El caso Uribe aterrizó en la justicia ordinaria con un pulso por el proceso aplicable
Ante una jueza de garantías de Bogotá inició su curso en la justicia ordinaria el caso Uribe. La defensa del senador Iván Cepeda pidió que el expediente continúe su curso en la Ley 600 del 2000, como venía de la Corte Suprema. Fiscalía, Procuraduría y defensa del expresidente se opusieron.
Este miércoles, ante la jueza 30 de control de garantías de Bogotá, el caso por presunta manipulación de testigos que se le sigue al expresidente Álvaro Uribe aterrizó en la justicia ordinaria. El expediente pasó a manos de la Fiscalía desde el pasado 31 de agosto, cuando por unanimidad la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, corporación que venía llevando el caso, decidió que perdió competencia para investigar al líder natural del Centro Democrático luego de que este renunciara al Senado.
El Espectador le cuenta el minuto a minuto de la primera diligencia judicial del caso contra el expresidente en la justicia ordinaria. La diligencia se retomará el próximo 22 de septiembre a las 9:00 a.m.
9:00 a.m.
La diligencia comenzó de manera virtual con la presentación de las partes así como de los motivos que convocan a la audiencia: La solicitud formal de la defensa de Uribe para que le levanten la medida de aseguramiento de casa por cárcel y pueda quedar en libertad, y la petición del exfiscal general Eduardo Montealegre y el exvicefiscal Jorge Fernando Perdomo de ser reconocidos como víctimas en el proceso que se le sigue a Uribe.
Y, por último, la petición del senador Iván Cepeda, quien funge como víctima en el caso, de que el proceso continúe su curso en la Ley 600, como venía en la Corte, y no en la Ley 906, como decidió la Fiscalía. El meollo del asunto es que la Sala de Instrucción, que investiga a aforados como congresistas, ministros y embajadores, opera bajo la Ley 600 de 2000, procedimiento que, para las personas que no tienen esos altos cargos, fue reformado por el Sistema Penal Acusatorio.
10:45 a.m.
El abogado del senador Iván Cepeda, Reynaldo Villalba, comenzó a sustentar su petición de que el proceso contra el senador Uribe continúe en Ley 600. En ese sistema, como ya ocurrió, el fiscal lleva toda la investigación previa, decide si llama a indagatoria al procesado y luego, si le impone una medida restrictiva de la libertad. En el sistema penal acusatorio, sistema que la Fiscalía decidió para el caso Uribe, todos esos pasos previos al juicio son distintos y requieren del control de un juez de garantías.
El asunto, aunque muy procesal, no es menor, porque podría significar que las pruebas que alcanzó a adelantar la Corte en la investigación contra Uribe se pierdan o se puedan utilizar en el caso. Según Villalba dijo en la audiencia, “para el caso que nos ocupa, no se trata de un tránsito legislativo, sino de la coexistencia de dos sistemas”, y, asegura, para una coexistencia de sistemas penales tal, la ley y las cortes han dicho que se debe mantener “la armonía del proceso”. “La ley a aplicar es la Ley 600″, dijo.
11:30 a.m.
El exfiscal general Eduardo Montealegre respaldó la solicitud de la defensa de Cepeda de que el proceso se quede en Ley 600. “Comparto la tesis de Villalba de que esto no es tránsito, sino la coexistencia de dos modelos que están vigentes en Colombia”, aseguró Montealegre. Sin embargo, el exfiscal general fue un paso más allá y aseguró que el proceso no debe llevarse ante un juez ordinario, sino que la competencia de llevar el juzgamiento sigue en cabeza de la Corte Suprema de Justicia. Para explicar su posición, Montealegre recurrió al concepto de juez natural.
Según explicó el juez natural es un garantía básica del derecho al debido proceso. “El juez competente cuando se cometieron los hechos —por los que viene siendo investigado el expresidente Uribe Vélez— era la Ley 600 y la investigación y juzgamiento estaba a cargo de la Corte Suprema de Justicia. Luego, en este caso, se podría estar violando esa garantía de juez natural”, aseguró el exfiscal. La competencia para la investigación, según Montealegre, es de un fiscal delegado ante la Corte para investigar y el juzgamiento ante la Corte Suprema de Justicia, bajo el modelo de la Ley 600.
