Desapariciones en el Paro Nacional: entre silencio y “eufemismos”
Las cifras no concuerdan. Mientras la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo hablan de 84 personas “no localizadas”, organizaciones de derechos humanos registran más de 700 desapariciones forzadas en los más de 40 días de protesta de este 2021.
Felipe Morales Sierra
José David Escobar Moreno/ @josedem18/ jescobar@elesoectador.com
“A la fecha, existen tres denuncias por la comisión del delito de desaparición forzada en el marco de la protesta”. La cita es del informe que el propio fiscal general Francisco Barbosa le entregó esta semana a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su visita de trabajo a Colombia. La Defensoría del Pueblo, por su parte, reportó diez quejas por esta misma conducta. Mientras tanto, organizaciones sociales hablan de más de 700 casos de desaparición forzada. Las discrepancias en cifras no son un mero debate metodológico, sino que abren una discusión de fondo sobre cómo las autoridades están enfrentando la violencia en estas manifestaciones.
El Espectador consultó a abogados y plataformas de derechos humanos que han conocido de primera mano estos casos, así como a expertos en el fenómeno de la desaparición forzada, para entender cómo se ha manifestado este crimen en el paro nacional, que ya cumple 47 días. La Fiscalía, la Comisión de Búsqueda de Desaparecidos y la Defensoría han activado lo que llaman Mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU) para localizar a 572 personas. Esto significa que las entidades se coordinan con el objetivo de que en el menor tiempo posible se dé con el paradero de alguien que se presume como desaparecido. A la fecha, según el ente investigador, continúan sin aparecer 84 personas.
Desaparecidos en el paro: ¿podría activarse el Sistema Interamericano de Derechos Humanos?
La Fiscalía le aseguró a la CIDH que Colombia creó este mecanismo de búsqueda en cumplimiento de la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, aprobada por Naciones Unidas en 1992. Según la entidad, más de 700 investigadores en campo se han dedicado a la búsqueda de personas reportadas como desaparecidas. Adicionalmente, le aclaró el ente investigador a la Comisión, los MBU actúan de manera independiente de las investigaciones penales, pues su objetivo es “encontrar a una persona desaparecida, viva o muerta”. Es decir, no por cada persona reportada como desaparecida hay un proceso que busque dar con los responsables.
Lea: EE. UU. le pide a Colombia continuar buscando a los desaparecidos durante el Paro Nacional
Esta idea va en la misma línea de lo que le dijo el Ministerio de Defensa a la CIDH. En el informe que le entregaron a la Comisión, según la cartera que dirige Diego Molano, para hablar del delito de desaparición forzada se tienen que dar cuatro condiciones: privar de la libertad a una persona; ocultarla; no dar información de su paradero; y sustraer a la persona del amparo de la ley. “Estos requisitos son importantes para diferenciar la desaparición forzada como delito de la ausencia de información transitoria sobre alguna persona”, se lee en el documento de 125 páginas. Para referirse a los desaparecidos del paro, entonces, las autoridades han acudido a otro término: personas no localizadas.
La directora de la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas (UBPD), Luz Marina Monzón, entidad creada con el Acuerdo de Paz y cuyo mandato se centra en el conflicto armado, cree que este término no ayuda a cumplir con las obligaciones internacionales que tiene Colombia de prevenir la desaparición forzada. “No es sano, en ningún momento, que haya negacionismos o eufemismos. Pero mucho menos en un proceso de construcción de paz en el que se busca la no repetición, como el que atraviesa Colombia”, explicó Monzón a El Espectador. Y añadió que, precisamente, el MBU se utiliza cuando se presume que hay una desaparición, con lo cual no cabe decir que esta conducta no se cometió.
