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                                                                                                                                Corte Suprema niega tutela a exsenador Otto Bula sobre administración de predios

                                                                                                                                El político condenado por corrupción con Odebrecht presentó un recurso para que se impusiera un administrador a seis predios de una finca en Córdoba. Con ello buscaba que los inmuebles estuvieron bajo su control. El alto tribunal negó su pretensión.

                                                                                                                                Otto Bula
                                                                                                                                Foto: El Espectador - Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Bula promovió una demanda de posesión en contra de los hermanos Daniel y Miguel Uribe respecto de seis predios que conforman la Hacienda Bizerta. El caso fue conocido, inicialmente, por un juzgado de Sahagún, quien impuso una medida cautelar en la que designaba un administrador judicial de los inmuebles. Aunque la medida provisional se mantuvo durante un poco más de seis meses, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería tumbó la medida.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Además, la Corte consideró que el exsenador tenía otros mecanismos para alegar la supuesta protección de sus derechos vulnerados. “Sobre el particular, también se ha dicho de forma reiterada que «no se puede recurrir a la acción tutelar para imponer al fallador una determinada interpretación de las normas procesales aplicables al asunto sometido a su estudio o una específica valoración probatoria, a efectos de que su raciocinio coincida con el de las partes”.

                                                                                                                                En 2020, el Tribunal Superior de Bogotá ratificó la condena de cinco años de prisión contra el político por las irregularidades que se registraron con la firma brasilera Odebrecht y las obras de infraestructura.

                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                Otto Bula
                                                                                                                                Foto: El Espectador - Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Bula promovió una demanda de posesión en contra de los hermanos Daniel y Miguel Uribe respecto de seis predios que conforman la Hacienda Bizerta. El caso fue conocido, inicialmente, por un juzgado de Sahagún, quien impuso una medida cautelar en la que designaba un administrador judicial de los inmuebles. Aunque la medida provisional se mantuvo durante un poco más de seis meses, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería tumbó la medida.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Además, la Corte consideró que el exsenador tenía otros mecanismos para alegar la supuesta protección de sus derechos vulnerados. “Sobre el particular, también se ha dicho de forma reiterada que «no se puede recurrir a la acción tutelar para imponer al fallador una determinada interpretación de las normas procesales aplicables al asunto sometido a su estudio o una específica valoración probatoria, a efectos de que su raciocinio coincida con el de las partes”.

                                                                                                                                En 2020, el Tribunal Superior de Bogotá ratificó la condena de cinco años de prisión contra el político por las irregularidades que se registraron con la firma brasilera Odebrecht y las obras de infraestructura.

                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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