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                                                                                                                                  Corte ordena implementar plan de atención para niños wayuu en La Guajira

                                                                                                                                  Para el alto tribunal, las iniciativas adelantadas por parte del Gobierno en la comunidad son insuficientes para responder al problema estructural de salud, alimentación y escolaridad que padecen los niños wayuu.

                                                                                                                                  Para el alto tribunal, las iniciativas adelantadas en la comunidad son insuficientes para responder al problema estructural de salud, alimentación y escolaridad que padecen los niños wayuu, por los que, entre otras cosas, declararon el estado de cosas inconstitucional.
                                                                                                                                  Foto: Óscar Pérez
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  “Las pruebas evidenciaron que, si bien las entidades responsables del cumplimiento de dicha sentencia han adoptado medidas, persisten serias dificultades en la implementación de la política pública que llevan a catalogarla como insuficiente e inefectiva al incumplir los tiempos establecidos en la sentencia y no mostrar avances sustanciales en torno a las condiciones de acceso, disponibilidad y calidad en relación con los derechos protegidos en esta decisión”, reposa en el fallo de la Corte.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  “Las medidas concretas que se implementarán con ocasión de este Plan no podrán ir en detrimento de los programas que actualmente se están implementando. Las medidas concretas a implementar no se pueden proyectar inicialmente por un tiempo mayor a un año y, para la estructuración de este Plan, las entidades públicas comprometidas con el cumplimiento de la sentencia tendrán un término de dos meses. Después de este plazo, el proyecto deberá ser puesto en conocimiento de la Corte a efectos de su aprobación y posterior puesta en marcha”, explicó el alto tribunal.

                                                                                                                                  Lea también: Hambre en La Guajira: Cinco años de una crisis que se agudiza

                                                                                                                                  El plan provisional, según la Corte, deberá ser construido, teniendo en cuenta sus competencias por la Presidencia de la República, los Ministerios de Salud, Vivienda, Ambiente, Agricultura y Hacienda, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Superintendencia Nacional de Salud, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, el Departamento de La Guajira y los municipios de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao.

                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                  Para el alto tribunal, las iniciativas adelantadas en la comunidad son insuficientes para responder al problema estructural de salud, alimentación y escolaridad que padecen los niños wayuu, por los que, entre otras cosas, declararon el estado de cosas inconstitucional.
                                                                                                                                  Foto: Óscar Pérez
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  “Las pruebas evidenciaron que, si bien las entidades responsables del cumplimiento de dicha sentencia han adoptado medidas, persisten serias dificultades en la implementación de la política pública que llevan a catalogarla como insuficiente e inefectiva al incumplir los tiempos establecidos en la sentencia y no mostrar avances sustanciales en torno a las condiciones de acceso, disponibilidad y calidad en relación con los derechos protegidos en esta decisión”, reposa en el fallo de la Corte.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  “Las medidas concretas que se implementarán con ocasión de este Plan no podrán ir en detrimento de los programas que actualmente se están implementando. Las medidas concretas a implementar no se pueden proyectar inicialmente por un tiempo mayor a un año y, para la estructuración de este Plan, las entidades públicas comprometidas con el cumplimiento de la sentencia tendrán un término de dos meses. Después de este plazo, el proyecto deberá ser puesto en conocimiento de la Corte a efectos de su aprobación y posterior puesta en marcha”, explicó el alto tribunal.

                                                                                                                                  Lea también: Hambre en La Guajira: Cinco años de una crisis que se agudiza

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                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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