En el mismo sentido, María Clara Galvis, profesora de la Universidad Externado y exvicepresidenta del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, le explicó a este diario que: “Con independencia de las actividades para buscar a la persona, las investigaciones por desaparición forzada se deben abrir de oficio, es decir, sin necesidad de denuncia, y de manera inmediata tan pronto la autoridad estatal tenga noticia de que una persona pudo ser sometida a desaparición forzada. La investigación es justamente para saber si se trata de una desaparición forzada, de una desaparición cometida por un particular o si no se trata de ninguna de estas situaciones”.
La Fiscalía le aseguró a la CIDH que, a corte del 6 de junio, “en todos los casos de las personas que han sido ubicadas se ha descartado por completo la configuración del delito de desaparición forzada”. Y la propia vicefiscal, Martha Mancera, dijo en entrevista con El Tiempo que, en los casos que han revisado “jamás” se puede hablar de desapariciones forzadas, pues “no hay información que me permita decir que a esa persona la privaron de su libertad por cualquier medio y que la ocultaron, y que la persona que lo hizo no da respuesta del desaparecido”. No obstante, las organizaciones sociales y los abogados que han estado en terreno reportan un panorama distinto.
El escenario actual
El abogado Germán Romero y Alberto Yepes, investigador de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos y miembro de la Mesa de Trabajo sobre Desaparición Forzada, han conocido testimonios de primera mano sobre casos de esta naturaleza en el paro. Coinciden en que la Policía ha entorpecido la documentación de las detenciones, que luego terminan en reportes de personas desaparecidas. “La definición de la desaparición forzada no implica la muerte de la víctima. Ese es un delito adicional. En Colombia tenemos la tradición de que la desaparición ha tenido como fin la muerte y, usualmente, el ocultamiento en una fosa. Pero también hay desapariciones transitorias”, aseguró Yepes.
La abogada Galvis aclaró esto desde el derecho internacional: “La práctica de detener a personas arbitrariamente y llevarlas a lugares donde permanecen privadas de libertad sin que su paradero sea informado a sus familiares o allegados puede configurar una desaparición forzada de corta duración o desaparición forzada por breve tiempo. El Comité contra la Desaparición Forzada ha dicho, por ejemplo, en el caso Yrusta vs. Argentina, que, ‘para constituir una desaparición forzada, la privación de libertad debe ser seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento del paradero de la persona desaparecida, cualquiera sea la duración de dicha privación de libertad u ocultamiento’”.
Los abogados advierten, por ejemplo, que se han reportado casos en que abogados han ido a preguntar por personas detenidas y se les niega que estuvieran bajo custodia policial. “A los familiares que llegaban a las URI se les negó la información; las detenciones se prolongaron injustificadamente y hay casos documentados de abogados que llegaron con poder firmado y se les negaba que allí estuvieran las personas. Esta negativa de información que sigue a la detención es lo que en términos jurídicos configura la desaparición forzada (...) muchos detenidos denuncian que, cuando intentaron comunicarse, les quitaron sus celulares o les destruyeron la sim card”, advirtió Yepes.
El abogado Germán Romero dijo que, en las últimas semanas, la Policía ha perseguido a los manifestantes por callejones en medio de altas horas de la noche, en zonas despobladas, cañaduzales, barrios y lugares donde no hay más personas que den cuenta de las detenciones. “Hemos encontrado que no se hacen los registros de entrada en los centros de traslado, no se entrega o se entrega mutilada información de libros de población, se tienen relatos fiables de traslados a centros no identificados, no oficiales (coliseos, camiones, instalaciones deportivas) y, en algunos casos clandestinos, como casas alquiladas sin identificar”, aseguró el defensor Romero.
“Hubo un concierto de distintas entidades para producir este resultado. Ahí participaron la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo, porque, ¿qué sucedía en años anteriores? La Defensoría tenía a sus funcionarios acompañando a verificadores de derechos humanos. Uno por uno, anotaban a quién detenían y de inmediato se informaba al Puesto de Mando Unificado (PMU). Eran segundos entre la captura y el momento en que se conocía quiénes fueron detenidos, quién hizo el procedimiento y a dónde lo llevaron. Entre el 28 de abril y el 3 de mayo, la Defensoría no estuvo en las calles en la protesta. En el PMU del paro de 2021, la única silla vacía era la del defensor del pueblo, Carlos Camargo”, señaló Yepes.
