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                                                                                                                                Corte Suprema mantuvo embargo de perros y rechazó concepto de familia multiespecie

                                                                                                                                El alto tribunal mantuvo el embargo que un juzgado de familia había decretado sobre dos mascotas en el marco de un divorcio. Un magistrado dejó constancia que se desconoció que son seres sintientes y se perdió la oportunidad de introducir el concepto de la “familia multiespecie”.

                                                                                                                                La Corte consideró que la mujer podría acudir a otros mecanismos de defensa.
                                                                                                                                Foto: Pexels - Pexels
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                                                                                                                                (Lea también: Corte Suprema también rechaza idea de crear una gran sala anticorrupción)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Lea también: Corte de cuentas a salas que investigan y juzgan a congresistas en la Corte Suprema)

                                                                                                                                La Corte concluyó: “la precursora tiene la posibilidad de presentar su oposición para que, en el marco del incidente respectivo, someta a escrutinio del juez de familia las especiales circunstancias aducidas en esta sede –la alegada ‘propiedad’ sobre los perros y la existencia de vínculos afectivos–, por lo que, al existir el mentado medio de defensa, se impone la confirmación de la denegación de la salvaguarda”. Es decir, tiene que oponerse al embargo y secuestro de los perros en el marco del proceso civil, no en una tutela.

                                                                                                                                ¿Familia multiespecie?

                                                                                                                                No obstante, el magistrado Aroldo Wilson Quiroz salvó su voto pues considera que la Suprema Corte desaprovechó la oportunidad de introducir un concepto novedoso: el de familia multiespecie. A su juicio, la decisión del embargo y secuestro de las mascotas no tuvo en cuenta las distintas aristas del caso. Por ejemplo, al decidir embargarlos se da por sentado que son cosas, cuando la jurisprudencia reciente habla de “seres sintientes”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Además, los animales cada vez se convierten más parte de las familias. “En nuestros días son comunes los sitios que admiten la concurrencia de animales a sus instalaciones, la existencia de guarderías especializadas, un creciente comercio de productos novedosos, no solo de consumo, sino también de salud, funerarios, seguros de vida, etc., todo ello para atender las necesidades surgidas del ánimo de las personas de brindar bienestar a sus animales e integrarlos más estrechamente a su vida diaria”, escribió el magistrado Quiroz.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                De allí que pidiera que la Corte introdujera el concepto de familia multiespecie, que ha utilizado la sociología durante años. “La humanidad, en su libertad para interactuar con otros seres que integran la biósfera, puede crear vínculos sentimentales con miembros de otras especies, encontrando en ellas el amor y compañía que no llenan los seres humanos”, explicó. Así las cosas, en casos de un divorcio como el de este caso, para el magistrado Quiroz la justicia más bien debería resolver quién debe correr con la manutención, a qué miembro se le entrega la custodia, si habrá derecho a visitas. Como ocurre en las familias.

                                                                                                                                A pesar de lo novedoso del concepto, como la mayoría de la Sala Civil no acogió los argumentos del magistrado Quiroz, por ahora solo quedarán en su salvamento de voto. Sin embargo, abre un debate entre abogados.

                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                La Corte consideró que la mujer podría acudir a otros mecanismos de defensa.
                                                                                                                                Foto: Pexels - Pexels
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                (Lea también: Corte Suprema también rechaza idea de crear una gran sala anticorrupción)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                La madre apeló y escribió en su escrito: “los derechos fundamentales de mi hijo están siendo amenazados por parte de las medidas cautelares que decretó el Juzgado sobre (los perros) y no puedo como madre quedarme inerme esperando a que el secuestre se lleve a los caninos y mi hijo entre en un estado de depresión”. De allí que el caso llegara a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, que tuvo que definir la segunda instancia, con ponencia del magistrado Luis Alonso Rico.

                                                                                                                                (Lea también: Corte de cuentas a salas que investigan y juzgan a congresistas en la Corte Suprema)

                                                                                                                                La Corte concluyó: “la precursora tiene la posibilidad de presentar su oposición para que, en el marco del incidente respectivo, someta a escrutinio del juez de familia las especiales circunstancias aducidas en esta sede –la alegada ‘propiedad’ sobre los perros y la existencia de vínculos afectivos–, por lo que, al existir el mentado medio de defensa, se impone la confirmación de la denegación de la salvaguarda”. Es decir, tiene que oponerse al embargo y secuestro de los perros en el marco del proceso civil, no en una tutela.

                                                                                                                                ¿Familia multiespecie?

                                                                                                                                No obstante, el magistrado Aroldo Wilson Quiroz salvó su voto pues considera que la Suprema Corte desaprovechó la oportunidad de introducir un concepto novedoso: el de familia multiespecie. A su juicio, la decisión del embargo y secuestro de las mascotas no tuvo en cuenta las distintas aristas del caso. Por ejemplo, al decidir embargarlos se da por sentado que son cosas, cuando la jurisprudencia reciente habla de “seres sintientes”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Además, los animales cada vez se convierten más parte de las familias. “En nuestros días son comunes los sitios que admiten la concurrencia de animales a sus instalaciones, la existencia de guarderías especializadas, un creciente comercio de productos novedosos, no solo de consumo, sino también de salud, funerarios, seguros de vida, etc., todo ello para atender las necesidades surgidas del ánimo de las personas de brindar bienestar a sus animales e integrarlos más estrechamente a su vida diaria”, escribió el magistrado Quiroz.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                A pesar de lo novedoso del concepto, como la mayoría de la Sala Civil no acogió los argumentos del magistrado Quiroz, por ahora solo quedarán en su salvamento de voto. Sin embargo, abre un debate entre abogados.

                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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