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                                                                                                                                Corte tumbó principio de oportunidad para usurpadores de tierras

                                                                                                                                El alto tribunal declaró inexequible los beneficios de oportunidad para las personas que hayan confesado que se apoderar ilegal de tierras.

                                                                                                                                El Espectador

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                                                                                                                                Según el alto tribunal entregarles un principio de oportunidad a estas personas va en contra vía de la ley y es una extralimitación que puede prestarse para fomentar la impunidad en este tipo de casos.

                                                                                                                                En sus determinaciones la Corporación consideró además que dichos beneficios lesionan en este caso los principios de verdad y de justicia contra las personas que se apropien ilegalmente de tierras.

                                                                                                                                "Quienes acudan al proceso y confiesen la ilegalidad de los títulos o el despojo de las tierras o de los derechos reclamados en el proceso se harán beneficiarios al principio de oportunidad previsto en el Código de Procedimiento Penal", precisaba el punto que fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.

                                                                                                                                Igualmente la Corte consideró que quienes invaden tierras por sus propios medios con el fin de recuperar los bienes que les fueron arrebatados y que a juicio deberían ser restituidas no pueden perder los beneficios de la ley.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible los beneficios jurídicos a las personas que se hayan apoderado ilegalmente de tierras y luego hubieran confesado su participación en dicha actividad y así como que entregaran los bienes usurpados.

                                                                                                                                Según el alto tribunal entregarles un principio de oportunidad a estas personas va en contra vía de la ley y es una extralimitación que puede prestarse para fomentar la impunidad en este tipo de casos.

                                                                                                                                En sus determinaciones la Corporación consideró además que dichos beneficios lesionan en este caso los principios de verdad y de justicia contra las personas que se apropien ilegalmente de tierras.

                                                                                                                                "Quienes acudan al proceso y confiesen la ilegalidad de los títulos o el despojo de las tierras o de los derechos reclamados en el proceso se harán beneficiarios al principio de oportunidad previsto en el Código de Procedimiento Penal", precisaba el punto que fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.

                                                                                                                                Igualmente la Corte consideró que quienes invaden tierras por sus propios medios con el fin de recuperar los bienes que les fueron arrebatados y que a juicio deberían ser restituidas no pueden perder los beneficios de la ley.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Por El Espectador

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