Cuando este diario empezó a rastrear a personas que fueron reportadas como desaparecidas, encontró que muchas tienen miedo de denunciar los hechos. El abogado Romero explicó: “El miedo es la regla, las personas que recuperan su libertad, luego de ese circuito de clandestinidad y violaciones a los derechos humanos, sienten que han salvado su integridad y vida de milagro. Al haber sido reseñados, sus celulares revisados, obtenidos sus datos personales, sometidos a interrogatorios, tienen mucho miedo de denunciar, nos han informado de periodistas al igual que activistas que han sido amenazados por documentar casos de desaparición”.
Las cifras en Cali
La capital del Valle del Cauca ha sido el epicentro de este paro nacional, y a su vez el lugar desde donde más se han registrado violaciones a derechos humanos, según la propia Defensoría. Darnelly Rodríguez, miembro de la Misión de Verificación del Paro Nacional en Cali, cuenta que, según el último reporte que tienen, entre el 28 de abril y el 9 de junio de 2021, 170 personas fueron reportadas como desaparecidas, de las cuales 91 ya aparecieron vivas, una apareció muerta, tres casos en los que las familias confirman que sus seres queridos continúan desaparecidos y 75 personas de las cuales no se tiene información posterior al reporte.
El informe señala que algunas personas que aparecieron reportan que fueron detenidas, heridas y golpeadas por la fuerza pública. “Hacemos un llamado a las familias que realizaron los reportes para que informen si su familiar ya apareció. De lo contrario, que procedan a realizar las denuncias respectivas ante la Fiscalía. Igualmente, estamos solicitando a las autoridades competentes para que se active el MBU lo más pronto posible”, se lee en el informe de 13 páginas que reporta las desapariciones en Cali y Palmira, lugares donde la Fuerza Pública ha reforzado la presencia de uniformados. Este diario también intentó contactar a las autoridades locales y del Ministerio Público en el Valle, pero prefirieron no pronunciarse.
Las tres denuncias formales que indaga la Fiscalía sobre desapariciones forzadas son por hechos ocurridos los días 4 de mayo en Zaragoza (Antioquia), 18 de mayo en Caldas (Antioquia) y el 20 de mayo en Yumbo (Valle del Cauca). El joven desaparecido en Zaragoza es Samir David Solipas, un joven que fue detenido por la Policía en medio de las manifestaciones, posteriormente dejado en libertad y en el camino entre la estación y su casa se perdió todo rastro de él. “Por eso digo que estamos repitiendo los patrones del pasado”, comentó Monzón, la directora de la UBPD, pues esta forma de desaparición forzada fue recurrente en los 80 y 90, según ha documentado la justicia.
Por eso, ante el silencio de la Fiscalía y la Defensoría durante los primeros días del paro, cuando las cifras de ONG sobre desaparecidos rozaban los 400 casos, Monzón llamó a la vicefiscal Mancera y le pidió una reunión. El espacio se concretó ese mismo día y participaron decenas de organizaciones sociales, que entregaron sus cifras a las autoridades. “La Fiscalía respondió que necesitaban mayor información para emprender acciones de búsqueda, pero las organizaciones dijeron que estaban haciendo lo que podían y reiteraron que quienes tenían la labor de investigar eran las entidades del Estado”, recordó la directora de la UBPD.
El defensor del Pueblo expidió el pasado 10 de junio una resolución en la que le pide al Gobierno profundizar las investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos por parte de agentes estatales. El documento pide que las autoridades prioricen el diálogo con los manifestantes, garanticen la protesta pacífica y que, en caso de que se capture a ciudadanos, se respeten sus derechos. Además, Camargo, le pidió a la Policía informar al PMU, la Procuraduría y Misiones de Verificación la identidad de las personas que estén bajo su custodia y su ubicación. Lo que, para muchas organizaciones, debió hacer el defensor del Pueblo desde el 28 de abril, en un país que, por el conflicto armado, cuenta más de 80.000 víctimas de desaparición forzada.
