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La Corte Suprema de Justicia zanjó el expediente que cursaba desde hace más de una década entre El Espectador y el cirujano Roberto Ignacio Angulo, quien trabajaba en el Centro de Medicina y Estética RIAR. La justicia determinó que este diario no deberá indemnizar a Angulo, pues no demostró que hubiera sido vulnerado su buen nombre, cuando fue denunciado públicamente por supuestamente grabar a pacientes que acudían a procesos de depilación.
(En contexto: Rectificación ‘Depilación polémica’)
En la publicación, testimonios de mujeres explicaban que, sin su consentimiento, se ubicaron cámaras en los consultorios de RIAR y no se les solicitó permiso alguno para tomar imágenes o grabarlas. Sin embargo, cinco meses después, por orden del Tribunal Superior de Bogotá, este diario aclaró que Angulo nunca grabó a sus pacientes sin su consentimiento y tampoco infringió norma alguna que proteja el derecho a la intimidad.
Sin embargo, dado que la publicación tuvo repercusión nacional, el médico cirujano aseguró que sus ventas y reputación se fueron a pique. Como indemnización, Angulo solicitaba hasta $2.391 millones por el dinero que, supuestamente, dejó de recibir a raíz de la publicación. En el mundo del derecho, este daño se conoce como perjuicios patrimoniales.
Para la Corte, el demandante nunca logró probar que la publicación periodística le ocasionó un daño y pérdidas de más de $2.000 millones, por lo que el diario no tendrá que pagarle a Angulo. Por lo anterior, la alta corte sentó las bases claras para establecer en qué casos un medio de comunicación debe responder por perjuicios patrimoniales. Eso sí, aclaró que la protección de la libertad de expresión es un imperativo en esta clase de procesos.
(Aquí puede consultar el fallo completo)
“La Sala de Casación Civil y Agraria destacó cómo la libertad de expresión es un pilar esencial de toda democracia, en tanto funge como vehículo de doble vía para que cualquier integrante del conglomerado, de un lado, aprehenda saberes de su interés, que a su vez le sirvan para adoptar decisiones relevantes”, señaló la alta corte. En definitiva, que la publicación no ocasionó ningún tipo de perjuicio al médico Angulo.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.