12:00 p.m.
El exvicefiscal Jorge Perdomo, que también pidió ser reconocido como víctima, dio un espaldarazo a Cepeda y Montealegre. Para Perdomo, el proceso debe continuar su curso en la Ley 600 para evitar entorpecer los pasos que ya se han dado. En sus palabras, pasar el expediente al sistema penal acusatorio es , “dar un cambio abrupto en el proceso, en la dinámica de la prueba, como el que se haría aquí de no mantener el proceso en ley 600 desanima a muchos de los testigos, perjudica a las víctimas y, en mi opinión, al mismo sistema judicial en su gestión”.
12:15 p.m.
El fiscal del caso, Gabriel Jaimes, se opuso a que el caso pase al sistema penal acusatorio. Según Jaimes, “en la justicia ordinaria el factor temporal de la ocurrencia de los hechos es el que determina el procedimiento aplicable”, y, como el expresidente es investigado por hechos ocurridos en 2018, debería, según esa visión, ser investigado por la Ley 906 de 2004, que es la norma vigente. Además, precisó el fiscal, esa misma ley es muy clara en las excepciones a su aplicabilidad y ninguna, aseguró el funcionario, entraría en este proceso.
Asimismo, Jaimes sostuvo que la Ley 906 de 2004 o sistema penal acusatorio es mucho más “garantista”, precisamente porque todo el proceso es más público. El fiscal aseguró que, en este caso, no solo las partes, sino todo el país, deberían conocer cada una de las pruebas y cada cosa que ocurra en el caso. Tal escenario, sin embargo, solo es posible en la Ley 906, indicó Jaimes.
12:25 p.m.
La procuradora del caso, María Lourdes Hernández, se puso del lado de la Fiscalía y pidió que el expediente se tramite en la Ley 906 de 2004. Según la funcionaria judicial, el sistema penal acusatorio “está basado en el debido proceso”, mientras que la Ley 600 es “inquisitiva”. Además, en su postura, aquí opera el fenómeno contrario a cuando la Corte Suprema asume investigaciones contra aforados que llevaba la Fiscalía. En esos casos los procesos pasan de la Ley 906 a Ley 600, lo opuesto a lo que ocurriría en el caso Uribe, así que, “es claro que el tránsito de una legislación a otra en razón del fuero de la persona está claramente avalado por la jurisprudencia”, aseguró la procuradora.
12:45 p.m.
El abogado del expresidente Uribe, Jaime Granados, se opuso también a que el caso pase a la Ley 600 de 2000. En su concepto, retomando incluso lo dicho por la procuradora Hernández y el fiscal Jaimes, el proceso del sistema penal acusatorio (ley 906) es mucho más garantista. Así, aunque Granados insistió en que por la ocurrencia de los hechos la ley aplicable es la 906, en caso de que la jueza quisiera evaluar de fondo la petición del senador Cepeda, debería tener en cuenta la favorabilidad penal y allí, el camino que le brindaría más garantías al expresidente Uribe Vélez sería el sistema penal acusatorio.
1:00 p.m.
La jueza 30 de garantías suspendió la audiencia para analizar los argumentos de todas las partes y decidir, de fondo, bajo qué sistema se llevará el proceso contra Uribe. La diligencia se retomará el próximo 22 de septiembre a las 9:00 a.m.
Aquí puede ver en vivo la transmisión de la audiencia.
El origen del caso contra Uribe
En febrero de 2012, durante un debate de control político sobre la génesis y auge del paramilitarismo en Antioquia, el entonces representante a la Cámara Iván Cepeda presentó graves denuncias relacionadas con la hacienda Guacharacas, que fue propiedad de los Uribe, ubicada en la región del Nus, entre San Roque y Yolombó, en el nordeste antioqueño. Cepeda reveló que, según testimonios de Juan Guillermo Monsalve, extrabajador de esa finca, y de un paramilitar conocido como Pablo Hernán Sierra, alias Alberto Guerrero, excomandante del Bloque Cacique Pipintá de las Auc, la finca había sido sede del Bloque Metro de los paramilitares.