“A la fecha, existen tres denuncias por la comisión del delito de desaparición forzada en el marco de la protesta”. La cita es del informe que el propio fiscal general Francisco Barbosa le entregó esta semana a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su visita de trabajo a Colombia. La Defensoría del Pueblo, por su parte, reportó diez quejas por esta misma conducta. Mientras tanto, organizaciones sociales hablan de más de 700 casos de desaparición forzada. Las discrepancias en cifras no son un mero debate metodológico, sino que abren una discusión de fondo sobre cómo las autoridades están enfrentando la violencia en estas manifestaciones.
El Espectador consultó a abogados y plataformas de derechos humanos que han conocido de primera mano estos casos, así como a expertos en el fenómeno de la desaparición forzada, para entender cómo se ha manifestado este crimen en el paro nacional, que ya cumple 47 días. La Fiscalía, la Comisión de Búsqueda de Desaparecidos y la Defensoría han activado lo que llaman Mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU) para localizar a 572 personas. Esto significa que las entidades se coordinan con el objetivo de que en el menor tiempo posible se dé con el paradero de alguien que se presume como desaparecido. A la fecha, según el ente investigador, continúan sin aparecer 84 personas.
Desaparecidos en el paro: ¿podría activarse el Sistema Interamericano de Derechos Humanos?
La Fiscalía le aseguró a la CIDH que Colombia creó este mecanismo de búsqueda en cumplimiento de la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, aprobada por Naciones Unidas en 1992. Según la entidad, más de 700 investigadores en campo se han dedicado a la búsqueda de personas reportadas como desaparecidas. Adicionalmente, le aclaró el ente investigador a la Comisión, los MBU actúan de manera independiente de las investigaciones penales, pues su objetivo es “encontrar a una persona desaparecida, viva o muerta”. Es decir, no por cada persona reportada como desaparecida hay un proceso que busque dar con los responsables.
Lea: EE. UU. le pide a Colombia continuar buscando a los desaparecidos durante el Paro Nacional
Esta idea va en la misma línea de lo que le dijo el Ministerio de Defensa a la CIDH. En el informe que le entregaron a la Comisión, según la cartera que dirige Diego Molano, para hablar del delito de desaparición forzada se tienen que dar cuatro condiciones: privar de la libertad a una persona; ocultarla; no dar información de su paradero; y sustraer a la persona del amparo de la ley. “Estos requisitos son importantes para diferenciar la desaparición forzada como delito de la ausencia de información transitoria sobre alguna persona”, se lee en el documento de 125 páginas. Para referirse a los desaparecidos del paro, entonces, las autoridades han acudido a otro término: personas no localizadas.
La directora de la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas (UBPD), Luz Marina Monzón, entidad creada con el Acuerdo de Paz y cuyo mandato se centra en el conflicto armado, cree que este término no ayuda a cumplir con las obligaciones internacionales que tiene Colombia de prevenir la desaparición forzada. “No es sano, en ningún momento, que haya negacionismos o eufemismos. Pero mucho menos en un proceso de construcción de paz en el que se busca la no repetición, como el que atraviesa Colombia”, explicó Monzón a El Espectador. Y añadió que, precisamente, el MBU se utiliza cuando se presume que hay una desaparición, con lo cual no cabe decir que esta conducta no se cometió.
En el mismo sentido, María Clara Galvis, profesora de la Universidad Externado y exvicepresidenta del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, le explicó a este diario que: “Con independencia de las actividades para buscar a la persona, las investigaciones por desaparición forzada se deben abrir de oficio, es decir, sin necesidad de denuncia, y de manera inmediata tan pronto la autoridad estatal tenga noticia de que una persona pudo ser sometida a desaparición forzada. La investigación es justamente para saber si se trata de una desaparición forzada, de una desaparición cometida por un particular o si no se trata de ninguna de estas situaciones”.
