El desorden de los alcaldes de Colombia para regular el porte y consumo de drogas
Pese a que la dosis mínima está permitida en Colombia desde 1994, la norma parece que solo la cumplen unos cuantos y, dependiendo de las tendencias políticas, cada quien interpreta a su parecer la mejor manera de regular el consumo de sustancias psicoactivas. Radiografía nacional de un desorden.
Jhoan Sebastian Cote
@SebasCote95 / jcote@elespectador.com
En la noche de este 15 de febrero, la alcaldía de Pasto de Nicolás Toro dispuso a miembros de la Fuerza Pública para hacer requisas en zonas públicas, que dejaron varias capturas y el decomiso de sustancias psicoactivas. Las fotos del procedimiento muestran a militares del Ejército esculcando en los bolsillos de los transeúntes, a quienes les decomisaron decenas de encendedores, una caja de fósforos, dos jeringas, pipas para fumar marihuana y otro puñado de sustancias que, por su tamaño, caben dentro de la definición de dosis personal. Lo que suele ser anunciado como un resultado contra el microtráfico, en realidad, pudo haber sido una clara violación a la ley, pues el porte de sustancias psicoactivas de uso personal está permitido en Colombia desde hace 30 años.
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En la noche de este 15 de febrero, la alcaldía de Pasto de Nicolás Toro dispuso a miembros de la Fuerza Pública para hacer requisas en zonas públicas, que dejaron varias capturas y el decomiso de sustancias psicoactivas. Las fotos del procedimiento muestran a militares del Ejército esculcando en los bolsillos de los transeúntes, a quienes les decomisaron decenas de encendedores, una caja de fósforos, dos jeringas, pipas para fumar marihuana y otro puñado de sustancias que, por su tamaño, caben dentro de la definición de dosis personal. Lo que suele ser anunciado como un resultado contra el microtráfico, en realidad, pudo haber sido una clara violación a la ley, pues el porte de sustancias psicoactivas de uso personal está permitido en Colombia desde hace 30 años.
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El alcalde Toro, de otro lado, está en deuda con la justicia y con sus ciudadanos, pues, justamente, debe expedir cuanto antes la reglamentación para el porte y consumo de sustancias psicoactivas en espacio público, que atienda la más reciente sentencia de la Corte Constitucional en la materia. En esa sentencia, de 2023, el alto tribunal determinó que los alcaldes de Colombia deben crear reglamentaciones que respeten el libre desarrollo de la personalidad de portadores y consumidores de droga, pero también el derecho de los menores de edad a crecer en un ambiente sano. El Espectador hizo un mapeo por capitales del país y encontró que algunos mandatarios, como Toro, no lo han hecho. Y quienes sí, lo hicieron de maneras tan diferentes que no hay una regla clara en el asunto.
El mapeo de los decretos se concentró en Arauca, Pereira, Medellín, Santa Marta, Barranquilla, Manizales, Cartagena, Montería, Yopal, Cúcuta, Villavicencio, Bucaramanga, Armenia, Sincelejo y Leticia; ciudades donde sus respectivos alcaldes y alcaldesas han expedido, vía decreto, reglamentaciones, a la luz de la última sentencia de la Corte. No fue posible hacer el mapeo con ciudades como la capital del país, Bogotá, porque sus mandatarios no han decretado nada, dejando vigentes reglas que datan de hasta 2019. O, porque no es posible acceder al documento en su página web. Ese es el caso de Cali, Tunja, Mitú, Quibdó, San Andrés, Inírida, Florencia, Riohacha o San José del Guaviare. De la Alcaldía de Bogotá le respondieron a este diario que siguen en estudio, al igual que en Cali.
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Según la regla que deben seguir las Alcaldías de todo el país, cualquier cambio en la regulación tiene que ir al compás de lo que la Corte ordenó el año pasado. De entrada, el alto tribunal dijo que perseguir el porte de la dosis mínima, legal desde 1994, no era efectivo en términos de seguridad y convivencia, pues no tiene efectos externos y no pone en riesgo los derechos de los niños. De la misma forma, el alto tribunal reconoció que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a estar fuera de peligros que vulneren su crecimiento en un ambiente sano, lo cual riñe con el libre desarrollo de la personalidad de los consumidores. En ese sentido, invitó a los alcaldes del país a que negociaran entre ambos sectores y, de ser posible, que fueran lo más precisos en términos de zonas de restricción, horarios de consumo y metraje a la redonda.