“Los fundadores y creadores de lo que se terminó llamando el Bloque Metro son el señor expresidente Ávaro Uribe Vélez, Santiago Uribe su hermano, Santiago Gallón, Luis Villegas y Juan Guillermo Villegas”, reveló alias Alberto Guerrero al congresista Cepeda en agosto de 2011. En el curso del debate de 2012, lo presentó como una prueba de sus denuncias. Álvaro Uribe negó los señalamientos, reiteró que desde 1983 había dejado de ir a la hacienda, y para demostrar su desacuerdo con Cepeda, el mismo día del debate acudió a la Corte Suprema para denunciar al congresista del Polo por la presunta manipulación de las versiones de los exparamilitares.
En septiembre de 2014, cuando ya Uribe Vélez ejercía en condición de senador, Cepeda promovió un nuevo debate en el Congreso sobre paramilitarismo en Antioquia, y volvió a chocar con el expresidente. Uribe radicó en la Corte Suprema un memorial para que se tuvieran en cuenta varias entrevistas realizadas por un investigador privado a los exparamilitares Ramiro de Jesús Henao, alias Simón y Gabriel Muñoz Ramírez, alias Castañeda, que señalaron a Cepeda de hacer ofrecimientos a cambio de declarar contra Uribe.
La Corte Suprema se tomó seis años para adoptar una decisión, y en febrero de 2018, archivó la denuncia contra Cepeda señalando que no había pruebas para avanzar en esa indagación. Asimismo, ordenó que quien debía ser investigado por presunta manipulación de testigos y soborno debía ser el expresidente. Seis días después, el alto tribunal recibió información de la defensa de Iván Cepeda sobre supuestas presiones a Juan Guillermo Monsalve para cambiar su testimonio, razón por la cual la Corte Suprema abrió otra investigación a Uribe Vélez y lo llamó a indagatoria, junto con el representante a la Cámara por el departamento del Huila, Álvaro Hernán Prada, quien habría participado en esos hechos.
Este miércoles, ante la jueza 30 de control de garantías de Bogotá, el caso por presunta manipulación de testigos que se le sigue al expresidente Álvaro Uribe aterrizó en la justicia ordinaria. El expediente pasó a manos de la Fiscalía desde el pasado 31 de agosto, cuando por unanimidad la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, corporación que venía llevando el caso, decidió que perdió competencia para investigar al líder natural del Centro Democrático luego de que este renunciara al Senado.
El Espectador le cuenta el minuto a minuto de la primera diligencia judicial del caso contra el expresidente en la justicia ordinaria. La diligencia se retomará el próximo 22 de septiembre a las 9:00 a.m.
9:00 a.m.
La diligencia comenzó de manera virtual con la presentación de las partes así como de los motivos que convocan a la audiencia: La solicitud formal de la defensa de Uribe para que le levanten la medida de aseguramiento de casa por cárcel y pueda quedar en libertad, y la petición del exfiscal general Eduardo Montealegre y el exvicefiscal Jorge Fernando Perdomo de ser reconocidos como víctimas en el proceso que se le sigue a Uribe.
Y, por último, la petición del senador Iván Cepeda, quien funge como víctima en el caso, de que el proceso continúe su curso en la Ley 600, como venía en la Corte, y no en la Ley 906, como decidió la Fiscalía. El meollo del asunto es que la Sala de Instrucción, que investiga a aforados como congresistas, ministros y embajadores, opera bajo la Ley 600 de 2000, procedimiento que, para las personas que no tienen esos altos cargos, fue reformado por el Sistema Penal Acusatorio.
10:45 a.m.
