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Corte Suprema admitió impugnación del exministro Andrés Felipe Arias

De esta manera, comienza oficialmente el proceso de revisión en segunda instancia a la condena de 17 años de prisión que recibió el exministro de Agricultura por las irregularidades del programa Agro Ingreso Seguro. Se tendrá que realizar un sorteo para que el caso tenga magistrado ponente (quien elaborará el borrador de fallo) y Patricia Salazar, Eugenio Fernández y Eyder Patiño no participarán, pues los tres conocieron el proceso en 2014, cuando Arias fue condenado.

31 de julio de 2020 - 06:32 p. m.
Andrés Felipe Arias fue condenado a 17 años de prisión por corrupción en el programa de Agro Ingreso Seguro. / Archivo El Espectador.
Andrés Felipe Arias fue condenado a 17 años de prisión por corrupción en el programa de Agro Ingreso Seguro. / Archivo El Espectador.
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Andrés Felipe Arias, exministro de Agricultura del gobierno Uribe, por fin va a tener lo que reclamó por años: una segunda instancia que revise la condena a 17 años de prisión que profirió en su contra la Corte Suprema de Justicia en 2014. Esa misma corporación le acaba de conceder al exfuncionario el derecho de doble conformidad, lo que significa que admite la impugnación que él ya presentó con la esperanza de que se reverse su sentencia por las irregularidades de Agro Ingreso Seguro. Con la decisión de la Corte, también se ordenó el sorteo de asignación para que un magistrado ponente estudie el recurso. (En contexto: Andrés Felipe Arias reiteró ante la Corte Suprema que impugna su condena)

Arias fue condenado por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación y, de acuerdo con lo que dijo la Sala Penal de la Corte hoy, se ordenará “que se realice el sorteo de asignación del caso a un magistrado ponente, quien estará a cargo del trámite y conformará la Sala de Decisión con los dos magistrados que en orden alfabético le sigan en turno”. De esta manera, la Corte Suprema empieza a dar trámite al fallo que emitió la Corte Constitucional en mayo de este año, en el cual se reconoció el derecho de Arias a impugnar su condena. (Los alcances de la sentencia a favor de Andrés Felipe Arias)

La Corte, de paso, dejó claro quiénes no harán parte de este proceso y no serán incluidos en el sorteo: los magistrados Patricia Salazar Cuéllar, Eugenio Fernández Carlier y Eyder Patiño Cabrera. Los dos primeros estuvieron en la decisión original de 2014 (hacia la cual Fernández manifestó ciertos desacuerdos y Patiño, tanto en 2014 como ahora, declaró impedimento y la Sala se lo aceptó. Es decir, el futuro de Arias estará en manos de tres magistrados, que podrían ser José Francisco Acuña, Luis Antonio Hernández, Gerson Chaverra, Fabio Ospitia, Hugo Quintero Bernate o Jaime Moreno. (El caso Andrés Felipe Arias y sus efectos políticos)

Arias, quien siempre alegó que tenía derecho a una segunda instancia que revisara su caso, fue condenado en única instancia con base en las normas vigentes, pues, hasta 2018, los aforados constitucionales iban a juicio ante la Corte Suprema y esta tenía la última palabra. Ese año, sin embargo, una reforma a a la Constitución derivó en la creación de la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema y en la Sala Especial de Primera Instancia, lo que garantizó que, al menos a partir de ese momento, los aforados tuvieran el mismo acceso a la justicia que los demás ciudadanos.

Semanas antes de conocer la condena en 2014, Arias y su familia huyeron a Estados Unidos tras conocer que lo que se avecinaba para el exfuncionario era una condena. Allí, Arias trató de conseguir asilo político -petición que no se resolvió mientras él estuvo en ese país- y en agosto de 2016 fue detenido en Miami, pues la Corte Suprema había radicado una solicitud de extradición para que él volviera a Colombia. .Arias presentó varios recursos ante la jurisdicción estadounidense alegando ser un perseguido político y que no había tratado de extradición entre Estados Unidos y Colombia, pero, al final, la justicia de ese país denegó sus peticiones y lo envió de regreso a Bogotá.

En su fallo, la Corte Constitucional reconoció que Arias sí tenía derecho a apelar su condena. “La impugnación no es un recurso ordinario, no opera como la apelación, no tiene los efectos de revivir prescripciones, no opera como algo parecido a la acción de revisión. Lo que se garantiza es que el ciudadano pueda revisar su condena”, aclaró en su momento la magistrada ponente, Diana Fajardo. Una vez se conforme la Sala de Decisión, la Corte Suprema señaló que “el ponente dictará la decisión pertinente, indicando a la parte impugnante la fecha a partir de la cual empieza a correr el término para sustentar la impugnación”. (Le puede interesar: No existe justificación para que Andrés Felipe Arias siga privado de su libertad: Defensa)

Ese recurso fue radicado en 2018 ante la Secretaría de la Sala Penal de la Corte por uno de los abogados del exministro, Víctor Mosquera. No fue tampoco la primera vez que Arias lo radicaba . El primero fue instaurado el 25 de mayo de 2016 y el segundo, el 7 de marzo de 2018, a dos meses de que quedara en pie la reforma que hizo el Congreso de doble instancia para aforados constitucionales. El pasado 15 de julio, el exministro le envió a la Corte Suprema una comunicación en la reiteraba que impugnaba su sentencia a 17 años de prisión.

Por ahora el foco está en Arias, pero se espera que el fallo de la Corte Constitucional genere un efecto dominó sobre varios procesados que estaban en las mismas circunstancias del exministro. Entre ellos William Pérez Espinel, exgobernador de Casanare quien ha sido condenado cuatro veces por la Corte Suprema; Iván Moreno Rojas, exsenador sentenciado por el carrusel de la contratación; María del Pilar Hurtado, exdirectora del DAS del gobierno Uribe que fue condenada a 14 años de prisión; o Luis Fernando Almario Rojas, excongresista de Caquetá vinculado con grupos paramilitares.

La defensa del exministro ha estado bastante activa desde que este fue extraditado al país, a donde llegó en julio de 2019. Luego de presentar la tutela en la Corte Constitucional que le abrió la puerta a esta impugnación, presentó un memorial en el que solicitó varias aclaraciones a la Corte con respecto a la tutela fallada. Especialmente, les interesaba saber cómo se conformaría el tribunal que revisaría la sentencia del alto exfuncionario y cómo garantizaría este su imparcialidad. La decisión de hoy de la Corte disipa, se supone, esas dudas.

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