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                                                                                                                                “El Estado vulneró los derechos del pueblo indígena u’wa”: CIDH

                                                                                                                                Este es el último pronunciamiento del organismo internacional a propósito de la pelea de décadas de los u’was con el Estado colombiano por los proyectos petroleros que se han aprobado en su territorio.

                                                                                                                                Kelly Johana Rodríguez

                                                                                                                                Periodista Bogotá
                                                                                                                                El resguardo u’wa está asentado en un área de 220.275 hectáreas entre Arauca, Norte de Santander, Santander y Boyacá. / Archivo particular.

                                                                                                                                Desde la década de los 90, el resguardo indígena u’wa, que se extiende por Arauca, Norte de Santander, Santander y Boyacá, se ha levantado contra proyectos que buscan la explotación petrolera en sus territorios, enfrentándose a gigantes de la industria como Ecopetrol y la multinacional Oxy. No lo hacen por capricho, aseguran. Para los u’was, el petróleo es la sangre de la tierra y extraerlo genera un desequilibrio cósmico. Los intereses del Gobierno y de los empresarios, por su parte, han estado volcados al desarrollo económico del país y de la industria petrolera. El problema es que, aun cuando la Constitución Política lo establece así, los indígenas no han sido consultados previamente de forma debida.

                                                                                                                                Gracias por ser nuestro usuario. Apreciado lector, te invitamos a suscribirte a uno de nuestros planes para continuar disfrutando de este contenido exclusivo.El Espectador, el valor de la información.

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                                                                                                                                Desde la década de los 90, el resguardo indígena u’wa, que se extiende por Arauca, Norte de Santander, Santander y Boyacá, se ha levantado contra proyectos que buscan la explotación petrolera en sus territorios, enfrentándose a gigantes de la industria como Ecopetrol y la multinacional Oxy. No lo hacen por capricho, aseguran. Para los u’was, el petróleo es la sangre de la tierra y extraerlo genera un desequilibrio cósmico. Los intereses del Gobierno y de los empresarios, por su parte, han estado volcados al desarrollo económico del país y de la industria petrolera. El problema es que, aun cuando la Constitución Política lo establece así, los indígenas no han sido consultados previamente de forma debida.

                                                                                                                                Lea: Los u’was no quieren a Ecopetrol en sus territorios ancestrales

                                                                                                                                Pese a la situación, el resguardo no se ha quedado quieto. Desde 1997 elevó una súplica a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que revisara lo que estaba ocurriendo en sus territorios. La petición se quedó en eso durante 18 años hasta que, finalmente, la Comisión admitió el caso. El Espectador conoció el más reciente informe de la CIDH en el cual evidencia que el rol del Estado frente a las necesidades y la protección de pueblo u’wa deja mucho que desear. Tanto así, que la Comisión concluyó que “el Estado de Colombia vulneró el derecho a la propiedad colectiva, el derecho al acceso a la información, los derechos políticos y los derechos culturales, consagrados en la Convención Americana, en perjuicio del pueblo u’wa”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Para la CIDH, es claro que los pueblos indígenas tienen derecho de propiedad sobre las tierras que han usado y ocupado tradicionalmente; es decir, que “les pertenecen por su uso u ocupación ancestral”. Sin embargo, no desconoce que en la práctica esa propiedad natural o intrínseca se ve continuamente amenazada. Por eso, señala, estas poblaciones tienen derecho a que se les proteja de conflictos con terceros por la tierra, a través del otorgamiento de un título de propiedad y de la delimitación y demarcación de sus tierras sin demoras, que es tarea del Estado. También tienen derecho a que su territorio sea reservado para ellos, sin presencia de terceros ni colonos (no indígenas). Otra tarea que también le corresponde al Estado.

                                                                                                                                “Está probado que el pueblo u’wa no ha podido usar ni gozar de sus tierras en forma pacífica. Además de los diversos proyectos que se han realizado en su territorio a través de los años como consecuencia de las concesiones otorgadas por el Estado, el saneamiento al que se comprometió el Estado en 1999 no ha culminado”, señaló la Comisión refiriéndose a una resolución de ese año. Pero lo cierto es que han pasado dos décadas y el pueblo u’wa no solo no ha recibido el título de propiedad colectiva que desde entonces viene exigiendo, sino que los colonos siguen viviendo en su territorio.

                                                                                                                                Consultarlos no es opcional

                                                                                                                                Si los dueños de la tierra son los indígenas que la ocupan, lo más razonable es que ellos den el visto bueno a los proyectos que tienen lugar en sus terrenos. De hecho, anotó la Comisión, su superior jerárquico (la Corte IDH) ha establecido que para todo plan de desarrollo, exploración o explotación en territorios tradicionales se deben cumplir tres requisitos: participación efectiva de los pueblos indígenas, que ellos se beneficien razonablemente del plan que se va a llevar a cabo y que haya un estudio previo del impacto social y ambiental del plan.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Agregó la Comisión que las reuniones que se hicieron en 1995 (Proyecto Gibraltar), en 2004 y 2005 (proyecto Bloques Sirirí y Catleya) y una convocatoria en 2015, todas catalogadas por el Estado como consultas previas, “incumplen a todas luces los múltiples estándares establecidos por el sistema interamericano. El Estado tampoco realizó estudios de impacto ambiental (…) y no tiene legislación que regule debidamente la consulta. A pesar de estas graves omisiones, varios de los proyectos iniciaron en su implementación, sin el consentimiento del pueblo u’wa”.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Este aspecto cobró especial relevancia para la CIDH porque, como lo destacó la Corte Constitucional desde 2009, el pueblo u’wa está en peligro de extinción y, aunque esa calificación se basó principalmente en el impacto del conflicto armado en el pueblo, para la Comisión, el Estado debió evaluar el peligro que representaban las actividades empresariales en tierras de una población vulnerable. Además porque, como es conocido, los oleoductos fueron blanco de ataque por parte de grupos al margen de la ley, por lo que la instalación de estas estructuras provocaba la presencia de actores armados ilegales y, a su vez, de soldados del Ejército dedicados a prestar guardia y prestos responder a los ataques, lo cual aumentó el riesgo para los nativos.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Para la Comisión, el Estado colombiano ha faltado a su deber de respetar y proteger las tradiciones y costumbres de los u’was y ha vulnerado su cultura, pues el ingreso de empresas al territorio y la falta de saneamiento les impide tener un libre acceso a sus tierras y lugares sagrados, lo cual afecta sus tradiciones. Más aun si se tiene en cuenta el vínculo especial que existe entre el pueblo u’wa y el territorio. Además, la CIDH cuestionó que, por ejemplo, el Parque Natural el Cocuy, ubicado en tierra u’wa, sea administrado por Parques Naturales y no por las autoridades indígenas, “quienes tienen todo el conocimiento ancestral para determinar si el ingreso de visitantes puede afectar su equilibrio espiritual y su subsistencia cultural”.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Al final, la Comisión le recomendó a Colombia que formalice la posesión de tierras de los indígenas, cumpla con el saneamiento, repare las consecuencias de los proyectos petroleros y la incursión de terceros en el territorio u’wa, no se ejecuten actividades empresariales sin consulta y consentimiento previo de los nativos; y, si hay recursos judiciales pendientes, sean resueltos de manera urgente. Lo cierto es que este caso todavía tiene un largo camino por delante, pues la Comisión lo presentó ante la Corte IDH que tiene la posibilidad de sentar precedentes judiciales sobre una problemática que también oprime a otros pueblos indígenas del país.

                                                                                                                                *Alejandra Bonilla contribuyó con este trabajo.

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