El abogado del senador Iván Cepeda, Reynaldo Villalba, comenzó a sustentar su petición de que el proceso contra el senador Uribe continúe en Ley 600. En ese sistema, como ya ocurrió, el fiscal lleva toda la investigación previa, decide si llama a indagatoria al procesado y luego, si le impone una medida restrictiva de la libertad. En el sistema penal acusatorio, sistema que la Fiscalía decidió para el caso Uribe, todos esos pasos previos al juicio son distintos y requieren del control de un juez de garantías.
El asunto, aunque muy procesal, no es menor, porque podría significar que las pruebas que alcanzó a adelantar la Corte en la investigación contra Uribe se pierdan o se puedan utilizar en el caso. Según Villalba dijo en la audiencia, “para el caso que nos ocupa, no se trata de un tránsito legislativo, sino de la coexistencia de dos sistemas”, y, asegura, para una coexistencia de sistemas penales tal, la ley y las cortes han dicho que se debe mantener “la armonía del proceso”. “La ley a aplicar es la Ley 600″, dijo.
11:30 a.m.
El exfiscal general Eduardo Montealegre respaldó la solicitud de la defensa de Cepeda de que el proceso se quede en Ley 600. “Comparto la tesis de Villalba de que esto no es tránsito, sino la coexistencia de dos modelos que están vigentes en Colombia”, aseguró Montealegre. Sin embargo, el exfiscal general fue un paso más allá y aseguró que el proceso no debe llevarse ante un juez ordinario, sino que la competencia de llevar el juzgamiento sigue en cabeza de la Corte Suprema de Justicia. Para explicar su posición, Montealegre recurrió al concepto de juez natural.
Según explicó el juez natural es un garantía básica del derecho al debido proceso. “El juez competente cuando se cometieron los hechos —por los que viene siendo investigado el expresidente Uribe Vélez— era la Ley 600 y la investigación y juzgamiento estaba a cargo de la Corte Suprema de Justicia. Luego, en este caso, se podría estar violando esa garantía de juez natural”, aseguró el exfiscal. La competencia para la investigación, según Montealegre, es de un fiscal delegado ante la Corte para investigar y el juzgamiento ante la Corte Suprema de Justicia, bajo el modelo de la Ley 600.
12:00 p.m.
El exvicefiscal Jorge Perdomo, que también pidió ser reconocido como víctima, dio un espaldarazo a Cepeda y Montealegre. Para Perdomo, el proceso debe continuar su curso en la Ley 600 para evitar entorpecer los pasos que ya se han dado. En sus palabras, pasar el expediente al sistema penal acusatorio es , “dar un cambio abrupto en el proceso, en la dinámica de la prueba, como el que se haría aquí de no mantener el proceso en ley 600 desanima a muchos de los testigos, perjudica a las víctimas y, en mi opinión, al mismo sistema judicial en su gestión”.
12:15 p.m.
El fiscal del caso, Gabriel Jaimes, se opuso a que el caso pase al sistema penal acusatorio. Según Jaimes, “en la justicia ordinaria el factor temporal de la ocurrencia de los hechos es el que determina el procedimiento aplicable”, y, como el expresidente es investigado por hechos ocurridos en 2018, debería, según esa visión, ser investigado por la Ley 906 de 2004, que es la norma vigente. Además, precisó el fiscal, esa misma ley es muy clara en las excepciones a su aplicabilidad y ninguna, aseguró el funcionario, entraría en este proceso.
Asimismo, Jaimes sostuvo que la Ley 906 de 2004 o sistema penal acusatorio es mucho más “garantista”, precisamente porque todo el proceso es más público. El fiscal aseguró que, en este caso, no solo las partes, sino todo el país, deberían conocer cada una de las pruebas y cada cosa que ocurra en el caso. Tal escenario, sin embargo, solo es posible en la Ley 906, indicó Jaimes.
12:25 p.m.
