El duro informe de la ONU por detenciones arbitrarias durante el Paro Nacional
A la fecha, 51 personas han sido imputadas, acusadas y/o condenadas en el marco de los hechos ocurridos durante las protestas de 2021, según el informe de cuatro relatores y grupo de trabajo de la Organización para las Naciones Unidas sobre las detenciones arbitrarias y la criminalización de la protesta del Gobierno colombiano en el Paro Nacional 2021.
A través de cuatro relatores y un grupo de trabajo, la Organización para las Naciones Unidas (ONU) entregó un informe sobre las detenciones arbitrarias y la criminalización de la protesta del gobierno del expresidente Iván Duque durante el Paro Nacional 2021. En el documento, le llaman la atención a la anterior administración sobre las obligaciones de los Estados de proporcionar recursos efectivos a las víctimas de violaciones de los derechos humanos tales como: un acceso igual y efectivo a la justicia; una reparación adecuada, efectiva y rápida del daño sufrido; y el acceso a la información pertinente sobre las violaciones y a los mecanismos de reparación.
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A través de cuatro relatores y un grupo de trabajo, la Organización para las Naciones Unidas (ONU) entregó un informe sobre las detenciones arbitrarias y la criminalización de la protesta del gobierno del expresidente Iván Duque durante el Paro Nacional 2021. En el documento, le llaman la atención a la anterior administración sobre las obligaciones de los Estados de proporcionar recursos efectivos a las víctimas de violaciones de los derechos humanos tales como: un acceso igual y efectivo a la justicia; una reparación adecuada, efectiva y rápida del daño sufrido; y el acceso a la información pertinente sobre las violaciones y a los mecanismos de reparación.
El Paro Nacional del 2021 se detonó el 28 de abril como una oposición al proyecto de reforma tributaria promovido por el gobierno de Iván Duque, desencadenando protestas en todo el país durante meses. “A pesar de vivir escenarios de confrontación, el paro nacional tuvo un carácter mayoritariamente pacífico, con múltiples expresiones artísticas e iniciativas solidarias de base comunitaria”, explica la ONU. Sin embargo, la sociedad civil reportó altos números de lesiones oculares, personas fallecidas, personas defensoras de derechos humanos agredidas, presuntas agresiones contra la prensa, así como denuncias por presunto abuso de poder, autoridad y violencia policial.
Después de año y medio del inicio del Paro Nacional, en 2022, las organizaciones sociales registraron alrededor de 228 judicializaciones en el marco de la protesta social. Al momento de recepción de la comunicación por la ONU, 145 personas se encontraban con medida de aseguramiento privativa de la libertad, 113 de manera intramural y 32 en su lugar de residencia. Según el informe, se identificaron dos tipos de judicializaciones: una, de personas que fueron retenidas durante los primeros meses de protestas masivas; y otra, desde julio de 2021 hasta junio de 2022, en la cual las detenciones se dieron por orden judicial y como resultado de un proceso de indagación previo por parte de la Policía Judicial y la Fiscalía.
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Sobre el primer tipo de judicialización, la ONU dice que, después de la captura, las personas eran presentadas ante jueces de control de garantías y, ante la falta de elementos de prueba sólidos e individualización de las conductas, la mayoría de las personas eran puestas en libertad. En este marco, la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, registró en su momento 1.970 capturas en el contexto de las protestas, de las cuales, 1.685 fueron bajo la figura de flagrancia y 285 bajo orden judicial, así como, 18.501 traslados por protección, de los cuales 531 habrían sido relacionados con las protestas.
El organismo internacional, además, documentó que en muchos de estos casos no se habrían respetado la protección de la libertad; ni se notificaron, en muchas ocasiones, las razones de la detención, hubo faltas de acceso a un abogado; sumado a la incomunicación con familiares y la falta de presencia del Ministerio Público durante los procedimientos. Algunas personas fueron recluidas sin que su detención constara en registros oficiales. El informe también menciona que, en ocasiones, fueron empleados lugares no oficialmente reconocidos y controlados para la protección de la libertad, donde hombres, mujeres y menores de edad estuvieron detenidos sin ninguna distinción.
Por otro lado, la segunda forma de judicialización que encontró la ONU, evidenció una segunda modalidad de criminalización de la protesta social. En esta, las detenciones se dan por orden judicial y como resultado de un proceso de indagación previo por parte de la Policía Judicial y la Fiscalía En estos casos, les imputaron delitos como terrorismo, concierto para delinquir, instigación a delinquir, y otros delitos de especial gravedad como tortura, secuestro, tentativa de homicidio u homicidio, uso de menores en la comisión de delitos, tráfico, fabricación y porte de explosivos de uso privativo de las fuerzas militares; los cuales fueron imputados en unión con otros delitos que como violencia contra servidor público, daños en bien ajeno, entre otros.
