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Corte Suprema dejó en firme exclusión del 'Tuso' Sierra de Justicia y Paz

El alto tribunal determinó que Juan Carlos Sierra era un "narcotraficante puro" y no un paramiltiar.

Redacción Judicial
11 de diciembre de 2015 - 09:54 p. m.
Corte Suprema dejó en firme exclusión del 'Tuso' Sierra de Justicia y Paz
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme el fallo que excluyó a Juan Carlos Sierra Ramírez más conocido como 'El Tuso' de los beneficios de la ley de Justicia y Paz. El alto tribunal determinó que nunca hizo parte de las filas de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) sino que era un "narcotraficante puro". (Ver El ventilador de 'El Tuso' Sierra)

Ante esto señala que no cumple con los requisitos para beneficiarse de los beneficios establecidos en la ley 975 de 2005. Con ponencia del magistrado José Leonidas Bustos se dejó en firme la decisión tomada por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín que determinó que 'El Tuso' utilizó el Bloque Héroes de Granada de las AUC para desarrollar actividades relacionadas con el narcotráfico.

Sierra Ramírez, quien se encuentra actualmente en libertad, deberá responder ante la justicia ordinaria por los delitos de concierto para delinquir, fabricación, tráfico y porte de armas de fuego y municiones de uso privativo de las Fuerzas Militares; lavado de activos, utilización ilícita de equipos transmisores o receptores, entre otros.

El alto tribunal no aceptó los argumentos presentados en el recurso de apelación presentado por la defensa de ‘El Tuso’ al señalar que sí hizo parte de las AUC como miembro del bloque financiero. En este sentido aseguró que trabajo con Diego Fernando Murillo Bejarano, alias ‘Don Berna’ y Carlos Castaño Gil, apoyándolos en su lucha contra los grupos subversivos.

“De la acusación formulada por los Estados Unidos por conspiración con fines de narcotráfico contra Sierra Ramírez, actividad adelantada por comandantes paramilitares, no se sigue que aquel hubiese tenido la calidad de miembro de las AUC, pues la investigación en la que se basó ese señalamiento no estuvo dirigida a determinar si su actividad fue instrumental para la lucha antisubversiva, ni estaba comprometido con esta causa”, precisa la decisión.

En este sentido, señaló la Corte Suprema, es evidente que el postulado sostuvo un interés particular de enriquecimiento ilícito derivado del narcotráfico y lavado de activos. Sierra Ramírez no podrá volverse a presentar para recibir los beneficios de pena alternativa de la libertad.
 

Por Redacción Judicial

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