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Este miércoles, los magistrados de la Corte Constitucional en Sala Plena discutirán nuevamente la posibilidad que tienen las mujeres de interrumpir su embarazo, tras una demanda presentada por el abogado, Andrés Eduardo Dewdney Montero.
Para el demandante en la ley podría existir un vació jurídico u omisión legislativa frente al aborto “por el hecho que el artículo 122 de la ley 599 de 2000 adicionado por la sentencia C 355 de 2006 no hubiera definido un tiempo límite o no para la práctica del aborto en los casos en que el mismo está despenalizada”.
En ese sentido Dewdney Montero busca también que la corte tumbe el artículo 122 del Código Penal y que pida al Congreso limitar el número de semanas para realizar el procedimiento de interrupción a la gestante.
Según la sentencia de la Corte en Colombia desde 2006 el aborto no es penalizado en tres circunstancias: “Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer; cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida y cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto”.
(Lea aquí: Corte Constitucional hace llamado de atención por falta de regulación sobre el aborto)
Hace más de un mes la Corte le había hecho un llamado al Congreso de la República por las demoras que se han presentado para regular el tema del aborto en el país. Considera que, después de 11 años de la expedición de la sentencia que despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo en tres casos, el legislativo no ha tomado decisiones de fondo.