduría General, el decreto tenía algunos apartes problemáticos. Por ejemplo, el artículo noveno que decía que el Gobierno destinaría el 100 % de los recursos que obtenga con ocasión de la enajenación de un propiedad accionaria estatal como parte del Fondo de Mitigación Emergencias - FOME; para la capitalización al Fondo Nacional de Garantías ­o para disminuir el monto de la deuda adquirida por el Gobierno nacional para mitigar los efectos económicos adversos económicos de la pandemia.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                (Lea también: ¿Cómo ha manejado la pandemia el Gobierno? Aciertos y desaciertos)

                                                                                                                                Para el Ministerio Público, además, tampoco era viable ni se relacionaban con la pandemia las medidas que avalaban la enajenación de las acciones de la Nación inscritas en la bolsa de valores, “pues en los considerandos no figura un cálculo o estimación financiera que indique el vínculo requerido para cumplir este requisito”.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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