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Para la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia la expansión del fenómeno paramilitar en varias regiones de Colombia se debió en gran parte al “silencio cobarde o pagado” de los ciudadanos, quienes por diferentes motivos permitieron el accionar de estas estructuras que suplieron el vacío del Estado y la desprotección frente a los grupos guerrilleros.
En un duro pronunciamiento el alto tribunal advierte que los grupos de autodefensa recibieron la “simpatía” de diferentes “integrantes del conglomerado social, como algunos policías, algunos militares, algunos servidores públicos de los niveles local, municipal, departamental o nacional, algunos jueces, algunos legisladores, algunos comerciantes, algunos ganaderos, en fin, algunos ciudadanos”.
En el fallo de 477 páginas revelado por La FM la Sala Penal hace un fuerte reclamo frente a la permisividad de los colombianos y el apoyo directo e indirecto que recibieron por parte de los miembros de la comunidad, hecho por el cual considera que debe existir un acto de reflexión y contrición para analizar la responsabilidad individual frente a esta situación.
“Ya va siendo hora de que, en aras de lograr una catarsis, un olvidar, un comenzar de nuevo y de ceros, todos hagamos un verdadero acto de contrición, puesto, todos a una somos culpables, pues jamás aplicamos eso que a veces resulta más efectivo que la sanción penal: el control social, dado que antes que rechazar al agresor o a quien los auxiliaba, permitimos que hicieran vida social, sin reprocharles, sin excluirlos, sin señalarlos”, precisa el fallo.
En el debate jurídico se consideró que es inentendible el hecho que sea el Estado el que deba reparar económicamente a las víctimas reconocidas en los diferentes procesos que se adelantaron en la justicia transicional de Justicia y Paz. Para el alto tribunal deben ser los postulados los que paguen las multas establecidas y “subsidiariamente, el Estado”.
Este pronunciamiento se hizo al dejar en firme un fallo condenatorio en contra de los excomandantes paramilitares Salvatore Mancuso Gómez; Jorge Iván Laverde Zapata, alias ‘El Iguano’; Úber Enrique Bánquez Martínez, alias ‘Juancho Dique’; Édgar Ignacio Fierro Flórez, alias ‘Don Antonio’, entre otros, por su responsabilidad por 23 delitos.
Los exjefes de las AUC fueron sentenciados a 8 años de prisión su responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir, tortura en persona protegida, toma de rehenes, despojo en campo de batalla, toma de rehenes, destrucción y apropiación de bienes y protegidos por el Derecho Internacional Humanitario, desaparición forzada, actos de barbarie, destinación ilícita de muebles o inmuebles, entre otros.
El llamado de atención a la Fiscalía
La Corte Suprema existió un desorden por parte de la Fiscalía General y la Sala de Justicia y Paz en los procesos que se adelantaron contra los paramilitares que se desmovilizaron. En su concepto “en aras de la celeridad” se sacrificó el principio de la verdad para las víctimas de las AUC, punto fundamental que al parecer fue omitido en la aplicación de la ley.
“Se esperaba una mayor diligencia de la Fiscalía en su tarea de investigar para aportar elementos de juicio que permitan establecer lo realmente acaecido, en lo entendido de ofrecer a los deudos la historia verdadera de lo acaecido con sus muertos”, precisa uno de los apartes del fallo que ordenó revisar varias pruebas y así establecer la participación y fomento de los colaboradores de los ‘paras’.
Debido a eso este expediente será trasladado al Tribunal Superior de Bogotá con el fin de revisar los procesos de reparación a las víctimas.