Examinando caso a caso
En el caso de Barranquilla, el alcalde Alejandro Char decretó prohibir el porte de sustancias psicoactivas, “inclusive la dosis personal” en parques, plazas y malecones. La Policía vigilará que esto no suceda en 100 metros a la redonda de esos sitios, sin que se especifique horario del día, por lo que se podría asumir que la restricción es de 24 horas, los siete días a la semana. El decreto invoca el Código Nacional de Convivencia y Seguridad Ciudadana, que prevé multas de hasta 1′300.000 por este tipo de conductas. En Villavicencio, 10 días antes de irse, el exalcalde Juan Felipe Harman no solo prohibió el porte y el consumo, también prometió que los policías realizarán “operativos permanentes y continuos en más de 1.300 lugares de espacio público, parques y zonas verdes”.
El siguiente mapa muestra las zonas donde se prohíbe el porte de drogas con fines personales o medicinales en el centro de Barranquilla. Para Temblores ONG, la restricción afecta el derecho a la libre locomoción de los ciudadanos. En rosa, las instituciones educativas. En amarillo, los parques. Y en naranja, las zonas traslapadas.
Los problemas de comunicación se evidencian, por ejemplo, en el decreto de Cartagena, expedido por el alcalde Dumek Turbay. En uno de sus artículos cita el decreto 1844 de 2018 del gobierno de Iván Duque, que le permitía a la Policía Nacional cobrar multas por incautar sustancias psicoactivas en espacio público. Sin embargo, esta disposición fue derogada por el gobierno de Gustavo Petro a finales del año pasado. Al final, este tipo de confusiones terminan en un “enredo normativo” en contra de la misma ciudadanía, como explica Alejandro Lanz, codirector de Temblores. “Esa identificación normativa no debe estar a cargo del colombiano, sino en cabeza del Estado al momento de expedir las leyes”, aseguró.
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No obstante, se reconoce que el alcalde Turbay fue uno de los pocos que no fue partidario de la prohibición absoluta, dado que ofreció como horas valle sin restricción para el consumo de entre las 11 p.m. hasta las 5 a.m. La medida aplica para instituciones educativas, parques, plazas, zonas deportivas, instituciones de salud, iglesias y zonas de interés cultural, a excepción del Centro Histórico, donde la restricción de consumo de drogas, se supone, será total durante toda la semana. Sin embargo, la normatividad de Cartagena cae en el error de prohibir el porte de sustancias psicoactivas, incluso las que correspondan a la dosis mínima. Con el agravante de que la sanción, en este caso, podría ser de una multa de hasta $1′300.000.
En el caso de Medellín, el alcalde Federico Gutiérrez decretó como zonas de restricción de consumo a establecimientos educativos, parques y plazas públicas y centros deportivos y recreativos. El perímetro será de 100 metros y, en líneas generales, Temblores ONG considera que es un decreto que se ajusta a la legalidad y que, si es demandado, probablemente quede en pie por ajustarse a lo dicho por la Corte. No obstante, la representante a la Cámara, Susana Boreal, de la Colombia Humana, inició un incidente de desacato ante la Corte por lo que consideró una “prohibición absoluta al consumo”. Según ella, aunque el alcalde Gutiérrez fue muy preciso en los lugares donde no se puede consumir, aun así, violaría derechos como la igualdad o el libre desarrollo de la personalidad.
Para Temblores ONG, casos como el de Armenia, administrado por James Padilla, significan una violación completa a la última sentencia de la Corte Constitucional, pues no habría balance a favor de los consumidores y su libre desarrollo de la personalidad. En el decreto de Armenia, si bien no se restringió el porte, quedó prohibido el consumo a 100 metros a la redonda de los siguientes lugares: instituciones educativas, instituciones de salud, centros culturales, centros religiosos, casetas de juntas de acción comunal, escenarios deportivos, parques, plazoletas, zonas de interés cultural, discotecas, casinos, gimnasios y hasta terminales de transporte público. Es decir, un enfoque claramente prohibicionista, para la ONG veedora de políticas públicas sobre drogas.
