Dosis mínima: cinco puntos clave para entender los cambios que hizo Petro
Estas son las claves para entender qué cambió y por qué en la más reciente decisión del presidente Gustavo Petro sobre el porte y consumo de la dosis mínima en Colombia.
El gobierno del presidente Gustavo Petro expidió un decreto con el que cambian las condiciones para el porte y consumo de la dosis mínima en Colombia. La nueva medida dejó algunos interrogantes sobre las libertades que tendrán los consumidores, así como las facultades que tendrá la Policía y los alcaldes de cada municipio para combatir la comercialización de estas sustancias. El Espectador le trae estos cinco puntos claves para entender realmente cuáles fueron los cambios que hizo el gobierno Petro sobre el tema.
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El gobierno del presidente Gustavo Petro expidió un decreto con el que cambian las condiciones para el porte y consumo de la dosis mínima en Colombia. La nueva medida dejó algunos interrogantes sobre las libertades que tendrán los consumidores, así como las facultades que tendrá la Policía y los alcaldes de cada municipio para combatir la comercialización de estas sustancias. El Espectador le trae estos cinco puntos claves para entender realmente cuáles fueron los cambios que hizo el gobierno Petro sobre el tema.
En contexto: Gobierno Petro derogó decreto que prohibía tener drogas en espacios públicos
1. Tumba el prohibicionismo del gobierno de Iván Duque
La decisión que tomó el gobierno de Gustavo Petro (decreto 2114 de 2023), tumba el decreto 1844 de 2018, con el cual el entonces presidente Iván Duque reglamentaba parcialmente el Código de Policía en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas. Con ese decreto, Duque facultó a la Policía para destruir o decomisar la droga que excediera la cantidad permitida de dosis mínima –20 gramos de marihuana, uno de cocaína y cinco de hachís— y también permitía que el portador de la droga pudiera ser judicializado si no lograba demostrar que las sustancias no estaban destinadas a la comercialización o distribución.
Para Julián Quintero, sociólogo y director de la organización Échele Cabeza, la decisión del gobierno Petro también “endereza el camino de las libertades individuales y arregla un error que había cometido el gobierno de Iván Duque”. De acuerdo con Quintero, la derogación del decreto de Duque también “elimina un motivo de confrontación social y que afecta la convivencia” entre la fuerza pública y los consumidores.
2. ¿Qué puede y qué no puede hacer ahora la Policía?
Iván Duque, en su mandato, le dio la facultad a la Policía de decomisar y destruir la droga que le encontrara a los consumidores en espacio público. Además, podrían imponer multas a quienes consuman estas sustancias. Ahora, según el propio presidente Gustavo Petro, la Policía lo que debe hacer es dejar de perseguir al consumidor y concentrarse en los capos del microtráfico. Para el mandatario, con el decreto de su antecesor, “se construyó como enemigo interno a la juventud barrial, eso llevó al ajusticiamiento de miles de jóvenes y al estallido social respondido por el Estado con decenas de muertos y miles de detenidos, todos jóvenes”.
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Ahora, señala el jefe de Estado, “esa guerra contra la juventud ha terminado”. Para Petro, la Policía en vez de perseguir a los consumidores “debe lograr acabar las desconfianzas barriales con la juventud y centrarse en lo que la ley prohíbe. Capturar al capo, al lavador de dólares, y capturar a los delincuentes que azotan a la ciudadanía. La juventud del barrio no es el enemigo, es la Nación futura”, como lo escribió en su cuenta de X (antes Twitter).
El directo de Échele Cabeza aseguró en diálogo con este diario que desde la organización Acción Técnica Social, hicieron un estudio sobre las razones que detonaban las confrontaciones entre ciudadanos y miembros de la fuerza pública. De acuerdo con Quintero, las multas que imponía la Policía, incluidas las que son por porte de dosis mínima, son uno de los mayores detonantes para la violencia y el abuso policial. Con su decreto, Iván Duque, dice el experto, lo que hizo fue “aumentar la violencia en el contexto urbano”.
3. Los alcaldes deben decidir sobre el consumo en espacios públicos
La decisión tomada por el gobierno Petro fue duramente criticada por algunos de los alcaldes electos en el país y que tomarán posesión de sus cargos el próximo 1 de enero. Sin embargo, serán ellos quienes, de acuerdo con lo manifestado por el Ejecutivo, tendrán la facultad de establecer los parámetros para el consumo en cada uno de sus municipios y ciudades. El jefe de Estado explicó que, a pesar de los cambios, “la prohibición de consumo en lugares públicos lo debe establecer cada municipio. También esto es mandato de la Corte Constitucional que acatamos y con la que estamos de acuerdo”.
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4. Da cumplimiento a las órdenes de las altas cortes sobre el tema
El porte y consumo de la dosis mínima de droga fue fijada desde 1994 por la Corte Constitucional, que estableció que no puede ser perseguido o penalizado un consumidor. Sin embargo, en cada gobierno se le ha dado la vuelta a la norma para ampliar o acortar su alcance en el país. Ahora, el decreto de la actual administración nacional señala que la derogación se hizo también para dar cumplimiento a lo determinado por el alto tribunal en la sentencia C-221 de 1994, en la que se estableció que quien consuma sustancias en sitios públicos no debe ser sujeto de persecuciones policiales, porque iría en contravía del derecho a la libertad y la igualdad.
La Corte Constitucional en su decisión señala que el consumo de drogas es una decisión personal y que no puede perseguirse a nadie por hacerlo. Además, la decisión del alto tribunal señala que perseguir a un consumidor “es abusivo, por tratarse de una órbita precisamente sustraída al derecho y es vedada para un ordenamiento que encuentra en la libre determinación y en la dignidad de la persona (autónoma para elegir su propio destino)”.
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Más recientemente, en mayo de este año, la Corte permitió de nuevo el consumo de la dosis mínima en espacios públicos. El alto tribunal revisó y avaló la Ley 2000 de 2019 que prohibió el consumo y porte en parques o áreas del espacio público; sin embargo, consideró que esa norma es muy general y que los Consejos y Asambleas tendrán que establecer los lugares para que el consumo no afecte a menores de edad. Pero, lo que sí mantuvo la Corte es que se debe mantener la restricción, siempre y cuando el porte de droga sea diferente al consumo de la dosis mínima.
5. No se deja de perseguir el tráfico de droga
El ministro de Justicia Néstor Osuna ha sido enfático en decir que el decreto del gobierno Petro “no elimina la prohibición de comercio, ni de tráfico, de microtráfico, ni ningún comercio de drogas. Eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana”. Por su parte, el presidente Petro ha señalado que con los cambios, ahora la Policía —a la cual señala de perseguir a la juventud— debe concentrarse ahora en “capturar al capo, al lavador de dólares, y capturar a los delincuentes que azotan a la ciudadanía” y no a los consumidores.
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