La Fiscalía le aseguró a la CIDH que, a corte del 6 de junio, “en todos los casos de las personas que han sido ubicadas se ha descartado por completo la configuración del delito de desaparición forzada”. Y la propia vicefiscal, Martha Mancera, dijo en entrevista con El Tiempo que, en los casos que han revisado “jamás” se puede hablar de desapariciones forzadas, pues “no hay información que me permita decir que a esa persona la privaron de su libertad por cualquier medio y que la ocultaron, y que la persona que lo hizo no da respuesta del desaparecido”. No obstante, las organizaciones sociales y los abogados que han estado en terreno reportan un panorama distinto.
El escenario actual
El abogado Germán Romero y Alberto Yepes, investigador de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos y miembro de la Mesa de Trabajo sobre Desaparición Forzada, han conocido testimonios de primera mano sobre casos de esta naturaleza en el paro. Coinciden en que la Policía ha entorpecido la documentación de las detenciones, que luego terminan en reportes de personas desaparecidas. “La definición de la desaparición forzada no implica la muerte de la víctima. Ese es un delito adicional. En Colombia tenemos la tradición de que la desaparición ha tenido como fin la muerte y, usualmente, el ocultamiento en una fosa. Pero también hay desapariciones transitorias”, aseguró Yepes.
La abogada Galvis aclaró esto desde el derecho internacional: “La práctica de detener a personas arbitrariamente y llevarlas a lugares donde permanecen privadas de libertad sin que su paradero sea informado a sus familiares o allegados puede configurar una desaparición forzada de corta duración o desaparición forzada por breve tiempo. El Comité contra la Desaparición Forzada ha dicho, por ejemplo, en el caso Yrusta vs. Argentina, que, ‘para constituir una desaparición forzada, la privación de libertad debe ser seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento del paradero de la persona desaparecida, cualquiera sea la duración de dicha privación de libertad u ocultamiento’”.
Los abogados advierten, por ejemplo, que se han reportado casos en que abogados han ido a preguntar por personas detenidas y se les niega que estuvieran bajo custodia policial. “A los familiares que llegaban a las URI se les negó la información; las detenciones se prolongaron injustificadamente y hay casos documentados de abogados que llegaron con poder firmado y se les negaba que allí estuvieran las personas. Esta negativa de información que sigue a la detención es lo que en términos jurídicos configura la desaparición forzada (...) muchos detenidos denuncian que, cuando intentaron comunicarse, les quitaron sus celulares o les destruyeron la sim card”, advirtió Yepes.
El abogado Germán Romero dijo que, en las últimas semanas, la Policía ha perseguido a los manifestantes por callejones en medio de altas horas de la noche, en zonas despobladas, cañaduzales, barrios y lugares donde no hay más personas que den cuenta de las detenciones. “Hemos encontrado que no se hacen los registros de entrada en los centros de traslado, no se entrega o se entrega mutilada información de libros de población, se tienen relatos fiables de traslados a centros no identificados, no oficiales (coliseos, camiones, instalaciones deportivas) y, en algunos casos clandestinos, como casas alquiladas sin identificar”, aseguró el defensor Romero.
“Hubo un concierto de distintas entidades para producir este resultado. Ahí participaron la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo, porque, ¿qué sucedía en años anteriores? La Defensoría tenía a sus funcionarios acompañando a verificadores de derechos humanos. Uno por uno, anotaban a quién detenían y de inmediato se informaba al Puesto de Mando Unificado (PMU). Eran segundos entre la captura y el momento en que se conocía quiénes fueron detenidos, quién hizo el procedimiento y a dónde lo llevaron. Entre el 28 de abril y el 3 de mayo, la Defensoría no estuvo en las calles en la protesta. En el PMU del paro de 2021, la única silla vacía era la del defensor del pueblo, Carlos Camargo”, señaló Yepes.