Hay casos de una magnitud geográfica impresionante, como el del municipio de Garzón (Huila), donde la mayoría del espacio urbano está restringido para el porte de sustancias psicoactivas de uso personal o medicinal. Así lo demuestra este mapa diseñado por Temblores.
Más allá de los papeles
Sobre los alcaldes y alcaldesas que restringieron gran parte del espacio público, Estefanía Ciro, directora de A La Orilla del Río, centro de pensamiento especializado en políticas de droga, comenta: “La consecuencia de la falta de uniformidad en los decretos principalmente va a ser mayor exposición de los usuarios de drogas a las arbitrariedades del prohibicionismo, expresada en maltrato por parte de la Policía y rechazo por parte de la sociedad. El enfoque de drogas está politizado y, seguramente, habrá alcaldes que busquen tener posiciones confrontativas con el Gobierno Nacional. Y la dirección de política de drogas del Ministerio de Justicia ha perdido margen de maniobra en ese aspecto”.
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El Ministerio de Justicia, también por orden de la Corte Constitucional, compartió, el pasado 10 de enero, un protocolo para que los alcaldes se guíen, bajo la mecánica de la nueva política de drogas, para la creación de sus decretos. En la investigación realizada por El Espectador, tan solo la Alcaldía de Santa Marta, de Carlos Alberto Pinedo, siguió a cabalidad las recomendaciones del Ejecutivo y, al mismo tiempo, la normativa vigente de la Corte Constitucional. En un documento de siete páginas, al alcalde de Santa Marta prohibió el consumo en ocho diferentes zonas de la ciudad, que incluyen playas, pero, a diferencia del resto de ciudades, habrá una señalización clara sobre el perímetro de restricción. Asimismo, la Alcaldía se comprometió a hacer pedagogía sobre prevención.
El caso de Bucaramanga demuestra que, del dicho al hecho, hay trecho. Durante su campaña a la alcaldía, Jaime Beltrán se mostró como uno de los principales opositores a las ideas de la nueva política de drogas. En su cuenta de X ha publicado mensajes como: “Vamos a devolverle los parques a los niños y las familias”. Tal es su discurso en contra del consumo, que ha sido denominado como el “Bukele colombiano”, por su afinidad política con el presidente salvadoreño. Sin embargo, fue de los alcaldes que menos metrajes a la redonda protegerá del consumo, con 60 metros. De hecho, sus vecinos en Floridablanca protegerán 100 metros y sus vecinos de Girón, 200 metros. En contraste con otras capitales, Beltrán solo restringió el consumo en parques, zonas de interés cultural y centros educativos y deportivos.
Al final, los decretos de los alcaldes son múltiples. El que menos zonas protege del porte o consumo de drogas, lo hace en tres tipos de lugares, y el que más, en prácticamente todo el espacio público, como Padilla, en Armenia. El perímetro de restricción va desde 50 metros, hasta 200 metros, según cada administración. Para Alejandro Lanz, de Temblores, todo se reduce en que los decretos con falencias normativas permitirán la violación del derecho a la libre locomoción. “Se restringen desplazamientos cotidianos, porque el portador está en una constante contravención, a pesar de que la Corte Constitucional ordenó que no se persiguiera el porte. En la práctica, esto es un escenario propicio para que se presenten errores en la imposición de comparendos y que existan procedimientos irregulares por parte de la Policía”.
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Estefanía Ciro propone que, en esta tensión de derechos entre consumidores y menores de edad, se amplíe el enfoque hacia la educación de niñas, niños y adolescentes en los alcances de las drogas. “Cuando las drogas se vuelven tabú y la sociedad no presenta los riesgos adecuadamente, entra el mercado oscuro: hablamos de las pandillas o los microtraficantes, quienes llegan a asumir ese rol de educadores. Los niños y jóvenes en un futuro van a tener la garantía del libre desarrollo de la personalidad, pero que mejor que, cuando llegue ese momento, estén bien educados”. Los decretos seguirán tan variados como los colores, sin embargo, como en el caso de Medellín, todavía podrían tener un examen en la Corte Constitucional. Especialmente, los que prohíbe el porte, un asunto legal en el país desde hace 30 años.
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