La procuradora del caso, María Lourdes Hernández, se puso del lado de la Fiscalía y pidió que el expediente se tramite en la Ley 906 de 2004. Según la funcionaria judicial, el sistema penal acusatorio “está basado en el debido proceso”, mientras que la Ley 600 es “inquisitiva”. Además, en su postura, aquí opera el fenómeno contrario a cuando la Corte Suprema asume investigaciones contra aforados que llevaba la Fiscalía. En esos casos los procesos pasan de la Ley 906 a Ley 600, lo opuesto a lo que ocurriría en el caso Uribe, así que, “es claro que el tránsito de una legislación a otra en razón del fuero de la persona está claramente avalado por la jurisprudencia”, aseguró la procuradora.
12:45 p.m.
El abogado del expresidente Uribe, Jaime Granados, se opuso también a que el caso pase a la Ley 600 de 2000. En su concepto, retomando incluso lo dicho por la procuradora Hernández y el fiscal Jaimes, el proceso del sistema penal acusatorio (ley 906) es mucho más garantista. Así, aunque Granados insistió en que por la ocurrencia de los hechos la ley aplicable es la 906, en caso de que la jueza quisiera evaluar de fondo la petición del senador Cepeda, debería tener en cuenta la favorabilidad penal y allí, el camino que le brindaría más garantías al expresidente Uribe Vélez sería el sistema penal acusatorio.
1:00 p.m.
La jueza 30 de garantías suspendió la audiencia para analizar los argumentos de todas las partes y decidir, de fondo, bajo qué sistema se llevará el proceso contra Uribe. La diligencia se retomará el próximo 22 de septiembre a las 9:00 a.m.
Aquí puede ver en vivo la transmisión de la audiencia.
El origen del caso contra Uribe
En febrero de 2012, durante un debate de control político sobre la génesis y auge del paramilitarismo en Antioquia, el entonces representante a la Cámara Iván Cepeda presentó graves denuncias relacionadas con la hacienda Guacharacas, que fue propiedad de los Uribe, ubicada en la región del Nus, entre San Roque y Yolombó, en el nordeste antioqueño. Cepeda reveló que, según testimonios de Juan Guillermo Monsalve, extrabajador de esa finca, y de un paramilitar conocido como Pablo Hernán Sierra, alias Alberto Guerrero, excomandante del Bloque Cacique Pipintá de las Auc, la finca había sido sede del Bloque Metro de los paramilitares.
“Los fundadores y creadores de lo que se terminó llamando el Bloque Metro son el señor expresidente Ávaro Uribe Vélez, Santiago Uribe su hermano, Santiago Gallón, Luis Villegas y Juan Guillermo Villegas”, reveló alias Alberto Guerrero al congresista Cepeda en agosto de 2011. En el curso del debate de 2012, lo presentó como una prueba de sus denuncias. Álvaro Uribe negó los señalamientos, reiteró que desde 1983 había dejado de ir a la hacienda, y para demostrar su desacuerdo con Cepeda, el mismo día del debate acudió a la Corte Suprema para denunciar al congresista del Polo por la presunta manipulación de las versiones de los exparamilitares.
En septiembre de 2014, cuando ya Uribe Vélez ejercía en condición de senador, Cepeda promovió un nuevo debate en el Congreso sobre paramilitarismo en Antioquia, y volvió a chocar con el expresidente. Uribe radicó en la Corte Suprema un memorial para que se tuvieran en cuenta varias entrevistas realizadas por un investigador privado a los exparamilitares Ramiro de Jesús Henao, alias Simón y Gabriel Muñoz Ramírez, alias Castañeda, que señalaron a Cepeda de hacer ofrecimientos a cambio de declarar contra Uribe.
La Corte Suprema se tomó seis años para adoptar una decisión, y en febrero de 2018, archivó la denuncia contra Cepeda señalando que no había pruebas para avanzar en esa indagación. Asimismo, ordenó que quien debía ser investigado por presunta manipulación de testigos y soborno debía ser el expresidente. Seis días después, el alto tribunal recibió información de la defensa de Iván Cepeda sobre supuestas presiones a Juan Guillermo Monsalve para cambiar su testimonio, razón por la cual la Corte Suprema abrió otra investigación a Uribe Vélez y lo llamó a indagatoria, junto con el representante a la Cámara por el departamento del Huila, Álvaro Hernán Prada, quien habría participado en esos hechos.