Cuando este diario empezó a rastrear a personas que fueron reportadas como desaparecidas, encontró que muchas tienen miedo de denunciar los hechos. El abogado Romero explicó: “El miedo es la regla, las personas que recuperan su libertad, luego de ese circuito de clandestinidad y violaciones a los derechos humanos, sienten que han salvado su integridad y vida de milagro. Al haber sido reseñados, sus celulares revisados, obtenidos sus datos personales, sometidos a interrogatorios, tienen mucho miedo de denunciar, nos han informado de periodistas al igual que activistas que han sido amenazados por documentar casos de desaparición”.
Las cifras en Cali
La capital del Valle del Cauca ha sido el epicentro de este paro nacional, y a su vez el lugar desde donde más se han registrado violaciones a derechos humanos, según la propia Defensoría. Darnelly Rodríguez, miembro de la Misión de Verificación del Paro Nacional en Cali, cuenta que, según el último reporte que tienen, entre el 28 de abril y el 9 de junio de 2021, 170 personas fueron reportadas como desaparecidas, de las cuales 91 ya aparecieron vivas, una apareció muerta, tres casos en los que las familias confirman que sus seres queridos continúan desaparecidos y 75 personas de las cuales no se tiene información posterior al reporte.
El informe señala que algunas personas que aparecieron reportan que fueron detenidas, heridas y golpeadas por la fuerza pública. “Hacemos un llamado a las familias que realizaron los reportes para que informen si su familiar ya apareció. De lo contrario, que procedan a realizar las denuncias respectivas ante la Fiscalía. Igualmente, estamos solicitando a las autoridades competentes para que se active el MBU lo más pronto posible”, se lee en el informe de 13 páginas que reporta las desapariciones en Cali y Palmira, lugares donde la Fuerza Pública ha reforzado la presencia de uniformados. Este diario también intentó contactar a las autoridades locales y del Ministerio Público en el Valle, pero prefirieron no pronunciarse.
Las tres denuncias formales que indaga la Fiscalía sobre desapariciones forzadas son por hechos ocurridos los días 4 de mayo en Zaragoza (Antioquia), 18 de mayo en Caldas (Antioquia) y el 20 de mayo en Yumbo (Valle del Cauca). El joven desaparecido en Zaragoza es Samir David Solipas, un joven que fue detenido por la Policía en medio de las manifestaciones, posteriormente dejado en libertad y en el camino entre la estación y su casa se perdió todo rastro de él. “Por eso digo que estamos repitiendo los patrones del pasado”, comentó Monzón, la directora de la UBPD, pues esta forma de desaparición forzada fue recurrente en los 80 y 90, según ha documentado la justicia.
Por eso, ante el silencio de la Fiscalía y la Defensoría durante los primeros días del paro, cuando las cifras de ONG sobre desaparecidos rozaban los 400 casos, Monzón llamó a la vicefiscal Mancera y le pidió una reunión. El espacio se concretó ese mismo día y participaron decenas de organizaciones sociales, que entregaron sus cifras a las autoridades. “La Fiscalía respondió que necesitaban mayor información para emprender acciones de búsqueda, pero las organizaciones dijeron que estaban haciendo lo que podían y reiteraron que quienes tenían la labor de investigar eran las entidades del Estado”, recordó la directora de la UBPD.
El defensor del Pueblo expidió el pasado 10 de junio una resolución en la que le pide al Gobierno profundizar las investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos por parte de agentes estatales. El documento pide que las autoridades prioricen el diálogo con los manifestantes, garanticen la protesta pacífica y que, en caso de que se capture a ciudadanos, se respeten sus derechos. Además, Camargo, le pidió a la Policía informar al PMU, la Procuraduría y Misiones de Verificación la identidad de las personas que estén bajo su custodia y su ubicación. Lo que, para muchas organizaciones, debió hacer el defensor del Pueblo desde el 28 de abril, en un país que, por el conflicto armado, cuenta más de 80.000 víctimas de desaparición forzada.