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El exrepresentante a la cámara, Álvaro Hernán Prada una vez más perdió la batalla en su intención de que el proceso por presunta manipulación de testigos que se surte en su contra quede en manos de la Fiscalía. El político presentó su solicitud a través de una acción de tutela en la que reclamaba el derecho a la igualdad. Su pretensión fue negada por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. El alto tribunal le recordó que es investigado por actos que, presuntamente, cometió haciendo valer su investidura de congresista.
Prada está ante los estrados judiciales porque, al parecer, ofreció beneficios o prebendas, como delegado del exsenador Álvaro Uribe, a través de Carlos Eduardo López Callejas, alias “Caliche”, para lograr la retractación de Juan Guillermo Monsalve, testigo estrella en el proceso del expresidente, respecto de las declaraciones que ha entregado en contra de los hermanos Uribe Vélez y su posible vínculo con grupos paramilitares.
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Esta no es la primera vez que Prada intenta que su proceso quede en manos de la Fiscalía. Así como Uribe, el exrepresentante renunció a su curul en el Congreso para que la Corte Suprema remitiera el expediente a manos del ente acusador. Sin embargo, la denominada “jugadita” no le salió y por ello puso su intención en una acción de tutela que revisó el mismo alto tribunal que lo investiga.
Lo que llama la atención es que Prada puso de presente la situación que se registró con el exsenador Uribe. En su documento aclaró que se encontraban en las mismas circunstancias: fungían como congresistas y renunciaron siendo investigados por la Corte Suprema. En el análisis de la Sala lo que quedó estipulado es que, si bien hubo un patrón en esa conducta, el escenario del expresidente era diferente porque los presuntos hechos cometidos no se registraron en el marco de sus funciones como aforado y la época de los sucesos fueron diferentes.
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En el panorama que enfrenta Prada, la Corte tiene que éste “abordó al testigo cuando ostentaba su condición de congresista, era cercano al líder del Centro Democrático, pretendía robustecer su liderazgo político al interior del partido y su electorado en la región que representa, razón por la que no se advierte un trato desigual entre iguales y la diferencia brindada a cada caso se encuentra constitucionalmente sustentada, sin que la simple dejación del cargo le permita evadir la competencia de fallador natural ni la extinción del fuero”.
En ese orden de ideas, el alto tribunal consideró que no se vulneró el derecho de igualdad que reclamó el exrepresentante a través de la acción de tutela.
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