Corte Suprema archiva caso contra el general (r) Zapateiro y el exministro Molano
El general (r) Eduardo Enrique Zapateiro, y el exministro de Defensa, Diego Molano, eran investigados por presunta participación en política. La denuncia señalaba que ambos supuestamente habían favorecido la campaña de Federico Gutiérrez en las elecciones presidenciales de 2022.
La Corte Suprema de Justicia precluyó el caso contra el excomandante del Ejército, general (r) Eduardo Enrique Zapateiro, y el exministro de Defensa, Diego Molano, quienes eran investigados por presunta participación en política debido a hechos ocurridos en 2022.
En contexto: Zapateiro a tus zapatos: la queja en la Procuraduría contra comandante del Ejército
La decisión se tomó tras aceptar la solicitud presentada por la Fiscalía, que en julio pasado pidió cerrar la investigación argumentando causales previstas en los numerales 1º y 4º del artículo 332 de la Ley 906 de 2004. Estas disposiciones indican la imposibilidad de continuar con la acción penal por el delito de intervención en política y la atipicidad del supuesto prevaricato por acción.
El caso estaba relacionado con publicaciones hechas en la red social X (antes Twitter) por el general Zapateiro en respuesta a comentarios del entonces candidato presidencial Gustavo Petro, quien había señalado que algunos generales del Ejército tenían vínculos con el Clan del Golfo. En una serie de seis trinos, Zapateiro acusó a Petro de formar parte de un grupo que él denominó como “politiqueros del narcotráfico”.
La Fiscalía argumentó que la acción penal no podía proceder porque el entonces candidato Gustavo Petro, como presunta víctima directa, no presentó una querella, requisito indispensable para el delito de intervención en política. En su lugar, la denuncia fue interpuesta por ciudadanos particulares, lo que invalidó la continuidad del proceso.
“Los ciudadanos Oscar Felipe Agudelo Galeano y Jorge Eliécer Molano Rodríguez denunciaron que mediante diferentes trinos en la red social Twitter realizados por el general Eduardo Enrique Zapateiro, y el Ministro Diego Andrés Molano Aponte, transgredieron lo normado en los artículos 127 y 219 de la Constitución Política, al favorecer la campaña política de Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga en las elecciones presidenciales del año 2022, en contra de la que desarrollaba Gustavo Petro Urrego, quien no pudo llegar a ciertos sectores geográficos del país por falta de seguridad, lo que configuraría el posible delito de intervención en política”, se lee en el auto de la sentencia.
El denunciante, Molano Rodríguez, señaló que el general Zapateiro Altamiranda no solo habría asumido una postura abiertamente deliberante en contra del entonces candidato presidencial Gustavo Petro Urrego, sino que también podría haber incurrido en el delito de prevaricato por acción, ya que las expresiones publicadas en la mencionada red social serían contrarias a lo establecido en la Constitución y la ley.
Lea también: Corte Suprema multa a exministro Molano por no colaborar con la justicia
No obstante, la Sala de Primera Instancia, bajo ponencia de la magistrada Blanca Nélida Barreto Ardila, acogió los argumentos de la Fiscalía y decretó la extinción de la acción penal, ordenando la preclusión del caso. Tras el fallo, el exgeneral Zapateiro declaró: “Lo único que hice, fue cumplir con mis obligaciones como Comandante del Glorioso Ejército Nacional, defender la Institucionalidad y la dignidad de la misma cúpula”.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La Corte Suprema de Justicia precluyó el caso contra el excomandante del Ejército, general (r) Eduardo Enrique Zapateiro, y el exministro de Defensa, Diego Molano, quienes eran investigados por presunta participación en política debido a hechos ocurridos en 2022.
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La decisión se tomó tras aceptar la solicitud presentada por la Fiscalía, que en julio pasado pidió cerrar la investigación argumentando causales previstas en los numerales 1º y 4º del artículo 332 de la Ley 906 de 2004. Estas disposiciones indican la imposibilidad de continuar con la acción penal por el delito de intervención en política y la atipicidad del supuesto prevaricato por acción.
El caso estaba relacionado con publicaciones hechas en la red social X (antes Twitter) por el general Zapateiro en respuesta a comentarios del entonces candidato presidencial Gustavo Petro, quien había señalado que algunos generales del Ejército tenían vínculos con el Clan del Golfo. En una serie de seis trinos, Zapateiro acusó a Petro de formar parte de un grupo que él denominó como “politiqueros del narcotráfico”.
La Fiscalía argumentó que la acción penal no podía proceder porque el entonces candidato Gustavo Petro, como presunta víctima directa, no presentó una querella, requisito indispensable para el delito de intervención en política. En su lugar, la denuncia fue interpuesta por ciudadanos particulares, lo que invalidó la continuidad del proceso.
“Los ciudadanos Oscar Felipe Agudelo Galeano y Jorge Eliécer Molano Rodríguez denunciaron que mediante diferentes trinos en la red social Twitter realizados por el general Eduardo Enrique Zapateiro, y el Ministro Diego Andrés Molano Aponte, transgredieron lo normado en los artículos 127 y 219 de la Constitución Política, al favorecer la campaña política de Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga en las elecciones presidenciales del año 2022, en contra de la que desarrollaba Gustavo Petro Urrego, quien no pudo llegar a ciertos sectores geográficos del país por falta de seguridad, lo que configuraría el posible delito de intervención en política”, se lee en el auto de la sentencia.
El denunciante, Molano Rodríguez, señaló que el general Zapateiro Altamiranda no solo habría asumido una postura abiertamente deliberante en contra del entonces candidato presidencial Gustavo Petro Urrego, sino que también podría haber incurrido en el delito de prevaricato por acción, ya que las expresiones publicadas en la mencionada red social serían contrarias a lo establecido en la Constitución y la ley.
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No obstante, la Sala de Primera Instancia, bajo ponencia de la magistrada Blanca Nélida Barreto Ardila, acogió los argumentos de la Fiscalía y decretó la extinción de la acción penal, ordenando la preclusión del caso. Tras el fallo, el exgeneral Zapateiro declaró: “Lo único que hice, fue cumplir con mis obligaciones como Comandante del Glorioso Ejército Nacional, defender la Institucionalidad y la dignidad de la misma cúpula”.
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