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                                                                                                                                Corte tumbó base de cotización de independientes y ordenó al Congreso a legislar al respecto

                                                                                                                                La Corte Constitucional tumbó el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015 que señala que los trabajadores independientes cotizan al Sistema de Seguridad Sociales sobre el 40 % de su remuneración. La decisión empieza a regir en dos años. ¿Por qué?

                                                                                                                                Redacción Judicial

                                                                                                                                Pixabay
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                                                                                                                                La Sala Plena estudió una demanda y reiteró que el Plan Nacional de Desarrollo es temporal y por eso le dio un plazo al Congreso de dos años para que legisle sobre el tema de manera permanente. Mientras tanto, las normas seguirán vigentes ya que la inexequibilidad de ese artículo solo empieza a regir en dos años. La decisión de la Corte Constituciona se tomó al darle la razón a María del Mar Arciniegas y Juan Esteban Sanín Gómez quiénes argumentaban que este artículo no guardaba relación alguna con toda el Plan Nacional de Desarrollo.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Primero hay que tomar el 40 % de la remuneración recibida mensualmente y de este monto se hacen las siguientes deducciones. El 16 % va para pensión y el 12,5 % para salud (y si le pagan ARL se aplica un descuento del 0,522 %). Pero si los honorarios son de menos de $828.116, no aplica lo del 40%, pues cabe recordar que la base mínima de cotización es precisamente el salario mínimo. Y la base máxima es de 25 salarios mínimos, por lo que los valores por encima de este umbral no cotizan.

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                                                                                                                                La Sala Plena estudió una demanda y reiteró que el Plan Nacional de Desarrollo es temporal y por eso le dio un plazo al Congreso de dos años para que legisle sobre el tema de manera permanente. Mientras tanto, las normas seguirán vigentes ya que la inexequibilidad de ese artículo solo empieza a regir en dos años. La decisión de la Corte Constituciona se tomó al darle la razón a María del Mar Arciniegas y Juan Esteban Sanín Gómez quiénes argumentaban que este artículo no guardaba relación alguna con toda el Plan Nacional de Desarrollo.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Primero hay que tomar el 40 % de la remuneración recibida mensualmente y de este monto se hacen las siguientes deducciones. El 16 % va para pensión y el 12,5 % para salud (y si le pagan ARL se aplica un descuento del 0,522 %). Pero si los honorarios son de menos de $828.116, no aplica lo del 40%, pues cabe recordar que la base mínima de cotización es precisamente el salario mínimo. Y la base máxima es de 25 salarios mínimos, por lo que los valores por encima de este umbral no cotizan.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Temas recomendados:

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