En este marco, la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia registró 110 casos de personas procesadas por orden judicial, incluyendo 15 mujeres, detenidas y privadas de su libertad. En 85 de los casos registrados, la Fiscalía incluyó el delito concierto para delinquir con fines terroristas y 54 casos con el delito de terrorismo, en los cuales decretaron medida de aseguramiento privativa de la libertad. Además de otras inflaciones contra el tipo penal cometidas por la Fiscalía, según señala el informe, hizo estas imputaciones cuando el mismo ente acusador aprobó en el 2016 una directiva que establecía textualmente que “el tipo penal de terrorismo no debe ser utilizado, bajo ninguna circunstancia, para reprimir las conductas violentas en que se incurra en una manifestación”.
En el informe, la ONU también explica casos emblemáticos que ilustran la compleja actuación del sistema judicial durante el paro nacional, algunos de estos fueron: La Fiscalía, por ejemplo, habría hecho uso de vida privada de las mujeres como material investigativo. En Bucaramanga, la Policía y la Fiscalía habrían intimidado a defensores de derechos humanos, basándose en estigmatizaciones contra varias organizaciones sociales. En ciudades como Medellín y Bogotá, el antiguo Esmad —hoy llamado Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden—, agredió a manifestantes y ocasionó graves lesiones; entre otros casos que son prueba de la criminalización de la protesta para los relatores.
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Además de exponer los casos emblemáticos de detenciones arbitrarias, el informe menciona sobre la criminalización de la protesta a la que pudo estar sometida la sociedad colombiana que se manifestó. Sobre esto, el órgano señaló que, de acuerdo con el Derecho Internacional Humanitario (DIH), “los Estados no sólo tienen la obligación negativa de abstenerse de interferir indebidamente en los derechos de reunión pacífica y de asociación, sino que también tienen la obligación positiva de facilitar y proteger dichos derechos de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos”.
Actualmente, el presidente Gustavo Petro, tomó la decisión de designar siete voceros de paz para acompañar la misión de solucionar conflictos sociales en el país, promover la reconciliación entre y la convivencia pacífica en el marco del proyecto de paz total. Los voceros de paz son integrantes de organizaciones sociales y/o humanitarias, que están siendo investigadas y no han sido condenados por estos procesos relacionados con el Paro Nacional, y que han sido reconocidos por su liderazgo. Dentro de los siete voceros se encuentran: Adriana Esperanza Bermeo Súa, Santiago Márquez Charris y Laura Camila Ramírez Enciso. Cinco de ellos se encuentran en establecimientos de reclusión carcelaria y dos, en detención domiciliaria.
“Sin pretender juzgar la información recibida, quisiéramos expresar nuestra profunda preocupación ante las alegaciones previamente descritas. En particular, nos inquieta el aparente uso indebido del derecho penal y el poder fiscalizador del Estado para judicializar personas que ejerzan su derecho a la reunión pacífica, su derecho de asociación y su derecho a la libertad de expresión. Asimismo, recibimos con preocupación las alegadas represalias y la supuesta estigmatización de defensores/as de derechos humanos reporteros/as y abogadas/os defensores de personas que han sido judicializadas en el marco de estos procesos”, dijeron los relatores.
De igual forma, desde el informe hace un apunte importante y preocupado sobre la profunda discriminación existente contra las mujeres y estereotipos, sobre su supuesto papel apropiado en la sociedad que se pudo haber perpetuado con la actuación de las autoridades judiciales durante las protestas de 2021. “Se recuerda que es obligación del Estado garantizar a las mujeres el derecho a participar en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país”, expresa el documento.
Finalmente, mientras la organización internacional que vela por los derechos humanos espera respuesta del Gobierno colombiano a sus observaciones, espera que se adopten todas las medidas necesarias para proteger los derechos y las libertades de las personas mencionadas e investigar, procesar e imponer las sanciones adecuadas a cualquier persona responsable de las violaciones alegadas. “Podremos expresar públicamente nuestras preocupaciones en un futuro cercano, ya que consideramos que las informaciones recibidas son suficientemente fiables para indicar que existe un asunto que justifica una atención inmediata”, dice el duro informe, además, de considerar que la opinión pública tiene que ser informada sobre las implicaciones potenciales relacionadas con las situaciones mencionadas.
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